La Junta Electoral del PJ desconoció el fallo de la Justicia federal y ahora suspendió las internas

José María Grazzini, Juan Pablo Luque y Gustavo Reyes, que responden a la Lista Azul, calificaron la decisión del juez Gustavo Lleral de "confusa" y en una resolución insólita afirman que resulta "imposible" cumplir con el cronograma electoral. Se vienen más planteos judiciales de la Celeste Blanca.

24 SEP 2016 - 21:37 | Actualizado

El cuerpo integrado por José María Grazzini, Juan Pablo Luque y Gustavo Reyes desconoció los alcances del fallo de la Justicia federal que habilitó las elecciones del 2 de octubre y lo catalogaron de “confuso”. Afirman en el documento que resulta imposible cumplir con el cronograma electoral.
En una decisión insólita, la Junta Electoral del PJ decidió suspender las internas del partido por resolución. Así, el cuerpo integrado por José María Grazzini, Juan Pablo Luque y Gustavo Reyes desconocieron los alcances del fallo de la Justicia federal que habilitó las elecciones del 2 de octubre. Catalogaron lo resuelto de “confuso” y suspendieron los comicios por “resultar imposible el cumplimiento del cronograma electoral”.
La resolución firmada por la Junta determina en primer lugar: “Suspender el proceso eleccionario interno convocado para el día 2 de octubre del corriente año, por resultar de imposible cumplimiento el cronograma electoral, en base a la Resolución Nro. 200/2016 dictada por el Juzgado Federal con competencia electoral, de acuerdo a los considerandos”.
Por otra parte, “informar a los apoderados de las listas la opinión respecto de la calidad de los avales presentados”.
De acuerdo con la Junta Electoral, de cara a los comicios que se desarrollarán en una semana no habría tiempo para la revisión de los presuntos avales adulterados en ambas listas y sería de imposible cumplimiento el cronograma electoral.
“El juez nos ordena informar debidamente a todos los apoderados el resultado del análisis de los avales presentados por las Listas participantes y el otorgamiento de un plazo razonable para subsanar los inconvenientes detectados”. Y apuntan que “es imposible en este estadio fijar un plazo razonable a los apoderados sin alterar el normal desarrollo del proceso electoral”. 
Insisten en que “respecto de los avales que no se hubieran presentado en debida forma, “falsificados”, deviene imposible subsanar con posterioridad a la fecha límite”.# 

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24 SEP 2016 - 21:37

El cuerpo integrado por José María Grazzini, Juan Pablo Luque y Gustavo Reyes desconoció los alcances del fallo de la Justicia federal que habilitó las elecciones del 2 de octubre y lo catalogaron de “confuso”. Afirman en el documento que resulta imposible cumplir con el cronograma electoral.
En una decisión insólita, la Junta Electoral del PJ decidió suspender las internas del partido por resolución. Así, el cuerpo integrado por José María Grazzini, Juan Pablo Luque y Gustavo Reyes desconocieron los alcances del fallo de la Justicia federal que habilitó las elecciones del 2 de octubre. Catalogaron lo resuelto de “confuso” y suspendieron los comicios por “resultar imposible el cumplimiento del cronograma electoral”.
La resolución firmada por la Junta determina en primer lugar: “Suspender el proceso eleccionario interno convocado para el día 2 de octubre del corriente año, por resultar de imposible cumplimiento el cronograma electoral, en base a la Resolución Nro. 200/2016 dictada por el Juzgado Federal con competencia electoral, de acuerdo a los considerandos”.
Por otra parte, “informar a los apoderados de las listas la opinión respecto de la calidad de los avales presentados”.
De acuerdo con la Junta Electoral, de cara a los comicios que se desarrollarán en una semana no habría tiempo para la revisión de los presuntos avales adulterados en ambas listas y sería de imposible cumplimiento el cronograma electoral.
“El juez nos ordena informar debidamente a todos los apoderados el resultado del análisis de los avales presentados por las Listas participantes y el otorgamiento de un plazo razonable para subsanar los inconvenientes detectados”. Y apuntan que “es imposible en este estadio fijar un plazo razonable a los apoderados sin alterar el normal desarrollo del proceso electoral”. 
Insisten en que “respecto de los avales que no se hubieran presentado en debida forma, “falsificados”, deviene imposible subsanar con posterioridad a la fecha límite”.# 


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