El Superior rechazó un recurso de Madryn por el reclamo de regalías

Los ministros explicaron que la Corte sólo podría intervenir con una sentencia definitiva. El pedido es por liquidaciones mal hechas.

23 DIC 2015 - 21:17 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

El Superior Tribunal de Justicia rechazó un Recurso Extraordinario Federal de la Municipalidad de Puerto Madryn, que pelea para cobrar un monto millonario en regalías que considera le corresponde. Al fallo que desestimó la apelación lo firmaron Daniel Rebagliati Russell, Jorge Pfleger y Alejandro Panizzi.

En agosto el STJ había anulado un mandamiento de ejecución de la Cámara de Apelaciones de Madryn y así evitó que el Gobierno provincial debiera desembolsar una suma millonaria en concepto de regalías mal liquidadas por todo 2013. No analizaron la justicia del reparto. Sólo advirtieron que un mandamiento no era el recurso adecuado para que un municipio se cobre una deuda de Provincia.

Ante este rechazo la Intendencia de Ricardo Sastre insistió y pidió al máximo tribunal chubutense que el reclamo lo resolviera la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Madryn dijo que el primer fallo del Superior fue “arbitrario” y cuestionó que a aquel tribunal lo haya integrado José Luis Pasutti: si el municipio lo hubiese sabido con tiempo lo hubiesen recusado porque “ya había tomado estado público que a partir del 30 de junio se acogería a los beneficios de la jubilación y que hasta su retiro iba a gozar de licencias atrasadas”.

La rapidez con la que se sorteó el tribunal y se dictó sentencia “fue una arbitrariedad manifiesta pues afecta el derecho de debido proceso”. Advirtió también que “el fallo no es jurídico sino político” y que el gobernador (entonces Martín Buzzi) estaba obligado a cancelar la deuda.

Según la ciudad del Golfo, se demostró el deber de pagar y “también se probó su violación con la prueba pericial contable”. En su apelación, aunque “la discusión política podría considerarse añeja”, lo real y actual es el reclamo formal al exgobernador y al entonces ministro de Economía, Ricardo Bestene.

Recordó que nunca nadie rechazó la admisibilidad de la demanda ni cuestionó las pericias contables, categóricas porque prueban que se viola el reparto para la ciudad.

“La debida aplicación del régimen de coparticipación en modo alguno podría perjudicar a otras corporaciones municipales, muy por el contrario, se actualizarían todos los coeficientes”, agregó Madryn, que señaló que los otros municipios podrían imitar su reclamo si no están de acuerdo con la nueva distribución. La apelación consideró que el rechazo del STJ viola la autonomía municipal y si este criterio sigue “nos encontraríamos ante la peligrosísima situación de que, ante flagrantes incumplimientos del Poder Ejecutivo, la Justicia no podría actuar”.

Respuesta

En su decisión, la Sala Civil consideró que Madryn no logró probar que su sentencia haya sido arbitraria. “La Corte sostuvo reiteradamente que la doctrina de la arbitrariedad es de aplicación excepcional (…) Se limita a las sentencias desprovistas de todo apoyo legal”.

El Superior recordó que rechazó la ejecución pero que no fue una decisión definitiva. Debe serlo para poder acudir a la Corte. “No es una formalidad vacua ni un rigorismo estéril; de no exigirse tal recaudo, nuestro máximo tribunal nacional podría verse desbordado de expedientes y se inmiscuiría en los procesos en trámite en otros tribunales, asumiendo una función que no le compete”.

Una sentencia definitiva es la que pone fin a un debate. No fue el caso porque Madryn puede intentar otras vías para reclamar su plata. No demostró un daño institucional irreparable y urgente que exija la intervención de la Corte. Aquel mandamiento de ejecución se denegó pero no se resolvió la queja de fondo.

Además, el recurso madrynense “no efectúa un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso”.

En cuanto al cuestionamiento a Pasutti, el STJ recordó que el exministro ya había actuado en el caso y nadie se quejó. “El Recurso Extraordinario en análisis no refuta los argumentos independientes que dieron sustento a la decisión apelada”.

Los tres ministros repitieron que la demanda de Madryn tiene “oscuridad y contradicción” e ignora el análisis de la evolución histórica de las regalías. #

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23 DIC 2015 - 21:17

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

El Superior Tribunal de Justicia rechazó un Recurso Extraordinario Federal de la Municipalidad de Puerto Madryn, que pelea para cobrar un monto millonario en regalías que considera le corresponde. Al fallo que desestimó la apelación lo firmaron Daniel Rebagliati Russell, Jorge Pfleger y Alejandro Panizzi.

En agosto el STJ había anulado un mandamiento de ejecución de la Cámara de Apelaciones de Madryn y así evitó que el Gobierno provincial debiera desembolsar una suma millonaria en concepto de regalías mal liquidadas por todo 2013. No analizaron la justicia del reparto. Sólo advirtieron que un mandamiento no era el recurso adecuado para que un municipio se cobre una deuda de Provincia.

Ante este rechazo la Intendencia de Ricardo Sastre insistió y pidió al máximo tribunal chubutense que el reclamo lo resolviera la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Madryn dijo que el primer fallo del Superior fue “arbitrario” y cuestionó que a aquel tribunal lo haya integrado José Luis Pasutti: si el municipio lo hubiese sabido con tiempo lo hubiesen recusado porque “ya había tomado estado público que a partir del 30 de junio se acogería a los beneficios de la jubilación y que hasta su retiro iba a gozar de licencias atrasadas”.

La rapidez con la que se sorteó el tribunal y se dictó sentencia “fue una arbitrariedad manifiesta pues afecta el derecho de debido proceso”. Advirtió también que “el fallo no es jurídico sino político” y que el gobernador (entonces Martín Buzzi) estaba obligado a cancelar la deuda.

Según la ciudad del Golfo, se demostró el deber de pagar y “también se probó su violación con la prueba pericial contable”. En su apelación, aunque “la discusión política podría considerarse añeja”, lo real y actual es el reclamo formal al exgobernador y al entonces ministro de Economía, Ricardo Bestene.

Recordó que nunca nadie rechazó la admisibilidad de la demanda ni cuestionó las pericias contables, categóricas porque prueban que se viola el reparto para la ciudad.

“La debida aplicación del régimen de coparticipación en modo alguno podría perjudicar a otras corporaciones municipales, muy por el contrario, se actualizarían todos los coeficientes”, agregó Madryn, que señaló que los otros municipios podrían imitar su reclamo si no están de acuerdo con la nueva distribución. La apelación consideró que el rechazo del STJ viola la autonomía municipal y si este criterio sigue “nos encontraríamos ante la peligrosísima situación de que, ante flagrantes incumplimientos del Poder Ejecutivo, la Justicia no podría actuar”.

Respuesta

En su decisión, la Sala Civil consideró que Madryn no logró probar que su sentencia haya sido arbitraria. “La Corte sostuvo reiteradamente que la doctrina de la arbitrariedad es de aplicación excepcional (…) Se limita a las sentencias desprovistas de todo apoyo legal”.

El Superior recordó que rechazó la ejecución pero que no fue una decisión definitiva. Debe serlo para poder acudir a la Corte. “No es una formalidad vacua ni un rigorismo estéril; de no exigirse tal recaudo, nuestro máximo tribunal nacional podría verse desbordado de expedientes y se inmiscuiría en los procesos en trámite en otros tribunales, asumiendo una función que no le compete”.

Una sentencia definitiva es la que pone fin a un debate. No fue el caso porque Madryn puede intentar otras vías para reclamar su plata. No demostró un daño institucional irreparable y urgente que exija la intervención de la Corte. Aquel mandamiento de ejecución se denegó pero no se resolvió la queja de fondo.

Además, el recurso madrynense “no efectúa un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso”.

En cuanto al cuestionamiento a Pasutti, el STJ recordó que el exministro ya había actuado en el caso y nadie se quejó. “El Recurso Extraordinario en análisis no refuta los argumentos independientes que dieron sustento a la decisión apelada”.

Los tres ministros repitieron que la demanda de Madryn tiene “oscuridad y contradicción” e ignora el análisis de la evolución histórica de las regalías. #


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