Una mamá se quedó sin la custodia de su nena por poner en riesgo su vida

Ocurrió en Trelew. Dicen que la mujer era “un riesgo” para la pequeña, que tiene tres años.

01 FEB 2015 - 22:06 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

La Cámara de Apelaciones de Trelew le quitó a una mujer la custodia de su nena de tres años, María, al advertir que el mal ambiente familiar de la madre ponía en riesgo la delicada salud y la vida de la pequeña, que sufre graves problemas respiratorios y de nutrición. Los jueces Natalia Spoturno y Marcelo López Mesa le dieron la razón al padre, que obtuvo la custodia. Se trata de D.P., quien además podrá autorizar las medidas terapéuticas y las gestiones administrativas acordes al estado de salud de la niña.

Los camaristas decidieron que la madre (F.G.V.) podrá visitar a la niña, bajo supervisión, cuatro veces a la semana, cuatro horas cada vez. La retirará de su hogar y la devolverá tras ese lapso salvo que por razones climáticas o de otro orden, el padre decida llevar él a la niña o ir a buscarla, pero sin estar obligado.

De esta manera, la Cámara anuló un fallo anterior que había otorgado custodia compartida a sus padres de la menor y había establecido que la niña permaneciera con su madre todos los días de 14 a 20, debiendo el padre llevarla.

Al analizar el caso, Spoturno y López Mesa consideraron que la primera sentencia había sido “meramente teórica” y “no satisfizo los intereses que se buscaron proteger ni tuteló adecuadamente los derechos de la menor, exponiéndola a un riesgo en su salud innecesario y absolutamente inconveniente”.

Según las evidencias que aportó el padre, la madre de la nena “es una persona mentalmente inestable, potencialmente peligrosa incluso para sí, inserta en un medio de desvirtuación de valores”. Se acreditó el consumo de sustancias psicoactivas en su propia casa, por parte de sus hijos mayores. Y según diagnóstico de su psiquiatra “no está en condiciones de tomar las medidas que la precaria saluda de su hija requiere ni de ejercer una custodia compartida”.

La primera jueza se basó en el criterio legal de que los hijos de menos de cinco años deben quedar bajo custodia de su madre. Esa regla “pudo servir de argumento en otras causas, pero no en ésta, donde existe prueba suficiente de la peligrosidad para la salud de la niña de que la madre conserve la custodia compartida y obstaculice su proceso terapéutico”.

Los jueces advirtieron sobre el grave estado de salud de la menor, que necesita cuidados extremos. “La seria situación de salud mental de su madre, así como el entorno donde vive, que no es compatible con la salud de la niña”.

U. L., psiquiatra de la mujer, explicó que su paciente “presenta marcadas dificultades en empatizar e identificar necesidades del otro”. Vive con dos hijos mayores y dos menores, de cuatro padres diferentes, situación laboral irregular y vulneración socio económica. La madre admitió que sus hijos mayores consumen sustancias psicoactivas dentro del hogar. “No considero que sean condiciones apropiadas ni un medio protector en el que deban hallarse dos menores, ya que aumenta significativamente sus condiciones de vulnerabilidad”, dijo el psiquiatra.

“En las condiciones actuales, sin supervisión, y en base a los antecedentes personales y la evolución que presentó, sería un rol materno deficitario con dificultades en entablar un vínculo afectivo así como de dar respuesta a las necesidades de los menores de edad a su cuidado”.

Este escenario –según la Cámara- demuestran “absolutamente inconveniente que una niña de tres años, que padece fibrosis quística, quede en custodia parcial o conjunta de una persona que no puede incluso decidir correctamente para sí y sus hijos mayores”.

Si se le diera custodia compartida, como falló la primera jueza, se le haría “correr un riesgo hasta de vida e integridad física que esta Cámara no está dispuesta a correr, ni a permitir que otros hagan correr a la niña”.

Nadie duda de que la menor debe poder ver a su madre, pero el primer esquema que es propuso “es ilusorio, desproporcionado, riesgoso y carente de toda razonabilidad”. Cuando chocan los intereses de padres y niño, priman los segundos. Es más valioso proteger el derecho de la niña a su salud, que el derecho de su madre a una custodia compartida.

“No es cualquier madre, sino una madre con graves desequilibrios mentales”, advierte el fallo. Además, “la precaria salud de la niña” no hubiese soportado un régimen de visitas como el que falló la primera jueza. Tampoco se justifica “que el padre de la niña tenga la obligación de llevársela a su madre y luego retirarla”. Esto implicaba tener a cargo a la niña y a la madre también, “lo que no se corresponde con la actitud y la conducta de quien tan vehementemente afirma estar en condiciones de frecuentar a la menor y tener su guarda compartida”.

La nena padece una grave enfermedad que requiere atención especial y supervisión permanente. Hasta su pediatra (L. R. A. T.) se presentó ante la Asesoría de Familia espontáneamente, preocupado. Exigió que se garantice enfermería domiciliaria durante las horas de visita y reducir el lapso. “Mientras que la salud mental de la madre no esté garantizada requeriría la permanencia de la enfermería o cuidador domiciliario para la nena, que se haga responsable de los cuidados”.

El psiquiatra de la madre declaró que la mujer está bajo tratamiento para lograr su “estabilidad afectiva y disminuir el riesgo de conductas impulsivas”. Su padecimiento “está absolutamente relacionado con su desempeño como madre”

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01 FEB 2015 - 22:06

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

La Cámara de Apelaciones de Trelew le quitó a una mujer la custodia de su nena de tres años, María, al advertir que el mal ambiente familiar de la madre ponía en riesgo la delicada salud y la vida de la pequeña, que sufre graves problemas respiratorios y de nutrición. Los jueces Natalia Spoturno y Marcelo López Mesa le dieron la razón al padre, que obtuvo la custodia. Se trata de D.P., quien además podrá autorizar las medidas terapéuticas y las gestiones administrativas acordes al estado de salud de la niña.

Los camaristas decidieron que la madre (F.G.V.) podrá visitar a la niña, bajo supervisión, cuatro veces a la semana, cuatro horas cada vez. La retirará de su hogar y la devolverá tras ese lapso salvo que por razones climáticas o de otro orden, el padre decida llevar él a la niña o ir a buscarla, pero sin estar obligado.

De esta manera, la Cámara anuló un fallo anterior que había otorgado custodia compartida a sus padres de la menor y había establecido que la niña permaneciera con su madre todos los días de 14 a 20, debiendo el padre llevarla.

Al analizar el caso, Spoturno y López Mesa consideraron que la primera sentencia había sido “meramente teórica” y “no satisfizo los intereses que se buscaron proteger ni tuteló adecuadamente los derechos de la menor, exponiéndola a un riesgo en su salud innecesario y absolutamente inconveniente”.

Según las evidencias que aportó el padre, la madre de la nena “es una persona mentalmente inestable, potencialmente peligrosa incluso para sí, inserta en un medio de desvirtuación de valores”. Se acreditó el consumo de sustancias psicoactivas en su propia casa, por parte de sus hijos mayores. Y según diagnóstico de su psiquiatra “no está en condiciones de tomar las medidas que la precaria saluda de su hija requiere ni de ejercer una custodia compartida”.

La primera jueza se basó en el criterio legal de que los hijos de menos de cinco años deben quedar bajo custodia de su madre. Esa regla “pudo servir de argumento en otras causas, pero no en ésta, donde existe prueba suficiente de la peligrosidad para la salud de la niña de que la madre conserve la custodia compartida y obstaculice su proceso terapéutico”.

Los jueces advirtieron sobre el grave estado de salud de la menor, que necesita cuidados extremos. “La seria situación de salud mental de su madre, así como el entorno donde vive, que no es compatible con la salud de la niña”.

U. L., psiquiatra de la mujer, explicó que su paciente “presenta marcadas dificultades en empatizar e identificar necesidades del otro”. Vive con dos hijos mayores y dos menores, de cuatro padres diferentes, situación laboral irregular y vulneración socio económica. La madre admitió que sus hijos mayores consumen sustancias psicoactivas dentro del hogar. “No considero que sean condiciones apropiadas ni un medio protector en el que deban hallarse dos menores, ya que aumenta significativamente sus condiciones de vulnerabilidad”, dijo el psiquiatra.

“En las condiciones actuales, sin supervisión, y en base a los antecedentes personales y la evolución que presentó, sería un rol materno deficitario con dificultades en entablar un vínculo afectivo así como de dar respuesta a las necesidades de los menores de edad a su cuidado”.

Este escenario –según la Cámara- demuestran “absolutamente inconveniente que una niña de tres años, que padece fibrosis quística, quede en custodia parcial o conjunta de una persona que no puede incluso decidir correctamente para sí y sus hijos mayores”.

Si se le diera custodia compartida, como falló la primera jueza, se le haría “correr un riesgo hasta de vida e integridad física que esta Cámara no está dispuesta a correr, ni a permitir que otros hagan correr a la niña”.

Nadie duda de que la menor debe poder ver a su madre, pero el primer esquema que es propuso “es ilusorio, desproporcionado, riesgoso y carente de toda razonabilidad”. Cuando chocan los intereses de padres y niño, priman los segundos. Es más valioso proteger el derecho de la niña a su salud, que el derecho de su madre a una custodia compartida.

“No es cualquier madre, sino una madre con graves desequilibrios mentales”, advierte el fallo. Además, “la precaria salud de la niña” no hubiese soportado un régimen de visitas como el que falló la primera jueza. Tampoco se justifica “que el padre de la niña tenga la obligación de llevársela a su madre y luego retirarla”. Esto implicaba tener a cargo a la niña y a la madre también, “lo que no se corresponde con la actitud y la conducta de quien tan vehementemente afirma estar en condiciones de frecuentar a la menor y tener su guarda compartida”.

La nena padece una grave enfermedad que requiere atención especial y supervisión permanente. Hasta su pediatra (L. R. A. T.) se presentó ante la Asesoría de Familia espontáneamente, preocupado. Exigió que se garantice enfermería domiciliaria durante las horas de visita y reducir el lapso. “Mientras que la salud mental de la madre no esté garantizada requeriría la permanencia de la enfermería o cuidador domiciliario para la nena, que se haga responsable de los cuidados”.

El psiquiatra de la madre declaró que la mujer está bajo tratamiento para lograr su “estabilidad afectiva y disminuir el riesgo de conductas impulsivas”. Su padecimiento “está absolutamente relacionado con su desempeño como madre”


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