La corte rechazó planteo de De la Rúa por sobornos en el Senado

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo del ex presidente Fernando De la Rúa que cuestionó la intervención de un juez en la causa que investigó supuestos sobornos en el Senado, por considerar que la cuestión "es actualmente abstracta".

07 ABR 2017 - 14:54 | Actualizado

El recurso de la Defensa de De la Rúa objetaba la intervención del juez Luis María Cabral como integrante de la Cámara Federal de Casación Penal que en su momento confirmo la realización del juicio oral en el que finalmente, en diciembre de 2014, De la Rúa y otros imputados fueron absueltos.

La Corte recordó que el supuesto agravio que habría provocado a De la Rúa la actuación del magistrado quedó superado porque en esa causa se dictó la absolución de todos los imputados.

La defensa de De la Rúa, cuyo procesamiento había sido ratificado en 2009, cuestionaba la intervención de Cabral como camarista federal de casación penal, cargo del que fue desplazado por decisión del Consejo de la Magistratura de la Nación.

Pero antes de ser apartado de la Casación, Cabral fue uno de los jueces que intervino y decidió que se realizara el juicio oral de la causa por supuestos sobornos en el Senado para aprobar en el 2000 una reforma que flexibilizaba las relaciones laborales, resistida por la mayoría de los sindicatos.

Concluido el juicio, en diciembre de 2014 se dictó la absolución de De la Rúa y los demás procesados, por lo que ahora la Corte evaluó que había cesado la razón por la que De la Rúa se sintió agraviado.

Como "el gravamen causado por una resolución anterior no subsiste", la cuestión "es actualmente abstracta" y resulta "inoficioso" expedirse sobre el planteo, sostuvo la Corte con el voto de su presidente, Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda.

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07 ABR 2017 - 14:54

El recurso de la Defensa de De la Rúa objetaba la intervención del juez Luis María Cabral como integrante de la Cámara Federal de Casación Penal que en su momento confirmo la realización del juicio oral en el que finalmente, en diciembre de 2014, De la Rúa y otros imputados fueron absueltos.

La Corte recordó que el supuesto agravio que habría provocado a De la Rúa la actuación del magistrado quedó superado porque en esa causa se dictó la absolución de todos los imputados.

La defensa de De la Rúa, cuyo procesamiento había sido ratificado en 2009, cuestionaba la intervención de Cabral como camarista federal de casación penal, cargo del que fue desplazado por decisión del Consejo de la Magistratura de la Nación.

Pero antes de ser apartado de la Casación, Cabral fue uno de los jueces que intervino y decidió que se realizara el juicio oral de la causa por supuestos sobornos en el Senado para aprobar en el 2000 una reforma que flexibilizaba las relaciones laborales, resistida por la mayoría de los sindicatos.

Concluido el juicio, en diciembre de 2014 se dictó la absolución de De la Rúa y los demás procesados, por lo que ahora la Corte evaluó que había cesado la razón por la que De la Rúa se sintió agraviado.

Como "el gravamen causado por una resolución anterior no subsiste", la cuestión "es actualmente abstracta" y resulta "inoficioso" expedirse sobre el planteo, sostuvo la Corte con el voto de su presidente, Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda.


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