Violencia de género: el 17 se sabrá la sentencia

Los hechos se remontan a enero del año pasado, cuando el acusado golpeó a su exmujer y la acosó por teléfono durante días. Se lo imputa, a su vez, de privación de la libertad.

13 MAR 2017 - 21:59 | Actualizado

Tras el alegato de las partes, el próximo viernes 17 a las 9, la jueza Anabel Rodríguez dará a conocer la sentencia por un caso de violencia de género que se produjo en enero de 2015 en la ciudad de Esquel.

La fiscal María Bottini planteó a la juez que existía en la relación entre el imputado Omar Darío Díaz y la víctima, una relación jerarquizada en la que medió violencia de género, tanto física como psicológica. El defensor Horacio Hernández sostuvo que no se dieron los elementos de la violencia de género, sino que existieron conflictos como en cualquier pareja, indicó un parte de prensa de la Fiscalía de Esquel.

Para la acusación se probó la existencia de privación ilegal de la libertad mediante los testimonios, también las desobediencias a órdenes judiciales, así como la totalidad de los hechos por los que fue acusado. Bottini indicó que la defensa buscó a lo largo del debate minimizar los hechos por los que el imputado fue traído a debate, justificando lo sucedido. “Es una cuestión ideológica totalmente reñida con los tratados internacionales que rigen la materia, que lejos de eso, obligan al Estado a debida diligencia para sancionar y erradicar la violencia de género”, dijo.

La fiscal se refirió a múltiples desobediencias, a una relación desigual en la que se daban situaciones violentas que ella perdonaba y volvía. Los informes psicológicos dan cuenta de un cuadro de stress postraumático.

Alegó que el planteo de la defensa se basa en estereotipos de género, en los que la víctima tiene que ser sumisa y si se animó a denunciar o si alguna vez se desvió de algún modo del estereotipo “ya no es tan víctima”. “El único permiso del ordenamiento jurídico para lesionar a una persona es la legítima defensa”, remarcó”.

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13 MAR 2017 - 21:59

Tras el alegato de las partes, el próximo viernes 17 a las 9, la jueza Anabel Rodríguez dará a conocer la sentencia por un caso de violencia de género que se produjo en enero de 2015 en la ciudad de Esquel.

La fiscal María Bottini planteó a la juez que existía en la relación entre el imputado Omar Darío Díaz y la víctima, una relación jerarquizada en la que medió violencia de género, tanto física como psicológica. El defensor Horacio Hernández sostuvo que no se dieron los elementos de la violencia de género, sino que existieron conflictos como en cualquier pareja, indicó un parte de prensa de la Fiscalía de Esquel.

Para la acusación se probó la existencia de privación ilegal de la libertad mediante los testimonios, también las desobediencias a órdenes judiciales, así como la totalidad de los hechos por los que fue acusado. Bottini indicó que la defensa buscó a lo largo del debate minimizar los hechos por los que el imputado fue traído a debate, justificando lo sucedido. “Es una cuestión ideológica totalmente reñida con los tratados internacionales que rigen la materia, que lejos de eso, obligan al Estado a debida diligencia para sancionar y erradicar la violencia de género”, dijo.

La fiscal se refirió a múltiples desobediencias, a una relación desigual en la que se daban situaciones violentas que ella perdonaba y volvía. Los informes psicológicos dan cuenta de un cuadro de stress postraumático.

Alegó que el planteo de la defensa se basa en estereotipos de género, en los que la víctima tiene que ser sumisa y si se animó a denunciar o si alguna vez se desvió de algún modo del estereotipo “ya no es tan víctima”. “El único permiso del ordenamiento jurídico para lesionar a una persona es la legítima defensa”, remarcó”.


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