Prisión humanitaria: benefician al hombre que baleó a un policía en la calle

Es Darío Castaño, que atacó a un efectivo absuelto por la muerte de su hijo en Trelew. La Fiscalía y la jueza aceptaron el pedido de la defensa. Padece una grave enfermedad.

Darío Castaño pasará el proceso en su domicilio.
23 FEB 2017 - 21:44 | Actualizado

Se decidió este jueves en una audiencia de revisión solicitada por el defensor de Castaño, Matías Cimadevilla, en donde se expuso la necesidad de mutar la prisión preventiva por el arresto domiciliario para su cliente a partir del informe brindado por el Dr. Rodríguez Jacob, del cuerpo médico forense, en el que efectúa una evaluación sobre la enfermedad que padece castaño, recomendando la posibilidad de llevar adelante la medida de coerción en un domicilio particular.
Castaño fue detenido el fin de semana luego de balear en plena calle al policía Acosta Farías Díaz, absuelto por la muerte de Mauro Castaño -hijo del detenido-, ocurrida en febrero de 2015 en la Comisaría Primera de Trelew.
El fiscal general Fabián Moyano manifestó haber verificado el examen médico y mantuvo una entrevista con el facultativo, quien dio detalles del tratamiento a través de la quimioterapia, el cual se ha visto dificultado por la falta de provisión de las correspondientes pastillas, lo que trajo aparejado ciertas complicaciones, intentando reponerse de las mismas en la actualidad. Refirió el fiscal acerca de las recomendaciones impuestas, reafirmando que merece cuidados especiales.
La jueza, Mirta Moreno consultó acerca del cumplimiento del artículo 277 último párrafo del código penal, que da a entender sobre la persona a cargo de un imputado con arresto domiciliario, dado que de verificarse un incumplimiento, al ser su pareja o esposa no tendría responsabilidad alguna. Manifestó la magistrada que no advierte ella como evitar los riesgos procesales con un arresto domiciliario, y más teniendo en cuenta que no fue hallado el arma utilizada, el que podría encontrarse a disposición del detenido.
Expresó más adelante encontrarse en una disyuntiva, ya que por un lado está el informe médico que aconseja la modalidad domiciliaria, pero tampoco hay que olvidarse que hoy un policía se encuentra internado en grave estado. Más allá de estas manifestaciones indicó que sólo por razones estrictamente humanitarias dispondrá el arresto domiciliario, pero objetó la persona ofrecida a cargo, en el marco del artículo 277, dando al defensor un plazo de 24 horas para conseguir otra, cuestión a la que se comprometió el defensor Cimadevilla.
Una vez cumplido este requisito se dispondrá el traslado de Castaño, hoy detenido en una dependencia policial de Puerto Madryn, exigiendo el cumplimiento de visitas sorpresivas del personal policial, y ante cualquier dificultad se pedirá el retorno a centro de detención. Aclaró que por ahora cumplirá los cuatro meses de prisión preventiva, bajo la modalidad domiciliaria, no por estar convencida que esta medida puede neutralizar los riesgos procesales, sino porque en estos casos es la ley que le impone tal resolución.#

Enterate de las noticias de POLICIALES a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
Darío Castaño pasará el proceso en su domicilio.
23 FEB 2017 - 21:44

Se decidió este jueves en una audiencia de revisión solicitada por el defensor de Castaño, Matías Cimadevilla, en donde se expuso la necesidad de mutar la prisión preventiva por el arresto domiciliario para su cliente a partir del informe brindado por el Dr. Rodríguez Jacob, del cuerpo médico forense, en el que efectúa una evaluación sobre la enfermedad que padece castaño, recomendando la posibilidad de llevar adelante la medida de coerción en un domicilio particular.
Castaño fue detenido el fin de semana luego de balear en plena calle al policía Acosta Farías Díaz, absuelto por la muerte de Mauro Castaño -hijo del detenido-, ocurrida en febrero de 2015 en la Comisaría Primera de Trelew.
El fiscal general Fabián Moyano manifestó haber verificado el examen médico y mantuvo una entrevista con el facultativo, quien dio detalles del tratamiento a través de la quimioterapia, el cual se ha visto dificultado por la falta de provisión de las correspondientes pastillas, lo que trajo aparejado ciertas complicaciones, intentando reponerse de las mismas en la actualidad. Refirió el fiscal acerca de las recomendaciones impuestas, reafirmando que merece cuidados especiales.
La jueza, Mirta Moreno consultó acerca del cumplimiento del artículo 277 último párrafo del código penal, que da a entender sobre la persona a cargo de un imputado con arresto domiciliario, dado que de verificarse un incumplimiento, al ser su pareja o esposa no tendría responsabilidad alguna. Manifestó la magistrada que no advierte ella como evitar los riesgos procesales con un arresto domiciliario, y más teniendo en cuenta que no fue hallado el arma utilizada, el que podría encontrarse a disposición del detenido.
Expresó más adelante encontrarse en una disyuntiva, ya que por un lado está el informe médico que aconseja la modalidad domiciliaria, pero tampoco hay que olvidarse que hoy un policía se encuentra internado en grave estado. Más allá de estas manifestaciones indicó que sólo por razones estrictamente humanitarias dispondrá el arresto domiciliario, pero objetó la persona ofrecida a cargo, en el marco del artículo 277, dando al defensor un plazo de 24 horas para conseguir otra, cuestión a la que se comprometió el defensor Cimadevilla.
Una vez cumplido este requisito se dispondrá el traslado de Castaño, hoy detenido en una dependencia policial de Puerto Madryn, exigiendo el cumplimiento de visitas sorpresivas del personal policial, y ante cualquier dificultad se pedirá el retorno a centro de detención. Aclaró que por ahora cumplirá los cuatro meses de prisión preventiva, bajo la modalidad domiciliaria, no por estar convencida que esta medida puede neutralizar los riesgos procesales, sino porque en estos casos es la ley que le impone tal resolución.#


NOTICIAS RELACIONADAS