Esquel: maltrató a su expareja en el juicio y fue condenado por violencia de género, pero quedó libre

Un hombre fue juzgado por lesiones, amenazas y desobediencia contra su expareja. Durante la audiencia intimidó a la mujer y el juez le llamó la atención. En un juicio abreviado fue condenado a dos años en suspenso y fue liberado. Ahora deberá tener un trato respetuoso con su expareja, no beber ni drogarse, porque de lo contrario cumplirá la pena en la cárcel.

11 FEB 2016 - 16:04 | Actualizado

Pablo Daniel Hueque cometió reiterados hechos de violencia contra su ex pareja en Esquel. Además de tramitarse varias situaciones en el Juzgado de Familia, algunas constituyeron delito y recayeron en la Justicia penal. Lesiones leves, amenazas y desobediencia son los delitos por los que fue condenado a la pena de dos años de prisión en suspenso, lo que le permitió qudar libre. Aunque si incumple las normas de conducta, perdería el beneficio y debería cumplir la pena en un alojamiento carcelario.

En la audiencia de juicio abreviado realizada en los Tribunales de Esquel, se dictó el sobreseimiento de Hueque por tres hechos respecto de los que no se había obtenido prueba. Pero en otros cinco hechos fue hallado culpable y motivaron la primera condena en el historial de Hueque. Será esta su última oportunidad para “comprender” que las conductas que lo llevaron a los Tribunales son constitutivas de violencia de género y que ese tipo de acciones, además de ser socialmente repudiables, son pasibles de una sanción penal.

Hueque, inclusive, maltrató a su expareja durante el juicio abreviado. Fue necesario que el juez Martín O’ Connor le llame la atención, indicándole que su actitud dista del buen trato hacia la víctima al que obliga esta condena. Hueque se mostraba altanero, desafiante y en actitud intimidatoria hacia su ex pareja. Cuando sentía que nadie lo observaba aprovechaba para hostigarla con su postura y su mirada. Y cuando lo miraba el juez, Hueque cambiaba la actitud, bajando la mirada.

Ahora, Hueque no podrá cambiarlo sin previa autorización judicial, deberá evitar encontrarse con la víctima y si debe hacerlo para ver a sus hijos deberá enmarcarse en un trato respetuoso, sin ningún tipo de provocaciones.

El condenado tendrá que concurrir a la Oficina de Ejecución Penal una vez por mes, tiene prohibido consumir estupefacientes o abusar del consumo de bebidas alcohólicas y continuar con el tratamiento psicológico que deberá acreditar cada tres meses.

(Fuente: Fiscalía de Esquel)

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11 FEB 2016 - 16:04

Pablo Daniel Hueque cometió reiterados hechos de violencia contra su ex pareja en Esquel. Además de tramitarse varias situaciones en el Juzgado de Familia, algunas constituyeron delito y recayeron en la Justicia penal. Lesiones leves, amenazas y desobediencia son los delitos por los que fue condenado a la pena de dos años de prisión en suspenso, lo que le permitió qudar libre. Aunque si incumple las normas de conducta, perdería el beneficio y debería cumplir la pena en un alojamiento carcelario.

En la audiencia de juicio abreviado realizada en los Tribunales de Esquel, se dictó el sobreseimiento de Hueque por tres hechos respecto de los que no se había obtenido prueba. Pero en otros cinco hechos fue hallado culpable y motivaron la primera condena en el historial de Hueque. Será esta su última oportunidad para “comprender” que las conductas que lo llevaron a los Tribunales son constitutivas de violencia de género y que ese tipo de acciones, además de ser socialmente repudiables, son pasibles de una sanción penal.

Hueque, inclusive, maltrató a su expareja durante el juicio abreviado. Fue necesario que el juez Martín O’ Connor le llame la atención, indicándole que su actitud dista del buen trato hacia la víctima al que obliga esta condena. Hueque se mostraba altanero, desafiante y en actitud intimidatoria hacia su ex pareja. Cuando sentía que nadie lo observaba aprovechaba para hostigarla con su postura y su mirada. Y cuando lo miraba el juez, Hueque cambiaba la actitud, bajando la mirada.

Ahora, Hueque no podrá cambiarlo sin previa autorización judicial, deberá evitar encontrarse con la víctima y si debe hacerlo para ver a sus hijos deberá enmarcarse en un trato respetuoso, sin ningún tipo de provocaciones.

El condenado tendrá que concurrir a la Oficina de Ejecución Penal una vez por mes, tiene prohibido consumir estupefacientes o abusar del consumo de bebidas alcohólicas y continuar con el tratamiento psicológico que deberá acreditar cada tres meses.

(Fuente: Fiscalía de Esquel)


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