El Juzgado Federal de Esquel archivó la denuncia presentada contra el concejal suplente de Cambiemos, Ricardo Parisi, por sus dichos del miércoles 12 de abril de este año, en una sesión del Concejo Deliberante local. Se consideró que al expresar “ustedes son unos negros de mierda yo soy bien blanquito” y “yo no tengo sangre mapuche ni tehuelche” a un grupo en esa sesión, dichos que ratificó en los medios, no cometió el delito de incitación a la discriminación previsto.
El juez Guido Otranto explicó que ese delito no se comete sólo con realizar un comentario discriminatorio. “Consiste en alentar o incitar a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas política”, acotó.
Por eso “requiere un indudable impulso hacia la segregación, es decir que con la expresión o manifestación realizada se debe tener una manifiesta voluntad de afirmar y legitimar actos discriminatorios a fin de que se propaguen”.
Señaló Otranto que reiteradamente se juzgó que no es una incitación a la discriminación la expresión de comentarios ofensivos, despectivos y peyorativos de similar tenor discriminatorio a los que profirió Parisi.
Por otro lado, se advirtió que en el marco de este proceso judicial no corresponde aplicar la Ley 23.592, que agrava las penas de cualquier delito “por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad”, debido a que los dichos denunciados carecen de una connotación amenazante.
Todo esto, sin perjuicio de que el carácter “irrespetuoso, deshonroso y ofensivo” que indudablemente tienen esas manifestaciones pueda provocar consecuencias en el orden disciplinario, si así lo considera el Concejo.
El Juzgado Federal de Esquel archivó la denuncia presentada contra el concejal suplente de Cambiemos, Ricardo Parisi, por sus dichos del miércoles 12 de abril de este año, en una sesión del Concejo Deliberante local. Se consideró que al expresar “ustedes son unos negros de mierda yo soy bien blanquito” y “yo no tengo sangre mapuche ni tehuelche” a un grupo en esa sesión, dichos que ratificó en los medios, no cometió el delito de incitación a la discriminación previsto.
El juez Guido Otranto explicó que ese delito no se comete sólo con realizar un comentario discriminatorio. “Consiste en alentar o incitar a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas política”, acotó.
Por eso “requiere un indudable impulso hacia la segregación, es decir que con la expresión o manifestación realizada se debe tener una manifiesta voluntad de afirmar y legitimar actos discriminatorios a fin de que se propaguen”.
Señaló Otranto que reiteradamente se juzgó que no es una incitación a la discriminación la expresión de comentarios ofensivos, despectivos y peyorativos de similar tenor discriminatorio a los que profirió Parisi.
Por otro lado, se advirtió que en el marco de este proceso judicial no corresponde aplicar la Ley 23.592, que agrava las penas de cualquier delito “por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad”, debido a que los dichos denunciados carecen de una connotación amenazante.
Todo esto, sin perjuicio de que el carácter “irrespetuoso, deshonroso y ofensivo” que indudablemente tienen esas manifestaciones pueda provocar consecuencias en el orden disciplinario, si así lo considera el Concejo.