Un juez frenó el proyecto de una pista de esquí para escuchar a los Mapuches

Guillermo Gregorio, de Lago Puelo, ordenó suspender la audiencia pública convocada por el Ministerio de Ambiente para discutir el impacto de un centro de actividades invernales en El Maitén.

25 SEP 2014 - 21:35 | Actualizado

Un juez ordenó suspender una audiencia pública que había sido convocada por el Ministerio de Ambiente para el 24 de septiembre, en la que se discutiría el impacto ambiental del “Centro de Actividades de Invierno Cerro Azul”. Se trata de un proyecto de la Municipalidad de El Maitén, que por ahora no podrá avanzar hasta que no se escuche la opinión de las comunidades mapuches Cañio, Ñiripil y Sepúlveda.

Al fallo lo firmó Guillermo Gregorio, juez de Lago Puelo, y está fechado el 19 de septiembre. De esta forma quedó suspendida esa audiencia, imprescindible para ese proyectado Centro de Esquí. “Esto, hasta que se agote la vía administrativa que resuelva el planteo de nulidad formulado ante Ambiente el 8 de septiembre, toda vez que se ha omitido efectuar la Consulta Libre e Informada de las Comunidades Mapuche”, dice la sentencia.

El juez recordó la ley 24.071 ratificatoria del Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes.

“El espíritu de la consulta y la participación constituye la piedra angular del Convenio 169 sobre la cual se basan todas sus disposiciones. El Convenio exige que los pueblos indígenas y tribales sean consultados en relación con los temas que los afectan. También exige que estos pueblos puedan participar de manera informada en los procesos de desarrollo y de formulación de políticas que los afectan”.

“La consulta debe hacerse de buena fe –sigue el fallo-, con el objetivo de llegar a un acuerdo (...) La consulta efectiva es aquella en la que los interesados tienen la oportunidad de influir. Una simple reunión informativa no constituye una consulta real”.

Según el juez, no se cumplió esta recomendación. “A los fines de evitar que se celebre un acto que se encuentra impugnado, atendiendo que se corresponde a una audiencia pública, cuya celebración en las actuales circunstancias pueda afectar la paz social en la comunidad de El Maitén y zonas aledañas, se dispondrá su suspensión”.

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25 SEP 2014 - 21:35

Un juez ordenó suspender una audiencia pública que había sido convocada por el Ministerio de Ambiente para el 24 de septiembre, en la que se discutiría el impacto ambiental del “Centro de Actividades de Invierno Cerro Azul”. Se trata de un proyecto de la Municipalidad de El Maitén, que por ahora no podrá avanzar hasta que no se escuche la opinión de las comunidades mapuches Cañio, Ñiripil y Sepúlveda.

Al fallo lo firmó Guillermo Gregorio, juez de Lago Puelo, y está fechado el 19 de septiembre. De esta forma quedó suspendida esa audiencia, imprescindible para ese proyectado Centro de Esquí. “Esto, hasta que se agote la vía administrativa que resuelva el planteo de nulidad formulado ante Ambiente el 8 de septiembre, toda vez que se ha omitido efectuar la Consulta Libre e Informada de las Comunidades Mapuche”, dice la sentencia.

El juez recordó la ley 24.071 ratificatoria del Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes.

“El espíritu de la consulta y la participación constituye la piedra angular del Convenio 169 sobre la cual se basan todas sus disposiciones. El Convenio exige que los pueblos indígenas y tribales sean consultados en relación con los temas que los afectan. También exige que estos pueblos puedan participar de manera informada en los procesos de desarrollo y de formulación de políticas que los afectan”.

“La consulta debe hacerse de buena fe –sigue el fallo-, con el objetivo de llegar a un acuerdo (...) La consulta efectiva es aquella en la que los interesados tienen la oportunidad de influir. Una simple reunión informativa no constituye una consulta real”.

Según el juez, no se cumplió esta recomendación. “A los fines de evitar que se celebre un acto que se encuentra impugnado, atendiendo que se corresponde a una audiencia pública, cuya celebración en las actuales circunstancias pueda afectar la paz social en la comunidad de El Maitén y zonas aledañas, se dispondrá su suspensión”.


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