Polémica por tres asaltantes libres

El fiscal jefe de Rawson, Osvaldo Heiber, admitió que luego del juicio, los cuatro sujetos que la madrugada del lunes intentaron asaltar a una mujer en su casa de la capital seguramente quedarán libres por no tener condenas previas.

20 JUL 2016 - 21:32 | Actualizado

Si bien son conocidos en el ámbito policial, no poseen antecedentes por lo que el Código de Procedimientos prevé condenas en suspenso. Heiber aclaró ante Canal 3 que fue tentativa de robo y que el arma secuestrada en el automóvil de los delincuentes no se usó en el asalto.

Los ladrones quedaron libres en la audiencia de control de detención. Violentaron la puerta de la vivienda de una patada y con amenazas de muerte redujeron a la mujer, le taparon la boca y la ataron con precintos de plástico que llevaban para maniatar a las víctimas.

Esperaban alzarse con la recaudación del fin de semana del kiosco “24 horas”, propiedad de la familia. No pudieron porque el hijo de la mujer logró salir de la casa y llamó a la Policía. Luego de una persecución fueron detenidos y en el vehículo que se transportaban se encontró un arma de fuego.

Eran Fabio Centeno, Maximiliano Schnering, Elías López y Osvaldo Pino, todos de Trelew. En la audiencia de detención, el juez Sergio Pineda dejó libre a todos menos a Pino: quedó detenido porque tenía un pedido de captura. Irán a juicio pero lo más probable es que no vayan a prisión.

El caso disparó otra polémica sobre el sistema judicial. “Sólo lograron sustraer un celular dado que el hijo de la mujer pudo buscar a su padre y llamar a la Policía”, describió Heiber. “En una entrevista de la Brigada de Investigaciones, la víctima contó que no fue amedrentada con un arma de fuego. Si bien una de las personas mencionó que tenía un `chumbo´ o algo parecido, la señora dijo que nunca observó un arma. Por eso Fiscalía calificó el hecho como robo agravado por ser cometido en poblado y en banda en grado de tentativa dado que estas personas fueron interceptadas por la Policía en un lugar próximo al lugar del hecho. Luego se pudo recuperar el celular”.

Consultado sobre por qué quedan en libertad pese a ser conocidos y tras un hecho violento, Heiber contestó que tienen ingresos policiales pero no condenas. “La respuesta está en el mismo texto del Código Penal. Obviamente la gente opina distinto, no son abogados y no tienen por qué conocer los pormenores”, precisó. El Código Penal “establece en el artículo 167 que se aplicará reclusión o prisión de 3 a 10 años si el hecho se cometiere en poblado o en banda. En este caso, que el delito fue tentado, el mínimo de la escala penal es de 1 año y medio”.

“La gente debe saber que muchas entradas en la Policía no implica que tengan antecedentes, significa que estas personas ya tienen contacto con la ley penal pero no una condena firme. Lo único que la ley considera como antecedentes es la condena. Ante estas circunstancias, en el caso en que sean condenados por este hecho lo más probable es que el juez no se aparte demasiado del mínimo del año y medio”, señaló.

Heiber detalló que según la ley, una pena que no supere los 3 años de prisión puede ser dejada en suspenso aunque la persona sea condenada. “Esto nos hace prever que en caso que sean condenados la pena será en suspenso, no irán presos”.

Sobre el rol del Ministerio Público Fiscal puntualizó que “esta situación no nos habilita a solicitar una medida de coerción como es la prisión preventiva. Estarán libres pero mientras dura el proceso, porque el proceso penal sigue. Y estas personas serán susceptibles a una acusación porque tenemos pruebas para incriminarlos pero, en caso de ser condenados por ser primera condena, no irán presos. Distinto hubiera sido si hubiésemos constatado que se usó un arma de fuego en el hecho, allí la pena sube y es de efectivo cumplimiento”.

Respecto a las críticas que recibió de parte de las víctimas, que dijeron que en la audiencia Heiber ni siquiera leyó el acta, manifestó: “La audiencia tuvo lugar en cuanto a los requerimientos legales que prevé el Código. La Fiscalía relató cuál era el hecho, postuló la calificación legal, dispuso la apertura de investigación y todo fue controlado por el juez”, señaló. “Más allá de que tenemos seis meses para investigar y acusar, con las pruebas que tenemos cerraremos este hecho y presentaremos la acusación en un plazo mucho menor”.

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20 JUL 2016 - 21:32

Si bien son conocidos en el ámbito policial, no poseen antecedentes por lo que el Código de Procedimientos prevé condenas en suspenso. Heiber aclaró ante Canal 3 que fue tentativa de robo y que el arma secuestrada en el automóvil de los delincuentes no se usó en el asalto.

Los ladrones quedaron libres en la audiencia de control de detención. Violentaron la puerta de la vivienda de una patada y con amenazas de muerte redujeron a la mujer, le taparon la boca y la ataron con precintos de plástico que llevaban para maniatar a las víctimas.

Esperaban alzarse con la recaudación del fin de semana del kiosco “24 horas”, propiedad de la familia. No pudieron porque el hijo de la mujer logró salir de la casa y llamó a la Policía. Luego de una persecución fueron detenidos y en el vehículo que se transportaban se encontró un arma de fuego.

Eran Fabio Centeno, Maximiliano Schnering, Elías López y Osvaldo Pino, todos de Trelew. En la audiencia de detención, el juez Sergio Pineda dejó libre a todos menos a Pino: quedó detenido porque tenía un pedido de captura. Irán a juicio pero lo más probable es que no vayan a prisión.

El caso disparó otra polémica sobre el sistema judicial. “Sólo lograron sustraer un celular dado que el hijo de la mujer pudo buscar a su padre y llamar a la Policía”, describió Heiber. “En una entrevista de la Brigada de Investigaciones, la víctima contó que no fue amedrentada con un arma de fuego. Si bien una de las personas mencionó que tenía un `chumbo´ o algo parecido, la señora dijo que nunca observó un arma. Por eso Fiscalía calificó el hecho como robo agravado por ser cometido en poblado y en banda en grado de tentativa dado que estas personas fueron interceptadas por la Policía en un lugar próximo al lugar del hecho. Luego se pudo recuperar el celular”.

Consultado sobre por qué quedan en libertad pese a ser conocidos y tras un hecho violento, Heiber contestó que tienen ingresos policiales pero no condenas. “La respuesta está en el mismo texto del Código Penal. Obviamente la gente opina distinto, no son abogados y no tienen por qué conocer los pormenores”, precisó. El Código Penal “establece en el artículo 167 que se aplicará reclusión o prisión de 3 a 10 años si el hecho se cometiere en poblado o en banda. En este caso, que el delito fue tentado, el mínimo de la escala penal es de 1 año y medio”.

“La gente debe saber que muchas entradas en la Policía no implica que tengan antecedentes, significa que estas personas ya tienen contacto con la ley penal pero no una condena firme. Lo único que la ley considera como antecedentes es la condena. Ante estas circunstancias, en el caso en que sean condenados por este hecho lo más probable es que el juez no se aparte demasiado del mínimo del año y medio”, señaló.

Heiber detalló que según la ley, una pena que no supere los 3 años de prisión puede ser dejada en suspenso aunque la persona sea condenada. “Esto nos hace prever que en caso que sean condenados la pena será en suspenso, no irán presos”.

Sobre el rol del Ministerio Público Fiscal puntualizó que “esta situación no nos habilita a solicitar una medida de coerción como es la prisión preventiva. Estarán libres pero mientras dura el proceso, porque el proceso penal sigue. Y estas personas serán susceptibles a una acusación porque tenemos pruebas para incriminarlos pero, en caso de ser condenados por ser primera condena, no irán presos. Distinto hubiera sido si hubiésemos constatado que se usó un arma de fuego en el hecho, allí la pena sube y es de efectivo cumplimiento”.

Respecto a las críticas que recibió de parte de las víctimas, que dijeron que en la audiencia Heiber ni siquiera leyó el acta, manifestó: “La audiencia tuvo lugar en cuanto a los requerimientos legales que prevé el Código. La Fiscalía relató cuál era el hecho, postuló la calificación legal, dispuso la apertura de investigación y todo fue controlado por el juez”, señaló. “Más allá de que tenemos seis meses para investigar y acusar, con las pruebas que tenemos cerraremos este hecho y presentaremos la acusación en un plazo mucho menor”.


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