Las pericias científicas y las contradicciones de Lamonega fueron las claves para su condena

Así lo determinaron los jueces Casal, Pérez y Orlando. Fiscalía pidió prisión perpetua. En una semana se sabrá la pena.

Familiares de Marisa Santos y sus dos hijos, asesinados a fines del año pasado, se abrazan tras el veredicto.
13 DIC 2015 - 21:43 | Actualizado

El tribunal colegiado de Sarmiento, integrado por los jueces Roberto Casal, Daniel Pérez y Marcelo Orlando, se basó en siete puntos medulares expuestos durante el juicio para definir que Claudio Lamonega es el autor penalmente responsable de los asesinatos de Marisa Santos y sus dos hijos menores, Lucas y Victoria Ramis, en noviembre del año pasado en esa localidad del sur chubutense.

La decisión unánime -indicó un comunicado de prensa del Ministerio Público Fiscal- es por el delito de homicidio agravado por alevosía, tres hechos en concurso real; agrado también por el vínculo con relación a la víctima Marisa Ester Santos y por el uso de armas de fuego, aunque se descartó el agravante de violencia de género y el delito de hurto calificado.

La presencia de Claudio Lamonega en la vivienda de las víctimas el 23 de noviembre del año pasado, sus relatos contrapuestos brindados en la comisaría local y en el juicio tiempo después y su comunicación telefónica con la prima de Marisa Santos versando sobre los cuerpos sin vida cuando aún no se sabía la cantidad de muertos, fueron fundamentos claves para que los magistrados tomaran posición en declarar responsable penal de los crímenes.

A ello, se suma las omisiones y contradicciones durante todo el proceso investigativo y la certeza que utilizó y abandonó la camioneta de Marisa Santos a través de las pericias llevadas a cabo. Finalmente, también fue importante para la determinación tribunalicia la autopsia psicológica; la que consideró que el autor de los homicidios no era ajeno al entorno familiar más el amplio manejo de armas que poseía Lamonega.

Materialidad y autoría

Con respecto a los hechos, el juez Roberto Casal, sostuvo que para el tribunal, la materialidad fue acreditada con los medios de prueba presentados, tales como los informes de autopsia y los aportes testimoniales de empleados policiales y del área de criminalística de Fiscalía.

En tanto, sobre la autoría, los magistrados explicaron que la constatación de indicios integrados, les permitieron coincidir, con las conclusiones de los acusadores.

En este sentido, destacaron el indicio de la presencia de Lamonega en la casa de las víctimas, el día de los hechos. Esto se pudo probar mediante la declaración del propio imputado y el testimonio de un amigo de la familia, que observó la camioneta del apicultor, estacionada sobre la calle Sarmiento 445, en las primeras horas del domingo 23 de noviembre.

También resaltaron las malas justificaciones del acusado al momento de acudir a la comisaria. Allí informó que desde el viernes 21, no tenía contacto con su pareja. Luego, ante el tribunal declaró que la noche del sábado 22 había pernoctado junto a ella.

En esta línea de análisis, subrayaron la comunicación telefónica, que Lamonega tuvo con la prima de Marisa Santos, a quien le manifestó “están los cuerpos adentro”, cuando hasta ese momento sólo se sabía del hallazgo sin vida, de una sola persona.

Los jueces consideraron que hubo una omisión maliciosa del acusado, al no informar a la Policía que su hijo le había contado, que observó la camioneta Kanggo de Marisa, abandonada en la esquina de Perito Moreno y Uruguay.

Otras de las contradicciones valoradas fueron en base a dos testimonios, que confirmaron que Lamonega les relató, que al regresar a la casa de Marisa, controló el aceite del rodado y le dio un masaje en las piernas a Victoria.

Para los jueces, si estas acciones ocurrieron dentro de la franja horaria en la que fue filmado por las cámaras de seguridad, conduciendo la camioneta de la víctima y su propio rodado, inevitablemente debió haberse encontrado a los compañeros de colegio de Lucas que lo esperaban afuera de su casa.

En este marco, sostuvieron que se pudo probar con el grado de certeza requerido que fue Lamonega quien abandonó la camioneta de Marisa, frente a la escuela provincial82. En este contexto, valoraron las pericias efectuadas por los profesionales del Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM) de la Procuración, en los Departamentos de Informática Forense y Psicología Jurídica Forense.

En el primer caso, las pericias del informático, permitieron comprobar mediante el GPS del teléfono celular de Marisa, que el aparato había sido desactivado en el interior de la casa de la calle Sarmiento, el día de los hechos.

En tanto, la autopsia psicológica forense, determinó el bajo riesgo de las víctimas, la puesta en escena y confirmó que el autor de los asesinatos no era ajeno al grupo familiar.

Por último, señalaron el amplio conocimiento que Lamonega tenía sobre el manejo de armas de fuego y la simulación de su estado emocional.

En el debate, sobre la aplicación de la pena, la fiscal Andrea Vázquez, indicó que por la calificación escogida por el tribunal, la única pena prevista por el Código Penal es la prisión perpetua. En tal sentido, mencionó que los extremos de interés a considerar, deben ser la violencia desplegada y la pluralidad de victimas. También mencionó la actitud del imputado, antes y luego de los crímenes. Resaltó que “Lamonega exterminó a un grupo familiar, en el que no quedaron descendientes”. En consecuencia, solicitó al tribunal la aplicación de la pena de prisión perpetua.

Enterate de las noticias de POLICIALES a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
Familiares de Marisa Santos y sus dos hijos, asesinados a fines del año pasado, se abrazan tras el veredicto.
13 DIC 2015 - 21:43

El tribunal colegiado de Sarmiento, integrado por los jueces Roberto Casal, Daniel Pérez y Marcelo Orlando, se basó en siete puntos medulares expuestos durante el juicio para definir que Claudio Lamonega es el autor penalmente responsable de los asesinatos de Marisa Santos y sus dos hijos menores, Lucas y Victoria Ramis, en noviembre del año pasado en esa localidad del sur chubutense.

La decisión unánime -indicó un comunicado de prensa del Ministerio Público Fiscal- es por el delito de homicidio agravado por alevosía, tres hechos en concurso real; agrado también por el vínculo con relación a la víctima Marisa Ester Santos y por el uso de armas de fuego, aunque se descartó el agravante de violencia de género y el delito de hurto calificado.

La presencia de Claudio Lamonega en la vivienda de las víctimas el 23 de noviembre del año pasado, sus relatos contrapuestos brindados en la comisaría local y en el juicio tiempo después y su comunicación telefónica con la prima de Marisa Santos versando sobre los cuerpos sin vida cuando aún no se sabía la cantidad de muertos, fueron fundamentos claves para que los magistrados tomaran posición en declarar responsable penal de los crímenes.

A ello, se suma las omisiones y contradicciones durante todo el proceso investigativo y la certeza que utilizó y abandonó la camioneta de Marisa Santos a través de las pericias llevadas a cabo. Finalmente, también fue importante para la determinación tribunalicia la autopsia psicológica; la que consideró que el autor de los homicidios no era ajeno al entorno familiar más el amplio manejo de armas que poseía Lamonega.

Materialidad y autoría

Con respecto a los hechos, el juez Roberto Casal, sostuvo que para el tribunal, la materialidad fue acreditada con los medios de prueba presentados, tales como los informes de autopsia y los aportes testimoniales de empleados policiales y del área de criminalística de Fiscalía.

En tanto, sobre la autoría, los magistrados explicaron que la constatación de indicios integrados, les permitieron coincidir, con las conclusiones de los acusadores.

En este sentido, destacaron el indicio de la presencia de Lamonega en la casa de las víctimas, el día de los hechos. Esto se pudo probar mediante la declaración del propio imputado y el testimonio de un amigo de la familia, que observó la camioneta del apicultor, estacionada sobre la calle Sarmiento 445, en las primeras horas del domingo 23 de noviembre.

También resaltaron las malas justificaciones del acusado al momento de acudir a la comisaria. Allí informó que desde el viernes 21, no tenía contacto con su pareja. Luego, ante el tribunal declaró que la noche del sábado 22 había pernoctado junto a ella.

En esta línea de análisis, subrayaron la comunicación telefónica, que Lamonega tuvo con la prima de Marisa Santos, a quien le manifestó “están los cuerpos adentro”, cuando hasta ese momento sólo se sabía del hallazgo sin vida, de una sola persona.

Los jueces consideraron que hubo una omisión maliciosa del acusado, al no informar a la Policía que su hijo le había contado, que observó la camioneta Kanggo de Marisa, abandonada en la esquina de Perito Moreno y Uruguay.

Otras de las contradicciones valoradas fueron en base a dos testimonios, que confirmaron que Lamonega les relató, que al regresar a la casa de Marisa, controló el aceite del rodado y le dio un masaje en las piernas a Victoria.

Para los jueces, si estas acciones ocurrieron dentro de la franja horaria en la que fue filmado por las cámaras de seguridad, conduciendo la camioneta de la víctima y su propio rodado, inevitablemente debió haberse encontrado a los compañeros de colegio de Lucas que lo esperaban afuera de su casa.

En este marco, sostuvieron que se pudo probar con el grado de certeza requerido que fue Lamonega quien abandonó la camioneta de Marisa, frente a la escuela provincial82. En este contexto, valoraron las pericias efectuadas por los profesionales del Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM) de la Procuración, en los Departamentos de Informática Forense y Psicología Jurídica Forense.

En el primer caso, las pericias del informático, permitieron comprobar mediante el GPS del teléfono celular de Marisa, que el aparato había sido desactivado en el interior de la casa de la calle Sarmiento, el día de los hechos.

En tanto, la autopsia psicológica forense, determinó el bajo riesgo de las víctimas, la puesta en escena y confirmó que el autor de los asesinatos no era ajeno al grupo familiar.

Por último, señalaron el amplio conocimiento que Lamonega tenía sobre el manejo de armas de fuego y la simulación de su estado emocional.

En el debate, sobre la aplicación de la pena, la fiscal Andrea Vázquez, indicó que por la calificación escogida por el tribunal, la única pena prevista por el Código Penal es la prisión perpetua. En tal sentido, mencionó que los extremos de interés a considerar, deben ser la violencia desplegada y la pluralidad de victimas. También mencionó la actitud del imputado, antes y luego de los crímenes. Resaltó que “Lamonega exterminó a un grupo familiar, en el que no quedaron descendientes”. En consecuencia, solicitó al tribunal la aplicación de la pena de prisión perpetua.


NOTICIAS RELACIONADAS