Cambió una ley y habrá multas de $ 85 mil por mordeduras de perros en Chubut

El artículo 119 de la Ley XV número 6 del Código Contravencional Provincial establecía que descuidar o dejar perros de razas peligrosas en la vía pública sin adoptar las precauciones necesarias y suficientes para evitar que causen daños, contemplaba una pena de arresto de 15 a 75 días.

21 AGO 2016 - 22:43 | Actualizado

La propuesta del diputado provincial José María Grazzini, se incluyó que “si ese animal lesionara a una persona, la pena de arresto será de 30 a 120 días de arresto y además una multa que llegaría a los $5.000 y $ 85 mil según la gravedad, más el reconocimiento al sistema sanitario provincial”.

El legislador agregó que “si como consecuencia de las contravenciones apuntadas deviniere, por el accionar del contraventor, un delito culposo o doloso, la pena de arresto no será sustituible por multa. A su vez, si en la contravención tuviere participación un can que, por sus dimensiones físicas, capacidad toráxica, potencia de mordedura y volumen mandibular; éste fuera definido como `potencialmente peligroso´, la pena se incrementará en un medio la mínima y en un tercio la máxima”.

La iniciativa revela además que “las sanciones o multas impuestas a los propietarios de el/los animal/es, no lo eximen de las posibles acciones en el fuero civil y/o penal”.

La propuesta, elaborada y presentada por José María Grazzini y que fue aprobada por unanimidad, consistió en incorporar al artículo 119 del Código Contravencional de la Provincia, un texto que imponga “medidas ejemplificadoras a los propietarios de perros mordedores. Es algo que nos encontramos que resultaba de fuerte interés social”, indicó el diputado autor de la iniciativa.

“Todos tomamos conciencia rápidamente cuando nos anuncian que nos van a tocar el bolsillo y tendremos que reconocer con nuestra economía los daños que se pudieran provocar en cualquier incidente, por lo que con esta herramienta aspiramos a prevenir situaciones y desenlaces que pudieran evitarse si el Estado consigue que los propietarios de canes actúen como tenedores responsables y no con desidia”. #

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21 AGO 2016 - 22:43

La propuesta del diputado provincial José María Grazzini, se incluyó que “si ese animal lesionara a una persona, la pena de arresto será de 30 a 120 días de arresto y además una multa que llegaría a los $5.000 y $ 85 mil según la gravedad, más el reconocimiento al sistema sanitario provincial”.

El legislador agregó que “si como consecuencia de las contravenciones apuntadas deviniere, por el accionar del contraventor, un delito culposo o doloso, la pena de arresto no será sustituible por multa. A su vez, si en la contravención tuviere participación un can que, por sus dimensiones físicas, capacidad toráxica, potencia de mordedura y volumen mandibular; éste fuera definido como `potencialmente peligroso´, la pena se incrementará en un medio la mínima y en un tercio la máxima”.

La iniciativa revela además que “las sanciones o multas impuestas a los propietarios de el/los animal/es, no lo eximen de las posibles acciones en el fuero civil y/o penal”.

La propuesta, elaborada y presentada por José María Grazzini y que fue aprobada por unanimidad, consistió en incorporar al artículo 119 del Código Contravencional de la Provincia, un texto que imponga “medidas ejemplificadoras a los propietarios de perros mordedores. Es algo que nos encontramos que resultaba de fuerte interés social”, indicó el diputado autor de la iniciativa.

“Todos tomamos conciencia rápidamente cuando nos anuncian que nos van a tocar el bolsillo y tendremos que reconocer con nuestra economía los daños que se pudieran provocar en cualquier incidente, por lo que con esta herramienta aspiramos a prevenir situaciones y desenlaces que pudieran evitarse si el Estado consigue que los propietarios de canes actúen como tenedores responsables y no con desidia”. #


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