Imputan por secuestro al asaltante del remisero

El juez Mariano Nicosia entendió que existía peligro de fuga e impuso dos meses de prisión preventiva para Blas Bustamante, mientras que Pablo Medina debe presentarse semanalmente la Oficina Judicial y no puede alejarse de la ciudad sin autorización judicial.

21 FEB 2017 - 22:03 | Actualizado

Se desarrolló en los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de apertura de investigación por el hecho acaecido en perjuicio de un trabajador del volante, que tiene como imputados a Blas Bustamante y Pablo Medina. La funcionaria de fiscalía requirió se les formalice el hecho a ambos en base al delito de secuestro coactivo y se dicte su prisión preventiva por seis meses; en tanto que la defensa requirió medidas sustitutivas para ambos.
Presidió el acto Mariano Nicosia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Verona Dagotto, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de ambos imputados fue ejercida por Esteban Mantecón, defensor general y Vanesa Vera, abogada adjunta de la Defensa Pública.
En un primer momento la funcionaria hizo una breve referencia al hecho a investigar cuando siendo las 23,55 horas del 20 de febrero, ambos imputados abordaron un remis, Chevrolet Corsa, en la intersección de las calles Rivadavia y Alem. Solicitando al remisero que los lleve a la calle Burucuyá. Allí Bustamante se baja a un domicilio, quedándose Medina en el auto, para luego retornar con una réplica de un arma de fuego con la que apunta a la víctima y le exigen que los llevara a robar. Pasándose el arma uno a otro. A las cinco cuadras los compañeros del remisero detienen al auto y a ambos imputados. Calificando provisoriamente el hecho como “privación ilegítima de la libertad agravada por la circunstancia de obligar a la víctima a hacer algo”.
La defensa no formuló objeción al relato del hecho ni a la calificación legal ya que la misma es provisoria, aclarando que podría variar a coacción. Seguido el juez penal dio por anoticiado a los imputados del hecho y la calificación legal que se les imputa; y por asegurada su defensa técnica.
Declararon imputados

Ambos imputados accedieron voluntariamente a declarar. Primero Bustamante sostuvo que “no fue así el hecho, le pagamos y tomamos unas cervezas con él”, en relación al remisero. “No tuvimos intensión de robarle, ni nada. Trescientos pesos le dimos y no lo secuestramos ni nada”, concluyó. Luego Medina aseguró que “no necesito andar robando porque tengo trabajo. No tuvimos ningún arma y le pagamos por adelantado”.
Medidas de coerción

A continuación la funcionaria de fiscalía solicitó se declare legal la detención de ambos, realizada en forma particular, en cuasi-flagrancia. Requiriendo la prisión preventiva de los imputados en base a la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del hecho. También por la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Haciendo alusión a que Bustamante tiene antecedentes penales computables y varias causas en trámite. En caso de recaer condena la misma será de cumplimiento efectivo, sostuvo. Solicitando el plazo de 6 meses de prisión preventiva para ambos e igual plazo para concluir con la investigación.
En contraposición la defensa sostuvo que la detención de sus pupilos ha sido ilegal, más allá de la sensibilidad en la ciudad por el homicidio del remisero Smith, “es comprensible que se haya asustado”. Del relato del hecho no surge el acto de retenerlo contra su voluntad. Solicitando medidas sustitutivas como prisión domiciliaria, con permiso de salidas laborales para ambos.
Finalmente el juez penal resolvió que la detención fue legal. Dictando la prisión preventiva de Bustamante por el término de 2 meses en base al peligro de fuga y medidas sustitutivas respecto de Medina, presentaciones semanales ante la Oficina Judicial y prohibición de alejarse de la ciudad sin autorización judicial. Finalmente estableció el término de dos meses para concluir con la investigación.#

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21 FEB 2017 - 22:03

Se desarrolló en los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de apertura de investigación por el hecho acaecido en perjuicio de un trabajador del volante, que tiene como imputados a Blas Bustamante y Pablo Medina. La funcionaria de fiscalía requirió se les formalice el hecho a ambos en base al delito de secuestro coactivo y se dicte su prisión preventiva por seis meses; en tanto que la defensa requirió medidas sustitutivas para ambos.
Presidió el acto Mariano Nicosia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Verona Dagotto, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de ambos imputados fue ejercida por Esteban Mantecón, defensor general y Vanesa Vera, abogada adjunta de la Defensa Pública.
En un primer momento la funcionaria hizo una breve referencia al hecho a investigar cuando siendo las 23,55 horas del 20 de febrero, ambos imputados abordaron un remis, Chevrolet Corsa, en la intersección de las calles Rivadavia y Alem. Solicitando al remisero que los lleve a la calle Burucuyá. Allí Bustamante se baja a un domicilio, quedándose Medina en el auto, para luego retornar con una réplica de un arma de fuego con la que apunta a la víctima y le exigen que los llevara a robar. Pasándose el arma uno a otro. A las cinco cuadras los compañeros del remisero detienen al auto y a ambos imputados. Calificando provisoriamente el hecho como “privación ilegítima de la libertad agravada por la circunstancia de obligar a la víctima a hacer algo”.
La defensa no formuló objeción al relato del hecho ni a la calificación legal ya que la misma es provisoria, aclarando que podría variar a coacción. Seguido el juez penal dio por anoticiado a los imputados del hecho y la calificación legal que se les imputa; y por asegurada su defensa técnica.
Declararon imputados

Ambos imputados accedieron voluntariamente a declarar. Primero Bustamante sostuvo que “no fue así el hecho, le pagamos y tomamos unas cervezas con él”, en relación al remisero. “No tuvimos intensión de robarle, ni nada. Trescientos pesos le dimos y no lo secuestramos ni nada”, concluyó. Luego Medina aseguró que “no necesito andar robando porque tengo trabajo. No tuvimos ningún arma y le pagamos por adelantado”.
Medidas de coerción

A continuación la funcionaria de fiscalía solicitó se declare legal la detención de ambos, realizada en forma particular, en cuasi-flagrancia. Requiriendo la prisión preventiva de los imputados en base a la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del hecho. También por la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Haciendo alusión a que Bustamante tiene antecedentes penales computables y varias causas en trámite. En caso de recaer condena la misma será de cumplimiento efectivo, sostuvo. Solicitando el plazo de 6 meses de prisión preventiva para ambos e igual plazo para concluir con la investigación.
En contraposición la defensa sostuvo que la detención de sus pupilos ha sido ilegal, más allá de la sensibilidad en la ciudad por el homicidio del remisero Smith, “es comprensible que se haya asustado”. Del relato del hecho no surge el acto de retenerlo contra su voluntad. Solicitando medidas sustitutivas como prisión domiciliaria, con permiso de salidas laborales para ambos.
Finalmente el juez penal resolvió que la detención fue legal. Dictando la prisión preventiva de Bustamante por el término de 2 meses en base al peligro de fuga y medidas sustitutivas respecto de Medina, presentaciones semanales ante la Oficina Judicial y prohibición de alejarse de la ciudad sin autorización judicial. Finalmente estableció el término de dos meses para concluir con la investigación.#


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