Proyecto de ley para que los trans ocupen el 1% de todos los empleos públicos de Provincia

La idea es garantizar la igualdad de oportunidades para acceder a un puesto en el Estado. Deberán anotarse en un Registro Único de Aspirantes y ser mayores de 18 años. Según el legislador del Frente para la Victoria, “los trans generan historias de constantes menoscabos en nuestra sociedad”.

10 OCT 2016 - 21:55 | Actualizado

El diputado del Frente para la Victoria, Gustavo Fita, presentó un proyecto de ley para que personas trans ocupen empleos en una proporción no inferior al uno por ciento de todo el personal en la administración pública, ofreciéndole el Estado capacitaciones y formación para que reúnan las condiciones de idoneidad para ocupar un puesto laboral, en los supuestos que sea necesario.

Se deberá reservar puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas/os, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público.

Fita, al describir a las personas trans, dijo en una gacetilla de prensa de Legislatura que “son quienes auto perciben y expresan un género distinto al sexo que le fue legal o convencionalmente asignado al momento del nacimiento, o bien un género no encuadrado en la clasificación masculino/femenino, en particular, se incluyen a las personas identificadas como travestis, transgéneros y transexuales”.

El proyecto establece que el Estado provincial, sus organismos descentralizados, las empresas del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todos los organismos empresariales donde la provincia tenga participación mayoritaria en el capital, deberán ocupar una persona trans.

Deberá reservar las vacantes que se generen en los cargos de los agentes que hayan ingresado bajo régimen de la ley, o que posteriormente se hayan incorporado a esta norma, para ser ocupadas en su totalidad y exclusivamente por personas trans.

Sera autoridad de aplicación la Dirección General de Diversidad, dependiente del Ministerio de Familia, que deberá generar un Registro Único de Aspirantes (RUA). También elaborar programas de concientización para remarcar la importancia de la inserción laboral equitativa e igualitaria, y efectuar las gestiones necesarias para reconocer y homologar los cursos de capacitación y formación desarrollados por el Estado, para que puedan tener validez como antecedentes en los concursos y realizar campañas sobre el respeto a la diversidad sexual en los distintos sectores del mundo laboral.

La ley será para trans mayores de 18 años, haya o no accedido a los beneficios de la ley N° 26.743, que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y estén debidamente inscriptos en el RUA.

Derecho

Fita expuso que el proyecto consagra el derecho de inclusión social de las personas trans “aunque la elaboración teórica en materia de géneros y sexualidades es muy vasta y continúa desarrollándose, los conceptos más básicos no han sido asimilados por los marcos normativos. Es necesario y prudente explicar las diferencias entre sexo y género, los conceptos de identidad y expresión de género y la necesidad de romper con los roles de género estereotipados.

Menoscabo

Sostiene que los “trans generan en nuestra sociedad historias de constantes menoscabos de derechos de raigambre constitucional, que llevan a las personas a una verdadera muerte civil, sin lograr respeto por sus derechos. Entre los derechos constitucionales vulnerados podemos enumerar: la igualdad y la no discriminación, al trabajo, a la seguridad física, a la seguridad social, a la privacidad, a la salud integral, a una adecuada calidad de vida y a la dignidad personal”.#

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10 OCT 2016 - 21:55

El diputado del Frente para la Victoria, Gustavo Fita, presentó un proyecto de ley para que personas trans ocupen empleos en una proporción no inferior al uno por ciento de todo el personal en la administración pública, ofreciéndole el Estado capacitaciones y formación para que reúnan las condiciones de idoneidad para ocupar un puesto laboral, en los supuestos que sea necesario.

Se deberá reservar puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas/os, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público.

Fita, al describir a las personas trans, dijo en una gacetilla de prensa de Legislatura que “son quienes auto perciben y expresan un género distinto al sexo que le fue legal o convencionalmente asignado al momento del nacimiento, o bien un género no encuadrado en la clasificación masculino/femenino, en particular, se incluyen a las personas identificadas como travestis, transgéneros y transexuales”.

El proyecto establece que el Estado provincial, sus organismos descentralizados, las empresas del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todos los organismos empresariales donde la provincia tenga participación mayoritaria en el capital, deberán ocupar una persona trans.

Deberá reservar las vacantes que se generen en los cargos de los agentes que hayan ingresado bajo régimen de la ley, o que posteriormente se hayan incorporado a esta norma, para ser ocupadas en su totalidad y exclusivamente por personas trans.

Sera autoridad de aplicación la Dirección General de Diversidad, dependiente del Ministerio de Familia, que deberá generar un Registro Único de Aspirantes (RUA). También elaborar programas de concientización para remarcar la importancia de la inserción laboral equitativa e igualitaria, y efectuar las gestiones necesarias para reconocer y homologar los cursos de capacitación y formación desarrollados por el Estado, para que puedan tener validez como antecedentes en los concursos y realizar campañas sobre el respeto a la diversidad sexual en los distintos sectores del mundo laboral.

La ley será para trans mayores de 18 años, haya o no accedido a los beneficios de la ley N° 26.743, que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y estén debidamente inscriptos en el RUA.

Derecho

Fita expuso que el proyecto consagra el derecho de inclusión social de las personas trans “aunque la elaboración teórica en materia de géneros y sexualidades es muy vasta y continúa desarrollándose, los conceptos más básicos no han sido asimilados por los marcos normativos. Es necesario y prudente explicar las diferencias entre sexo y género, los conceptos de identidad y expresión de género y la necesidad de romper con los roles de género estereotipados.

Menoscabo

Sostiene que los “trans generan en nuestra sociedad historias de constantes menoscabos de derechos de raigambre constitucional, que llevan a las personas a una verdadera muerte civil, sin lograr respeto por sus derechos. Entre los derechos constitucionales vulnerados podemos enumerar: la igualdad y la no discriminación, al trabajo, a la seguridad física, a la seguridad social, a la privacidad, a la salud integral, a una adecuada calidad de vida y a la dignidad personal”.#


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