Caso Benetton: rechazaron el pedido de un juez para que el Superior revise el habeas corpus

La Cámara Penal de Esquel desestimó la resolución de Jorge Criado en el caso de la ocupación de tierras de Benetton. Sigue la polémica en el Poder Judicial.

26 AGO 2015 - 22:20 | Actualizado

En el marco de la polémica por el habeas corpus que intentó evitar la identificación de los ocupantes de tierras de Benetton en Leleque, la Cámara Penal de Esquel anuló la decisión del juez Jorge Criado, que había ordenado enviar ese trámite al Superior Tribunal de Justicia y a la Defensoría General para determinar si los funcionarios judiciales que trabaron el operativo habían cometido alguna irregularidad. Los lotes de Benetton están ocupados por representantes de la comunidad mapuche encapuchados y presuntamente armados. Fiscalía fue autorizada por un juez para un operativo que identificaría a esas personas y buscaría evidencia de posibles robos.

Cuatro defensores públicos presentaron un habeas corpus para desactivar el procedimiento, que terminó suspendido. En este escenario, el juez Criado rechazó el habeas corpus con duras críticas por su mala redacción y su poca rigurosidad. Lo consideró como de “gravedad institucional”. Resolvió enviar todo el trámite al presidente del Superior, Alejandro Panizzi, y al defensor general alterno, Alfredo Pérez Galimberti, para que decidieran si por sus irregularidades, el habeas corpus merecía una sanción interna.

La camarista Nelly García –junto con Trincheri y Luchelli- revisó el fallo de Criado. Y aunque “no compartimos algunos de los argumentos” del magistrado, consideraron que el rechazo era correcto. Sin embargo, “no existe gravedad institucional para poner en conocimiento al presidente del Superior, ya que la Defensa Pública está legitimada para patrocinar a los denunciantes, está habilitado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el habeas corpus colectivo, se requería preventivamente la presencia del juez en cualquier procedimiento que se hubiere ordenado y cualquier otra cuestión formal se solucionaba con citar a una audiencia al defensor y al fiscal”. Además, “el Ministerio Público Fiscal no necesita ninguna autorización para investigar si se filtró información reservada o no”.

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26 AGO 2015 - 22:20

En el marco de la polémica por el habeas corpus que intentó evitar la identificación de los ocupantes de tierras de Benetton en Leleque, la Cámara Penal de Esquel anuló la decisión del juez Jorge Criado, que había ordenado enviar ese trámite al Superior Tribunal de Justicia y a la Defensoría General para determinar si los funcionarios judiciales que trabaron el operativo habían cometido alguna irregularidad. Los lotes de Benetton están ocupados por representantes de la comunidad mapuche encapuchados y presuntamente armados. Fiscalía fue autorizada por un juez para un operativo que identificaría a esas personas y buscaría evidencia de posibles robos.

Cuatro defensores públicos presentaron un habeas corpus para desactivar el procedimiento, que terminó suspendido. En este escenario, el juez Criado rechazó el habeas corpus con duras críticas por su mala redacción y su poca rigurosidad. Lo consideró como de “gravedad institucional”. Resolvió enviar todo el trámite al presidente del Superior, Alejandro Panizzi, y al defensor general alterno, Alfredo Pérez Galimberti, para que decidieran si por sus irregularidades, el habeas corpus merecía una sanción interna.

La camarista Nelly García –junto con Trincheri y Luchelli- revisó el fallo de Criado. Y aunque “no compartimos algunos de los argumentos” del magistrado, consideraron que el rechazo era correcto. Sin embargo, “no existe gravedad institucional para poner en conocimiento al presidente del Superior, ya que la Defensa Pública está legitimada para patrocinar a los denunciantes, está habilitado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el habeas corpus colectivo, se requería preventivamente la presencia del juez en cualquier procedimiento que se hubiere ordenado y cualquier otra cuestión formal se solucionaba con citar a una audiencia al defensor y al fiscal”. Además, “el Ministerio Público Fiscal no necesita ninguna autorización para investigar si se filtró información reservada o no”.


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