AFIP excluyó del régimen de monotributo a 451 concesionarias

Es porque se constató que el 100% relevado estaba inscripto dentro del régimen simplificado, aún cuando el precio máximo unitario de sus ventas superaba el tope de 2.500 pesos, y además no prestaban ningún servicio.

25 MAR 2015 - 10:18 | Actualizado

Las concesionarias deben estar inscriptas en el régimen general para poder facturar la venta de vehículos, ya que los valores correspondientes superan el monto establecido para figurar dentro del monotributo, indicó un comunicado.

El relevamiento fue realizado en todo el país y abarcó a 131 locales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires y 320 en las provincias, donde los funcionarios de AFIP corroboraron los parámetros del monotributo, el empadronamiento, la totalidad de los vehículos para la venta y la exhibición de Data Fiscal.

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25 MAR 2015 - 10:18

Las concesionarias deben estar inscriptas en el régimen general para poder facturar la venta de vehículos, ya que los valores correspondientes superan el monto establecido para figurar dentro del monotributo, indicó un comunicado.

El relevamiento fue realizado en todo el país y abarcó a 131 locales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires y 320 en las provincias, donde los funcionarios de AFIP corroboraron los parámetros del monotributo, el empadronamiento, la totalidad de los vehículos para la venta y la exhibición de Data Fiscal.


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