Comodoro Rivadavia: el viernes se conocerá el fallo en un caso de violencia familiar extrema

Lo determinó el juez Alejandro Soñis.

28 AGO 2014 - 21:55 | Actualizado

Ayer luego de concluido los alegatos finales, el juez de la causa resolvió fijar como fecha el próximo viernes para la lectura del fallo. Será en relación al hecho acontecido el 23 de octubre de 2012 que tiene como imputado a Franco Aguirre acusado por la fiscalía por los delitos de “amenazas en concurso real con lesiones graves doblemente agravadas por el vínculo y por ser producidas con ensañamiento”.

La defensora de Aguirre postuló que no se responsabilice a su asistido por esos delitos, “sí por emoción violenta”.

Presidió el acto Alejandro Soñis, juez penal; la Fiscalía fue representado por Juan Carlos Caperochipi, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública. La víctima se encontraba asistida por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.

El fiscal en su alegato consideró que ha quedado probado a lo largo del debate la responsabilidad del imputado. En base al resultado dañoso calificó el suceso como de “gravísima violencia de género”, si bien no alcanzó a ser regulado por la nueva legislación. No hay controversia respecto a la materialidad y la autoría del hecho en cabeza de Aguirre, afirmó.Mencionó la presentación del imputado ante la autoridad policial, poco tiempo después de la entidad suficiente para limitar a la víctima en su integridad física.

Según el representante del Ministerio Público Fiscal “el imputado actuó en “pleno ejercicio de sus facultades, con voluntad libre y plena conciencia de lo que estaba ejecutando No te levantes, porque si te levantás te mato”, le dijo.

También hizo referencia la desfiguración permanente del rostro y las múltiples cicatrices que dejó. Respecto del ensañamiento se refirió a la pre ordenación y a la crueldad con el dominio de la situación que siempre tuvo el victimario. Negando la existencia de emoción violenta y de circunstancias extraordinarias de atenuación.

Aguirre era plenamente consciente de todo el desarrollo de su conducta y ésta no guarda relación con ninguna provocación externa de la víctima, concluyó Caperochipi. Solicitando se declare penalmente responsable al imputado del delito que se le imputa.

En contraposición y según el comunicado fiscal, la defensora sostuvo que la fiscalía no ha probado ni las amenazas, ni el agravante del ensañamiento. Respecto de las amenazas negó su existencia ya que las mismas han sido vertidas en un ámbito de discusión.

No hay denuncias para sostener las manifestaciones de la víctima, sostuvo. Las amenazas tienen que causar temor o amedrentamiento en la víctima, sino no se configuran. Respecto del ensañamiento no se da ya que se debe dar con “crueldad deliberada y este no es el caso” ya que no se acrecentó deliberadamente el sufrimiento de la víctima. “No hubo ensañamiento ya que mi defendido actuó bajo un estado de profunda consternación”. Postulando su estado de emoción violenta al momento del hecho y debido a este shock emocional, Aguirre sufrió una disminución de los frenos inhibitorios”, concluyó la defensora.

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28 AGO 2014 - 21:55

Ayer luego de concluido los alegatos finales, el juez de la causa resolvió fijar como fecha el próximo viernes para la lectura del fallo. Será en relación al hecho acontecido el 23 de octubre de 2012 que tiene como imputado a Franco Aguirre acusado por la fiscalía por los delitos de “amenazas en concurso real con lesiones graves doblemente agravadas por el vínculo y por ser producidas con ensañamiento”.

La defensora de Aguirre postuló que no se responsabilice a su asistido por esos delitos, “sí por emoción violenta”.

Presidió el acto Alejandro Soñis, juez penal; la Fiscalía fue representado por Juan Carlos Caperochipi, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública. La víctima se encontraba asistida por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.

El fiscal en su alegato consideró que ha quedado probado a lo largo del debate la responsabilidad del imputado. En base al resultado dañoso calificó el suceso como de “gravísima violencia de género”, si bien no alcanzó a ser regulado por la nueva legislación. No hay controversia respecto a la materialidad y la autoría del hecho en cabeza de Aguirre, afirmó.Mencionó la presentación del imputado ante la autoridad policial, poco tiempo después de la entidad suficiente para limitar a la víctima en su integridad física.

Según el representante del Ministerio Público Fiscal “el imputado actuó en “pleno ejercicio de sus facultades, con voluntad libre y plena conciencia de lo que estaba ejecutando No te levantes, porque si te levantás te mato”, le dijo.

También hizo referencia la desfiguración permanente del rostro y las múltiples cicatrices que dejó. Respecto del ensañamiento se refirió a la pre ordenación y a la crueldad con el dominio de la situación que siempre tuvo el victimario. Negando la existencia de emoción violenta y de circunstancias extraordinarias de atenuación.

Aguirre era plenamente consciente de todo el desarrollo de su conducta y ésta no guarda relación con ninguna provocación externa de la víctima, concluyó Caperochipi. Solicitando se declare penalmente responsable al imputado del delito que se le imputa.

En contraposición y según el comunicado fiscal, la defensora sostuvo que la fiscalía no ha probado ni las amenazas, ni el agravante del ensañamiento. Respecto de las amenazas negó su existencia ya que las mismas han sido vertidas en un ámbito de discusión.

No hay denuncias para sostener las manifestaciones de la víctima, sostuvo. Las amenazas tienen que causar temor o amedrentamiento en la víctima, sino no se configuran. Respecto del ensañamiento no se da ya que se debe dar con “crueldad deliberada y este no es el caso” ya que no se acrecentó deliberadamente el sufrimiento de la víctima. “No hubo ensañamiento ya que mi defendido actuó bajo un estado de profunda consternación”. Postulando su estado de emoción violenta al momento del hecho y debido a este shock emocional, Aguirre sufrió una disminución de los frenos inhibitorios”, concluyó la defensora.


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