La ley antiterrorista para el conflicto RAM

Opinión, por Crhistian Pasquini.

15 ENE 2017 - 21:02 | Actualizado

La ley 26.734 modificó el Código Penal y estableció que cuando algún delitos se cometa para aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, la escala de cualquier delito se incrementará en el doble del mínimo y el máximo. Se llamó Ley Antiterrorista.

Establece que se reprimirá con prisión de 5 a 15 años y multa de 2 a 10 veces del monto de la operación, el que recolectare o proveyere bienes o dinero, con la intención de que se usen, o a sabiendas de que serán usados para financiar o cometer por parte de una organización o un individuo aquellos tipos de delitos. La Unidad de Información Financiera podrá congelar los activos vinculados a estos delitos.

Mirando el conflicto que tiene en vilo a la cordillera hace más de 2 años por un mismo grupo de sujetos que sistemáticamente comete todo tipo de delitos con una clara intencionalidad, que es generar lo que prometieron: crear la Nación Mapuche, el conflicto debe dejar de ser visto como un problema entre mapuches vs. Benetton o mapuches vs.justicia o mapuches vs. Gobierno, etcétera, como si fuera David vs.Goliat. Debemos observarlo más agudamente: estamos frente a un movimiento separatista autodenominado Resistencia Ancestral Mapuche, que en nombre de un reclamo disfrazado de reivindicación de tierras comete todo tipo de delitos y continuará hasta que la justicia provincial y federal reaccione y comience a aplicar el Código Penal como a cualquier ciudadano que lo transgrede.

En mi forma de ver, y en la de la mayoría de los ciudadanos, el que delinque es un delincuente sin importar su etnia, origen, religión, sexo o nacionalidad; sin embargo hasta aquí la justicia no reaccionó, fue tolerante, cautelosa, laxa y hasta actuó temerosa, permitiendo que este grupo organizado para delinquir efectué todo tipo de transgresiones al Código Penal.

Este conflicto no se termina de comprender, y entonces la justicia investiga delitos por separado: incendios intencionales, daños, amenazas, lesiones, portación de armas y explosivos, abigeato, corte de ruta, corte de las vías del tren, etcétera; disgrega el conflicto, persigue delitos comunes e individuales y en esa batalla pierde siempre porque le vuelven a introducir la hipótesis de mapuches vs.Benetton o mapuches vs Trochita, etcétera, y entonces es más cómodo hacerse el distraído y no aplicar la ley como a cualquier ciudadano, porque volvemos a no entender lo que realmente pasa y lo que el propio RAM nos dice en todo momento: que luchan por constituir una Nación Mapuche en un territorio que hoy es de Argentina.

El conflicto debe verse en su conjunto porque mientras se siga mirando en forma disgregada, y se siga investigando cada delito por separado, estamos destinados a perder esta batalla contra este grupo violento que seguirá cometiendo delitos e incrementando su violencia hacia nuestros vecinos en nombre de la reivindicación del territorio.

Dado que el conflicto está desbordado, que la paz social se ve menoscabada, y que este grupo radicalizado no va a cesar en sus acciones, sino que las profundizará, la justicia penal debe empezar a mirarlo en su real dimensión y no como hechos que se investigan aisladamente, y aplicar una herramienta que hasta aquí no se aplicó: la ley 26.734, ley antiterrorismo, investigando los autores de todos los delitos cometidos cuyo fin último es aterrorizar a la población y doblegar la voluntad del Estado nacional, debiendo agravar las penas de los delitos cometidos por los integrantes del RAM e investigar penalmente, como permite la ley citada, a quienes los financian, cuestión que no se realizó.

Si no atacamos el problema en su conjunto, si no entendemos su génesis, si no comprendemos que debe ser abordado como una totalidad, estamos destinados a tener que seguir tolerando más actos delictivos que seguirán quedando impunes en la justicia que los investiga en forma aislada, como la causa de abigeato que que seguramente terminará en un archivo. La ley que cito es una herramienta para perseguir a estos delincuentes y a los quienes aportan económicamente para que ellos actúen. Llegó el momento de que sea aplicada.

Soy respetuoso del reclamo histórico de nuestras comunidades aborígenes, considerando que debe darse una respuesta a sus requerimientos, pero a mi humilde entender este grupo radicalizado autodenominado RAM nada tiene que ver ni con la historia ni con la idiosincrasia de las mismas, ni con la historia de la región y su actuar perjudica seriamente también el verdadero y legítimo reclamo de aquellas.#

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15 ENE 2017 - 21:02

La ley 26.734 modificó el Código Penal y estableció que cuando algún delitos se cometa para aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, la escala de cualquier delito se incrementará en el doble del mínimo y el máximo. Se llamó Ley Antiterrorista.

Establece que se reprimirá con prisión de 5 a 15 años y multa de 2 a 10 veces del monto de la operación, el que recolectare o proveyere bienes o dinero, con la intención de que se usen, o a sabiendas de que serán usados para financiar o cometer por parte de una organización o un individuo aquellos tipos de delitos. La Unidad de Información Financiera podrá congelar los activos vinculados a estos delitos.

Mirando el conflicto que tiene en vilo a la cordillera hace más de 2 años por un mismo grupo de sujetos que sistemáticamente comete todo tipo de delitos con una clara intencionalidad, que es generar lo que prometieron: crear la Nación Mapuche, el conflicto debe dejar de ser visto como un problema entre mapuches vs. Benetton o mapuches vs.justicia o mapuches vs. Gobierno, etcétera, como si fuera David vs.Goliat. Debemos observarlo más agudamente: estamos frente a un movimiento separatista autodenominado Resistencia Ancestral Mapuche, que en nombre de un reclamo disfrazado de reivindicación de tierras comete todo tipo de delitos y continuará hasta que la justicia provincial y federal reaccione y comience a aplicar el Código Penal como a cualquier ciudadano que lo transgrede.

En mi forma de ver, y en la de la mayoría de los ciudadanos, el que delinque es un delincuente sin importar su etnia, origen, religión, sexo o nacionalidad; sin embargo hasta aquí la justicia no reaccionó, fue tolerante, cautelosa, laxa y hasta actuó temerosa, permitiendo que este grupo organizado para delinquir efectué todo tipo de transgresiones al Código Penal.

Este conflicto no se termina de comprender, y entonces la justicia investiga delitos por separado: incendios intencionales, daños, amenazas, lesiones, portación de armas y explosivos, abigeato, corte de ruta, corte de las vías del tren, etcétera; disgrega el conflicto, persigue delitos comunes e individuales y en esa batalla pierde siempre porque le vuelven a introducir la hipótesis de mapuches vs.Benetton o mapuches vs Trochita, etcétera, y entonces es más cómodo hacerse el distraído y no aplicar la ley como a cualquier ciudadano, porque volvemos a no entender lo que realmente pasa y lo que el propio RAM nos dice en todo momento: que luchan por constituir una Nación Mapuche en un territorio que hoy es de Argentina.

El conflicto debe verse en su conjunto porque mientras se siga mirando en forma disgregada, y se siga investigando cada delito por separado, estamos destinados a perder esta batalla contra este grupo violento que seguirá cometiendo delitos e incrementando su violencia hacia nuestros vecinos en nombre de la reivindicación del territorio.

Dado que el conflicto está desbordado, que la paz social se ve menoscabada, y que este grupo radicalizado no va a cesar en sus acciones, sino que las profundizará, la justicia penal debe empezar a mirarlo en su real dimensión y no como hechos que se investigan aisladamente, y aplicar una herramienta que hasta aquí no se aplicó: la ley 26.734, ley antiterrorismo, investigando los autores de todos los delitos cometidos cuyo fin último es aterrorizar a la población y doblegar la voluntad del Estado nacional, debiendo agravar las penas de los delitos cometidos por los integrantes del RAM e investigar penalmente, como permite la ley citada, a quienes los financian, cuestión que no se realizó.

Si no atacamos el problema en su conjunto, si no entendemos su génesis, si no comprendemos que debe ser abordado como una totalidad, estamos destinados a tener que seguir tolerando más actos delictivos que seguirán quedando impunes en la justicia que los investiga en forma aislada, como la causa de abigeato que que seguramente terminará en un archivo. La ley que cito es una herramienta para perseguir a estos delincuentes y a los quienes aportan económicamente para que ellos actúen. Llegó el momento de que sea aplicada.

Soy respetuoso del reclamo histórico de nuestras comunidades aborígenes, considerando que debe darse una respuesta a sus requerimientos, pero a mi humilde entender este grupo radicalizado autodenominado RAM nada tiene que ver ni con la historia ni con la idiosincrasia de las mismas, ni con la historia de la región y su actuar perjudica seriamente también el verdadero y legítimo reclamo de aquellas.#


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