Frenan millonaria inversión para Madryn porque la empresa irá a juicio por narcotráfico

La cúpula de United Stone SA pidió permiso a la Justicia para vender un terreno y reinvertir la plata en una planta de procesamiento de piedra en Madryn. No pudo porque sus directivos irán a juicio por contrabando de droga. Los jueces votaron por no levantar la inhibición de bienes.

Escondida. Así se halló la droga en el mármol de exportación.
14 MAY 2017 - 20:16 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

Como el inversor está involucrado en una causa por narcotráfico, Puerto Madryn se perderá una millonaria inversión para instalar una planta de procesamiento de piedra. La protagonista es United Stone SA, una empresa que necesita vender en 600 mil dólares, unos 9 millones de pesos, una parcela en el Parque Industrial Pesquero de la Ciudad del Golfo para reinvertir ese dinero en el emprendimiento.

El problema es que la cúpula de esa firma está procesada por estupefacientes y debido a un embargo en su contra, la Justicia Federal le impidió la operación comercial. El fallo es del Tribunal Oral Económico 3 de Capital Federal.

La defensa de United Stone pidió autorización para la venta de una parcela de tierra de 38.498,78 metros cuadrados. “Fundó tal petición en la necesidad por parte de su representada de financiar la construcción de una planta de procesamiento de piedra”, explica la sentencia.

Presentó un boleto de compra-venta y el valor de la transacción inmobiliaria se estableció en U$S 600.000. La operación sólo podría realizarse con la venia judicial.

El Ministerio Público Fiscal y la querella de la AFIP se opusieron. Es que ya pidieron que la causa se eleve a juicio. Investigan una operación de exportación efectuada por United Stone. El 25 de febrero de 2014 en el puerto de Valencia, España, se halló oculta, entre bloques de mármol travertino y bolsones de adoquines, 380 kilos de cocaína, valuados en 15 millones de euros, para su comercialización. El cargamento fue revisado por dos escáneres aduaneros. Ninguno advirtió la droga. Todo se reveló cuando la Guardia Civil española abrió dos contenedores: uno estaba lleno de bolsones con adoquines, en el otro se encontraban los palets con el mármol y la cocaína.

El cargamento había salido del puerto de Buenos Aires. Fueron procesados por contrabando de droga Alfredo Miguel Ferrucci –presidente de la compañía- y los hijos de su mujer, María Inés y Augusto Andrés Cascelli. También la empresa, en condición de exportadora.

Según publicó ese año La Nación, United Stone tenía sede en Trelew, donde junto con Madryn hubo procedimientos durante la pesquisa. Sus antecedentes incluyen la refacción de la Casa Rosada y la Basílica de Luján.

El procesamiento fue con un embargo por 180.000.000 pesos. Como los bienes no fueron suficientes para cubrir ese monto, se dictó una inhibición general de bienes que incluyó los registros de la propiedad inmueble de Buenos Aires, Río Negro y Chubut, además del Registro Nacional Automotor. Esta decisión está firme y confirmada por la Sala “A” de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico. Los protagonistas pidieron reducir el embargo, sin éxito.

La operación de compra-venta entre particulares que pretendía United Stone para invertir en Madryn estableció un cronograma de pagos con prolongados intervalos previos a la transferencia del dominio, siempre a condición de que el Tribunal levantara la inhibición general de bienes. “Es decir que se coloca a este órgano jurisdiccional como garante de una operación entre particulares de la cual resulta obviamente ajeno”, escribieron los camaristas Karina Rosario Perilli y Luis Gustavo Losada.

Al momento de firmarse el boleto, la representante de United Stone recibió 50 mil dólares de la compradora, como garantía de la oferta y a cuenta del precio fijado. El 31 de marzo pasado debían abonar una primera cuota de U$S 250.000 y el próximo 31 de mayo, una segunda cuota de U$S 300.000. United Stone estaba obligada a escriturar antes de agosto. Este esquema fracasó cuando los camaristas deciden no levantar la inhibición.

“La propia operatoria detallada advierte las particularidades de la compraventa pactada, particularidades que el Tribunal, sin entrar a valorar el acuerdo en sí, no puede consentir por el mismo rol de garante que las partes la asignan. El Tribunal debe permanecer absolutamente ajeno a manejos financieros que sólo benefician a las partes intervinientes, alejados manifiestamente de su misión de administrar justicia en forma imparcial e independiente”, explicó la sentencia.

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Escondida. Así se halló la droga en el mármol de exportación.
14 MAY 2017 - 20:16

Por Rolando Tobarez / @rtobarez

Como el inversor está involucrado en una causa por narcotráfico, Puerto Madryn se perderá una millonaria inversión para instalar una planta de procesamiento de piedra. La protagonista es United Stone SA, una empresa que necesita vender en 600 mil dólares, unos 9 millones de pesos, una parcela en el Parque Industrial Pesquero de la Ciudad del Golfo para reinvertir ese dinero en el emprendimiento.

El problema es que la cúpula de esa firma está procesada por estupefacientes y debido a un embargo en su contra, la Justicia Federal le impidió la operación comercial. El fallo es del Tribunal Oral Económico 3 de Capital Federal.

La defensa de United Stone pidió autorización para la venta de una parcela de tierra de 38.498,78 metros cuadrados. “Fundó tal petición en la necesidad por parte de su representada de financiar la construcción de una planta de procesamiento de piedra”, explica la sentencia.

Presentó un boleto de compra-venta y el valor de la transacción inmobiliaria se estableció en U$S 600.000. La operación sólo podría realizarse con la venia judicial.

El Ministerio Público Fiscal y la querella de la AFIP se opusieron. Es que ya pidieron que la causa se eleve a juicio. Investigan una operación de exportación efectuada por United Stone. El 25 de febrero de 2014 en el puerto de Valencia, España, se halló oculta, entre bloques de mármol travertino y bolsones de adoquines, 380 kilos de cocaína, valuados en 15 millones de euros, para su comercialización. El cargamento fue revisado por dos escáneres aduaneros. Ninguno advirtió la droga. Todo se reveló cuando la Guardia Civil española abrió dos contenedores: uno estaba lleno de bolsones con adoquines, en el otro se encontraban los palets con el mármol y la cocaína.

El cargamento había salido del puerto de Buenos Aires. Fueron procesados por contrabando de droga Alfredo Miguel Ferrucci –presidente de la compañía- y los hijos de su mujer, María Inés y Augusto Andrés Cascelli. También la empresa, en condición de exportadora.

Según publicó ese año La Nación, United Stone tenía sede en Trelew, donde junto con Madryn hubo procedimientos durante la pesquisa. Sus antecedentes incluyen la refacción de la Casa Rosada y la Basílica de Luján.

El procesamiento fue con un embargo por 180.000.000 pesos. Como los bienes no fueron suficientes para cubrir ese monto, se dictó una inhibición general de bienes que incluyó los registros de la propiedad inmueble de Buenos Aires, Río Negro y Chubut, además del Registro Nacional Automotor. Esta decisión está firme y confirmada por la Sala “A” de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico. Los protagonistas pidieron reducir el embargo, sin éxito.

La operación de compra-venta entre particulares que pretendía United Stone para invertir en Madryn estableció un cronograma de pagos con prolongados intervalos previos a la transferencia del dominio, siempre a condición de que el Tribunal levantara la inhibición general de bienes. “Es decir que se coloca a este órgano jurisdiccional como garante de una operación entre particulares de la cual resulta obviamente ajeno”, escribieron los camaristas Karina Rosario Perilli y Luis Gustavo Losada.

Al momento de firmarse el boleto, la representante de United Stone recibió 50 mil dólares de la compradora, como garantía de la oferta y a cuenta del precio fijado. El 31 de marzo pasado debían abonar una primera cuota de U$S 250.000 y el próximo 31 de mayo, una segunda cuota de U$S 300.000. United Stone estaba obligada a escriturar antes de agosto. Este esquema fracasó cuando los camaristas deciden no levantar la inhibición.

“La propia operatoria detallada advierte las particularidades de la compraventa pactada, particularidades que el Tribunal, sin entrar a valorar el acuerdo en sí, no puede consentir por el mismo rol de garante que las partes la asignan. El Tribunal debe permanecer absolutamente ajeno a manejos financieros que sólo benefician a las partes intervinientes, alejados manifiestamente de su misión de administrar justicia en forma imparcial e independiente”, explicó la sentencia.


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