Se apartó del caso la jueza que debía juzgar a Buzzi y Di Pierro

Es Gladys Olavarría. Es porque fue recusada porque en su momento existió un contacto frecuente con uno de los imputados, Ahora, la Oficina Judicial deberá designar otro juez penal para sustanciar el debate.

29 MAR 2017 - 17:25 | Actualizado

La jueza penal Gladys Olavarría resolvió apartarse del tribunal unipersonal que llevará adelante el juicio que tiene como imputados a los exintendente de Comodoro Rivadavia, Martín Buzzi y Nestor Di Pierro, y ahora la directora de la Oficina Judicial deberá designar otro juez penal para sustanciar el debate.

El lunes pasado, el fiscal y la querella solicitaron la recusación de la jueza interviniente, al igual que las defensas de Buzzi y Di Pierro. Es de recordar que el fiscal pidió se le dé inmediata intervención a un nuevo juez penal, en virtud que las fechas de debate ya han sido fijadas.

El pasado lunes, el fiscal Héctor Iturrioz planteó como cuestión previa la recusación de la jueza interviniente ya que existen circunstancias objetivas obrantes en el legajo que podrían afectar la imparcialidad”. Se refirió a que en su momento existió un contacto frecuente de la jueza con uno de los imputados, Di Pierro, con motivo de la organización de un curso jurídico en la Universidad.

Olavarría se expresó al respecto solicitando se la aparte del tribunal unipersonal de juicio aduciendo “violencia moral”. El fiscal entendió que esta violencia moral era una circunstancia subjetiva para solicitar la recusación y pretende que sea un juez neutral el que lleve adelante el juicio. Solicitando que la Oficina Judicial de inmediata intervención y designe al juez Soñis como tribunal de debate.

La querella, representada por José María Ferreira de las Casas, adhirió en todo a lo planteado por el fiscal. El defensor particular de Di Pierro, Guillermo Iglesias, también acompañó el pedido del fiscal pero por motivos diferentes. Aseguró que asumió la defensa recientemente y validó la existencia de conversaciones entre su cliente y la jueza por el Curso. “Las reuniones han existido y eso pudo generar violencia moral, es decir una causal subjetiva por la cual la jueza debe apartarse”, dijo, asegurando que Soñis sería un juez imparcial. “El juez debe ser imparcial y la mínima sospecha de parcialidad afecta derechos fundamentales como el debido proceso y el derecho a defensa en juicio. Por ello requirió el apartamiento de Olavarría, siempre “dejando a salvo su calidad humana y jurídica”, concluyó Iglesias.

En igual sentido se pronunció la defensora oficial de Buzzi, Lucía Pettinari, adhiriendo a lo manifestado por el fiscal, la querella y el codefensor. “Existen razones de violencia moral para que su Señoría se aparte y son justas y razonables”, sostuvo, solicitando se haga lugar al apartamiento solicitado por el fiscal y todas las partes.
 

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29 MAR 2017 - 17:25

La jueza penal Gladys Olavarría resolvió apartarse del tribunal unipersonal que llevará adelante el juicio que tiene como imputados a los exintendente de Comodoro Rivadavia, Martín Buzzi y Nestor Di Pierro, y ahora la directora de la Oficina Judicial deberá designar otro juez penal para sustanciar el debate.

El lunes pasado, el fiscal y la querella solicitaron la recusación de la jueza interviniente, al igual que las defensas de Buzzi y Di Pierro. Es de recordar que el fiscal pidió se le dé inmediata intervención a un nuevo juez penal, en virtud que las fechas de debate ya han sido fijadas.

El pasado lunes, el fiscal Héctor Iturrioz planteó como cuestión previa la recusación de la jueza interviniente ya que existen circunstancias objetivas obrantes en el legajo que podrían afectar la imparcialidad”. Se refirió a que en su momento existió un contacto frecuente de la jueza con uno de los imputados, Di Pierro, con motivo de la organización de un curso jurídico en la Universidad.

Olavarría se expresó al respecto solicitando se la aparte del tribunal unipersonal de juicio aduciendo “violencia moral”. El fiscal entendió que esta violencia moral era una circunstancia subjetiva para solicitar la recusación y pretende que sea un juez neutral el que lleve adelante el juicio. Solicitando que la Oficina Judicial de inmediata intervención y designe al juez Soñis como tribunal de debate.

La querella, representada por José María Ferreira de las Casas, adhirió en todo a lo planteado por el fiscal. El defensor particular de Di Pierro, Guillermo Iglesias, también acompañó el pedido del fiscal pero por motivos diferentes. Aseguró que asumió la defensa recientemente y validó la existencia de conversaciones entre su cliente y la jueza por el Curso. “Las reuniones han existido y eso pudo generar violencia moral, es decir una causal subjetiva por la cual la jueza debe apartarse”, dijo, asegurando que Soñis sería un juez imparcial. “El juez debe ser imparcial y la mínima sospecha de parcialidad afecta derechos fundamentales como el debido proceso y el derecho a defensa en juicio. Por ello requirió el apartamiento de Olavarría, siempre “dejando a salvo su calidad humana y jurídica”, concluyó Iglesias.

En igual sentido se pronunció la defensora oficial de Buzzi, Lucía Pettinari, adhiriendo a lo manifestado por el fiscal, la querella y el codefensor. “Existen razones de violencia moral para que su Señoría se aparte y son justas y razonables”, sostuvo, solicitando se haga lugar al apartamiento solicitado por el fiscal y todas las partes.
 


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