Análisis de VIH se podrán requerir sin orden médica

El Gobierno estableció que cualquier paciente puede solicitar el estudio en un hospital público y que los médicos deberán ofrecer el test a todo paciente que presente patología que podría estar relacionada

18 ENE 2017 - 9:25 | Actualizado

El Ministerio de Salud de la Nación estableció que los médicos deberán ofrecer el test de diagnóstico del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) a todo paciente que presente patología que podría estar relacionada, independientemente de la causa, y dispuso además, que cualquier paciente puede solicitar el estudio en un hospital público sin necesidad de una orden médica.

A través de la resolución 55-E/2017 publicada en el Boletín Oficial, el ministro de Salud de la Nación, Jorge Lemus, extendió a los miembros de los equipos de salud la recomendación de informar y ofrecer el test del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) a todas aquellas personas que entren en contacto con el sistema de salud, independientemente de la causa.

La resolución de la cartera sanitaria nacional también establece la obligatoriedad del ofrecimiento de la prueba de VIH con información a aquellas personas que en la consulta médica manifiesten determinadas patologías o circunstancias -como neumonías severas, tuberculosis o cualquier infección de transmisión sexual, entre otras-, y a las parejas de las mujeres embarazadas.

Por otra parte, la nueva normativa fija que dejará de ser obligatoria la presentación de una orden firmada por un médico para la realización y/o procesamiento de las pruebas para la detección del virus, en todo el sistema público, bastando la simple solicitud y firma del consentimiento informado de las personas interesadas en cualquier lugar donde se realicen el examen.

De esta manera, se elimina uno de los obstáculos que hasta este momento dificultaba el acceso a la prueba.

En este marco, el Ministerio de Salud de la Nación invita a todas las jurisdicciones del país a adherir a estas determinaciones ante la necesidad de crear alternativas para facilitar el acceso al diagnóstico del VIH y otras infecciones de transmisión sexual, atendiendo al principio constitucional del derecho a la salud.

El documento publicado en el Boletín Oficial asegura que "el acceso al diagnóstico oportuno es un factor determinante para la mejor respuesta al tratamiento de la infección por VIH, resultando en una mejoría en la sobrevida de la persona, y que el tratamiento antirretroviral con el objetivo de lograr una carga viral indetectable disminuye la transmisión del virus".

En 2015 la Argentina suscribió a las metas regionales 90-90-90 de la OPS/OMS, mediante las cuales se aspira a que para el año 2020 el 90% de las personas con VIH estén diagnosticadas, que de ellas el 90% estén bajo tratamiento y que, de este grupo, el 90% tenga niveles indetectables de carga viral.

Ese mismo año entró en vigencia en la Argentina la recomendación de la oferta universal de tratamiento a las personas que tienen el virus desde el momento del diagnóstico.

Según las últimas estimaciones -publicadas en el boletín epidemiológico de la Dirección de Sida y ETS del Ministerio de Salud de la Nación presentado en diciembre pasado-, en la Argentina viven 120 mil personas con VIH, de las cuales el 30% tiene el virus y no lo sabe.

Las cifras de diagnósticos tardíos, obtenidas a partir de las notificaciones, reportan un 33,3% de diagnósticos tardíos en varones y un 23,8% en mujeres.
 

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18 ENE 2017 - 9:25

El Ministerio de Salud de la Nación estableció que los médicos deberán ofrecer el test de diagnóstico del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) a todo paciente que presente patología que podría estar relacionada, independientemente de la causa, y dispuso además, que cualquier paciente puede solicitar el estudio en un hospital público sin necesidad de una orden médica.

A través de la resolución 55-E/2017 publicada en el Boletín Oficial, el ministro de Salud de la Nación, Jorge Lemus, extendió a los miembros de los equipos de salud la recomendación de informar y ofrecer el test del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) a todas aquellas personas que entren en contacto con el sistema de salud, independientemente de la causa.

La resolución de la cartera sanitaria nacional también establece la obligatoriedad del ofrecimiento de la prueba de VIH con información a aquellas personas que en la consulta médica manifiesten determinadas patologías o circunstancias -como neumonías severas, tuberculosis o cualquier infección de transmisión sexual, entre otras-, y a las parejas de las mujeres embarazadas.

Por otra parte, la nueva normativa fija que dejará de ser obligatoria la presentación de una orden firmada por un médico para la realización y/o procesamiento de las pruebas para la detección del virus, en todo el sistema público, bastando la simple solicitud y firma del consentimiento informado de las personas interesadas en cualquier lugar donde se realicen el examen.

De esta manera, se elimina uno de los obstáculos que hasta este momento dificultaba el acceso a la prueba.

En este marco, el Ministerio de Salud de la Nación invita a todas las jurisdicciones del país a adherir a estas determinaciones ante la necesidad de crear alternativas para facilitar el acceso al diagnóstico del VIH y otras infecciones de transmisión sexual, atendiendo al principio constitucional del derecho a la salud.

El documento publicado en el Boletín Oficial asegura que "el acceso al diagnóstico oportuno es un factor determinante para la mejor respuesta al tratamiento de la infección por VIH, resultando en una mejoría en la sobrevida de la persona, y que el tratamiento antirretroviral con el objetivo de lograr una carga viral indetectable disminuye la transmisión del virus".

En 2015 la Argentina suscribió a las metas regionales 90-90-90 de la OPS/OMS, mediante las cuales se aspira a que para el año 2020 el 90% de las personas con VIH estén diagnosticadas, que de ellas el 90% estén bajo tratamiento y que, de este grupo, el 90% tenga niveles indetectables de carga viral.

Ese mismo año entró en vigencia en la Argentina la recomendación de la oferta universal de tratamiento a las personas que tienen el virus desde el momento del diagnóstico.

Según las últimas estimaciones -publicadas en el boletín epidemiológico de la Dirección de Sida y ETS del Ministerio de Salud de la Nación presentado en diciembre pasado-, en la Argentina viven 120 mil personas con VIH, de las cuales el 30% tiene el virus y no lo sabe.

Las cifras de diagnósticos tardíos, obtenidas a partir de las notificaciones, reportan un 33,3% de diagnósticos tardíos en varones y un 23,8% en mujeres.
 


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