Confirman sobreseimiento de Scioli en causa por enriquecimiento

El Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó el sobreseimiento del ex gobernador de la provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, en una causa por presunto enriquecimiento ilícito, revelaron hoy a Télam fuentes judiciales.

30 DIC 2016 - 13:49 | Actualizado

Así lo hizo la Sala 1 de ese tribunal al rechazar un recurso interpuesto por el abogado Marcelo Peña, quien planteó la nulidad del sobreseimiento que había sido dictado en octubre del año pasado en el marco de este expediente por el juez de garantías platense número 3, Pablo Reale.

Se trata de la causa en la que, en un controvertido trámite exprés, el magistrado había dictado el sobreseimiento de Scioli poco antes de las elecciones en las que el entonces gobernador bonaerense compitió como candidato a presidente del Frente para la Victoria.

En este marco, fuentes judiciales consignaron que, con las firmas de los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana, la Sala 1 confirmó la decisión que había sido tomada en primera instancia.

"Se rechaza, con costas, el recurso de casación deducido y, por consiguiente, confirma la sentencia dictada oportunamente por la Sala IV de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial La Plata", indica la resolución, a la que tuvo acceso Télam, que lleva el número 1134, del miércoles último.

La causa, iniciada el 24 de abril 2015 por Rafaél Oscar Velischek como denunciada fue motorizada por el abogado Marcelo Peña, quien como presidente del partido Es Posible Buenos Aires" interpuso un recurso de casación , tras la resolución del 7 de septiembre de 2015 cuando el juez de Garantía, Reale, sobreseyó al ex mandatario en los delitos por el que se lo denunciaba.

Entre los fundamentos de la decisión de Casación, al que tuvo acceso Télam, se indica que "el doctor Peña se presenta en la causa invocando legitimación en su carácter de presidente del partido "Es Posible", de la provincia de Buenos Aires y destacó que " no se advierte de la lectura del recurso interpuesto por el doctor Peñá cuáles serían las medidas pendientes de adopción, dada la vaguedad de los agravios formulados en los escritos presentados".

Indicó que la defensa de Scioli presentó el escrito "desarrolló los fundamentos conforme con los cuales, a su en entender el impugnante carece de legitimación activa".

Luego destacó que "en el caso se encuentra satisfecha la garantía de la doble instancia, puesto que el planteo de nulidad por cosa juzgada írrita fue rechazado tanto por el juzgado de garantías como por la Cámara interviniente".

También se refirió a la garantía constitucional que reclama una duración razonable del proceso, y recordó los efectos de cosa juzgada, por lo que en definitiva postuló"que se rechace el recurso intentado"

Por otra parte, el titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 11 de La Plata, el fiscal Álvaro Garganta que investiga a Scioli en el marco de una presentación que realizó la diputada Elisa Carrió por “administración fraudulenta y lavado de activos”, recibió una ampliación de la denuncia por parte de la legisladora y dijo a Télam que continuará investigando la línea aportada por la legisladora nacional.

“La ampliación de la denuncia la recibí ayer, voy a seguir investigando. Obviamente que también tendré en cuenta esa línea nueva que se aportó”, afirmó a Télam el fiscal platense.

“La denuncia se encuentra en mi despacho, y ya comenzamos a investigar de acuerdo a esta serie de datos que nos aportaron”, manifestó Garganta.

En la ampliación de la denuncia, Carrio quiere que Garganta investigue si Scioli incurrió en el delito de “dádivas” ya que, según la diputada, el ex gobernador utilizó el hotel boutique “La Estrella, Luxury + Estancia", ubicado en Tandil, en diversas ocasiones y los gastos que generó en su estadía fueron abonados por empresarios, amigos y proveedores de la gobernación bonaerense.

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30 DIC 2016 - 13:49

Así lo hizo la Sala 1 de ese tribunal al rechazar un recurso interpuesto por el abogado Marcelo Peña, quien planteó la nulidad del sobreseimiento que había sido dictado en octubre del año pasado en el marco de este expediente por el juez de garantías platense número 3, Pablo Reale.

Se trata de la causa en la que, en un controvertido trámite exprés, el magistrado había dictado el sobreseimiento de Scioli poco antes de las elecciones en las que el entonces gobernador bonaerense compitió como candidato a presidente del Frente para la Victoria.

En este marco, fuentes judiciales consignaron que, con las firmas de los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana, la Sala 1 confirmó la decisión que había sido tomada en primera instancia.

"Se rechaza, con costas, el recurso de casación deducido y, por consiguiente, confirma la sentencia dictada oportunamente por la Sala IV de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial La Plata", indica la resolución, a la que tuvo acceso Télam, que lleva el número 1134, del miércoles último.

La causa, iniciada el 24 de abril 2015 por Rafaél Oscar Velischek como denunciada fue motorizada por el abogado Marcelo Peña, quien como presidente del partido Es Posible Buenos Aires" interpuso un recurso de casación , tras la resolución del 7 de septiembre de 2015 cuando el juez de Garantía, Reale, sobreseyó al ex mandatario en los delitos por el que se lo denunciaba.

Entre los fundamentos de la decisión de Casación, al que tuvo acceso Télam, se indica que "el doctor Peña se presenta en la causa invocando legitimación en su carácter de presidente del partido "Es Posible", de la provincia de Buenos Aires y destacó que " no se advierte de la lectura del recurso interpuesto por el doctor Peñá cuáles serían las medidas pendientes de adopción, dada la vaguedad de los agravios formulados en los escritos presentados".

Indicó que la defensa de Scioli presentó el escrito "desarrolló los fundamentos conforme con los cuales, a su en entender el impugnante carece de legitimación activa".

Luego destacó que "en el caso se encuentra satisfecha la garantía de la doble instancia, puesto que el planteo de nulidad por cosa juzgada írrita fue rechazado tanto por el juzgado de garantías como por la Cámara interviniente".

También se refirió a la garantía constitucional que reclama una duración razonable del proceso, y recordó los efectos de cosa juzgada, por lo que en definitiva postuló"que se rechace el recurso intentado"

Por otra parte, el titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 11 de La Plata, el fiscal Álvaro Garganta que investiga a Scioli en el marco de una presentación que realizó la diputada Elisa Carrió por “administración fraudulenta y lavado de activos”, recibió una ampliación de la denuncia por parte de la legisladora y dijo a Télam que continuará investigando la línea aportada por la legisladora nacional.

“La ampliación de la denuncia la recibí ayer, voy a seguir investigando. Obviamente que también tendré en cuenta esa línea nueva que se aportó”, afirmó a Télam el fiscal platense.

“La denuncia se encuentra en mi despacho, y ya comenzamos a investigar de acuerdo a esta serie de datos que nos aportaron”, manifestó Garganta.

En la ampliación de la denuncia, Carrio quiere que Garganta investigue si Scioli incurrió en el delito de “dádivas” ya que, según la diputada, el ex gobernador utilizó el hotel boutique “La Estrella, Luxury + Estancia", ubicado en Tandil, en diversas ocasiones y los gastos que generó en su estadía fueron abonados por empresarios, amigos y proveedores de la gobernación bonaerense.


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