Madryn: una mujer fue condenada por “encubrir” un homicidio

Se trata de Yanina Leóna, quién reconoció haber cobrado dinero para mentir e intentar favorecer a Mario Suarez, quien fue penado con 15 años de prisión por el asesinato de Franco Ampuy.

26 MAY 2015 - 13:36 | Actualizado

Yanina León fue condenada a un año de prisión en suspenso mediante un juicio abreviado, donde reconoció su culpabilidad de haber cobrado dinero para mentir e intentar favorecer a Mario Suarez, quien finalmente fue condenado a 15 años de prisión por el homicidio de Franco Ampuy.

La calificación del caso fue de “encubrimiento agravado”, ya que Yanina León, testigo del crimen, cobró dinero para intentar favorecer al finalmente condenado por homicidio Mario Suarez.

La mujer reconoció la comisión del delito y fue condenada a prisión en suspenso mediante juicio abreviado, avalado por la jueza penal Patricia Reyes.

El caso

La madrugada del 28 de marzo de 2013, Franco Ampuy (20) fue asesinado por Mario Suárez de una puñalada. Malherido, la víctima logró llegar a su casa y decirle a su madre y a testigos que el autor había sido Suarez. A pesar de la intervención del personal médico, el joven falleció a causa de las heridas en el hospital esa misma madrugada. Suárez fue detenido por la policía esa misma noche, cuando se encontraba escondido entre las escaleras del barrio 630 viviendas. En el juicio oral y público fue condenado a 15 años de cárcel.

Yanina León observó el crimen y declaró ante la policía y la fiscalía, ratificando que el autor había sido Mario Suarez. Pero luego se desdijo de sus declaraciones iniciales y en el juicio su declaración generó que el Tribunal pida que se labren actas ante un presunto “falso testimonio”. En el expediente de la causa existen elementos que dejaron al descubierto que familiares de Suarez habrían pagado dinero para “comprar la declaración favorable de la testigo”.

Lo que dice la ley

El artículo 277 del Código Penal reprime con prisión de uno a seis años “el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado: Ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta” y cuando “el hecho precedente fuera un delito especialmente grave” y “el autor actuare con ánimo de lucro”.

(Fuente: Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn)

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26 MAY 2015 - 13:36

Yanina León fue condenada a un año de prisión en suspenso mediante un juicio abreviado, donde reconoció su culpabilidad de haber cobrado dinero para mentir e intentar favorecer a Mario Suarez, quien finalmente fue condenado a 15 años de prisión por el homicidio de Franco Ampuy.

La calificación del caso fue de “encubrimiento agravado”, ya que Yanina León, testigo del crimen, cobró dinero para intentar favorecer al finalmente condenado por homicidio Mario Suarez.

La mujer reconoció la comisión del delito y fue condenada a prisión en suspenso mediante juicio abreviado, avalado por la jueza penal Patricia Reyes.

El caso

La madrugada del 28 de marzo de 2013, Franco Ampuy (20) fue asesinado por Mario Suárez de una puñalada. Malherido, la víctima logró llegar a su casa y decirle a su madre y a testigos que el autor había sido Suarez. A pesar de la intervención del personal médico, el joven falleció a causa de las heridas en el hospital esa misma madrugada. Suárez fue detenido por la policía esa misma noche, cuando se encontraba escondido entre las escaleras del barrio 630 viviendas. En el juicio oral y público fue condenado a 15 años de cárcel.

Yanina León observó el crimen y declaró ante la policía y la fiscalía, ratificando que el autor había sido Mario Suarez. Pero luego se desdijo de sus declaraciones iniciales y en el juicio su declaración generó que el Tribunal pida que se labren actas ante un presunto “falso testimonio”. En el expediente de la causa existen elementos que dejaron al descubierto que familiares de Suarez habrían pagado dinero para “comprar la declaración favorable de la testigo”.

Lo que dice la ley

El artículo 277 del Código Penal reprime con prisión de uno a seis años “el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado: Ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta” y cuando “el hecho precedente fuera un delito especialmente grave” y “el autor actuare con ánimo de lucro”.

(Fuente: Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn)


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