Violencia familiar en Esquel: preso por acercarse a su ex

Acusaron que varias veces violó la prohibición de acercamiento a su ex. Lo denunciaron en un último episodio donde fue a la escuela de sus hijos, sobre quienes también hay prohibición de contacto.

19 JUN 2015 - 22:06 | Actualizado

El juez penal de Esquel, Martín O’ Connor, ordenó la prisión por 15 días, a un sujeto que volvió a incumplir la prohibición de acercamiento a su exmujer y sus hijos.

La funcionaria fiscal María Elena Cimadevilla pidió el dictado de prisión preventiva por considerar que el imputado no respeta ninguna otra medida. La funcionaria solicitó que se realice una pericia psicológica para establecer la peligrosidad del sujeto, su personalidad en relación al acatamiento a las normas y las implicancias del consumo de alcohol en su conducta.

Reiteraciones

En las situaciones de violencia familiar es habitual observar la reiteración de las conductas violentas y la violación a las prohibiciones dispuestas por la justicia. Cada una de esas desobediencias implica una nueva causa penal y a su vez el agravamiento de las medidas que pasan de ser medidas de protección a la víctima dispuestas por los juzgados de familia, a medidas de coerción al imputado impuestas por el juez penal.

Este viernes se realizó una audiencia de control de la detención y formalización de la investigación en los tribunales de Esquel, por desobediencia. El hombre fue visto en inmediaciones de la escuela a la que concurren sus hijos. La exmujer llegó para retirar a los niños y él la siguió, informó la Fiscalía. El sujeto estaba notificado de una prohibición de acercamiento a todos ellos y a los lugares a los que concurren. No era la primera vez que violaba la prohibición y por esos motivos se abrieron varias causas en la justicia.

La mujer aceleró el paso, entró a la escuela y le pidió a la directora que dé aviso a la Policía. Fue en ese contexto que el sujeto fue aprehendido y pasó la noche en un calabozo a la espera de la audiencia de control.

La Fiscalía procuró demostrar en la audiencia, la imposibilidad de disponer alguna medida que implique depositar confianza en el imputado. Cimadevilla mencionó todas las denuncias que pesan en contra de éste y cómo, en más de una oportunidad, incumplió con la prohibición de acercarse a la víctima.

Laura Carpineti, abogada de la Defensa Pública, se opuso al planteo. Su argumento se centró en que la desobediencia es un delito para el que está prevista una pena máxima de un año de prisión en suspenso, por lo tanto no cumple con los requisitos de proporcionalidad que exige el dictado de la prisión preventiva. La letrada propuso que se sustituya la medida por el arresto domiciliario.

El juez entendió que, con tres legajos en los que se lo investiga por desobediencia, es claro que el imputado está obstaculizando la averiguación de la verdad. Tiene un “comportamiento procesal evidentemente en contra de las directivas judiciales que ha recibido”, señalaba O’ Connor, para concluir que “en su caso no sería suficiente un arresto domiciliario, ni aún con custodia policial. Usted probablemente encontraría la manera de evadirse de su domicilio e incumplir la prohibición de acercamiento que aún está vigente”.

El magistrado dispuso la realización de la pericia psicológica solicitada por la Fiscalía. Las conclusiones deberán ser remitidas a las partes en el plazo de diez días.

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19 JUN 2015 - 22:06

El juez penal de Esquel, Martín O’ Connor, ordenó la prisión por 15 días, a un sujeto que volvió a incumplir la prohibición de acercamiento a su exmujer y sus hijos.

La funcionaria fiscal María Elena Cimadevilla pidió el dictado de prisión preventiva por considerar que el imputado no respeta ninguna otra medida. La funcionaria solicitó que se realice una pericia psicológica para establecer la peligrosidad del sujeto, su personalidad en relación al acatamiento a las normas y las implicancias del consumo de alcohol en su conducta.

Reiteraciones

En las situaciones de violencia familiar es habitual observar la reiteración de las conductas violentas y la violación a las prohibiciones dispuestas por la justicia. Cada una de esas desobediencias implica una nueva causa penal y a su vez el agravamiento de las medidas que pasan de ser medidas de protección a la víctima dispuestas por los juzgados de familia, a medidas de coerción al imputado impuestas por el juez penal.

Este viernes se realizó una audiencia de control de la detención y formalización de la investigación en los tribunales de Esquel, por desobediencia. El hombre fue visto en inmediaciones de la escuela a la que concurren sus hijos. La exmujer llegó para retirar a los niños y él la siguió, informó la Fiscalía. El sujeto estaba notificado de una prohibición de acercamiento a todos ellos y a los lugares a los que concurren. No era la primera vez que violaba la prohibición y por esos motivos se abrieron varias causas en la justicia.

La mujer aceleró el paso, entró a la escuela y le pidió a la directora que dé aviso a la Policía. Fue en ese contexto que el sujeto fue aprehendido y pasó la noche en un calabozo a la espera de la audiencia de control.

La Fiscalía procuró demostrar en la audiencia, la imposibilidad de disponer alguna medida que implique depositar confianza en el imputado. Cimadevilla mencionó todas las denuncias que pesan en contra de éste y cómo, en más de una oportunidad, incumplió con la prohibición de acercarse a la víctima.

Laura Carpineti, abogada de la Defensa Pública, se opuso al planteo. Su argumento se centró en que la desobediencia es un delito para el que está prevista una pena máxima de un año de prisión en suspenso, por lo tanto no cumple con los requisitos de proporcionalidad que exige el dictado de la prisión preventiva. La letrada propuso que se sustituya la medida por el arresto domiciliario.

El juez entendió que, con tres legajos en los que se lo investiga por desobediencia, es claro que el imputado está obstaculizando la averiguación de la verdad. Tiene un “comportamiento procesal evidentemente en contra de las directivas judiciales que ha recibido”, señalaba O’ Connor, para concluir que “en su caso no sería suficiente un arresto domiciliario, ni aún con custodia policial. Usted probablemente encontraría la manera de evadirse de su domicilio e incumplir la prohibición de acercamiento que aún está vigente”.

El magistrado dispuso la realización de la pericia psicológica solicitada por la Fiscalía. Las conclusiones deberán ser remitidas a las partes en el plazo de diez días.


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