El Gobierno de Chubut impulsa un nuevo endeudamiento por 32,8 millones de dólares

En Legislatura ya tienen un proyecto para modificar el monto del endeudamiento provincial e incrementarlo en otros 32 millones de dólares.

27 JUN 2017 - 15:04 | Actualizado

Se confirmó en las últimas horas que el gobierno impulsa un aumento en el endeudamiento por una cifra superior a los 32 millones de dólares y se espera el pronto tratamiento legislativo de la iniciativa.

Este martes, pese al fracaso de la sesión ordinaria en la Cámara de Diputados, legisladores del oficialismo y también funcionarios del gobierno, confirmaron que se pedirá una nueva autorización para que el estado se endeude por otros 32 millones de dólares.
La iniciativa, cuyo borrador trascendió en las últimas horas, pide ampliar el financiamiento con el remanente del endeudamiento original por un monto de U$S 32.882.157,12.

El texto del anteproyecto de ley indica en su artículo primero "modificase el artículo 18° de la Ley II N° 180, el que quedará redactado de la siguiente manera: artículo 18°. Increméntese el monto del financiamiento autorizado por el artículo 2° de la Ley II N° 145, modificando por el artículo 1° de la Ley II N° 170, con el remanente no utilizado de la autorización conferida por el artículo de la Ley II N° 169, que asciende a la suma de dólares estadounidenses treinta y dos millones ochocientos ochenta y dos mil ciento cincuenta y siete con doce centavos (U$S 32.882.157,12)”.

El proyecto también especifica que se “destine el dieciséis por ciento (16%) del incremento dispuesto por el párrafo anterior, neto de los gastos en los que se incurra por endeudamiento, a los municipios, comisiones de fomento y comunas rurales, subdividido en un 1% para municipios y comisiones de fomento en proporción directa a la participación que a cada uno le corresponde en la distri9buicion del Anexo I de la Ley II N° 177, y el uno por ciento restante a las comunas rurales” distribuido en este caso según los porcentuales de distribución de regalías hidrocarburíferas establecidos en el  artículo 2 punto 3 de la Ley II N° 7.

También se conoció a través del borrador que “los municipios, comisiones de fomento y comunas podrán utilizar los recursos para cubrir eventuales desequilibrios financieros, a tales efectos el poder ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Crédito Público, queda facultado a realizar”
 

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27 JUN 2017 - 15:04

Se confirmó en las últimas horas que el gobierno impulsa un aumento en el endeudamiento por una cifra superior a los 32 millones de dólares y se espera el pronto tratamiento legislativo de la iniciativa.

Este martes, pese al fracaso de la sesión ordinaria en la Cámara de Diputados, legisladores del oficialismo y también funcionarios del gobierno, confirmaron que se pedirá una nueva autorización para que el estado se endeude por otros 32 millones de dólares.
La iniciativa, cuyo borrador trascendió en las últimas horas, pide ampliar el financiamiento con el remanente del endeudamiento original por un monto de U$S 32.882.157,12.

El texto del anteproyecto de ley indica en su artículo primero "modificase el artículo 18° de la Ley II N° 180, el que quedará redactado de la siguiente manera: artículo 18°. Increméntese el monto del financiamiento autorizado por el artículo 2° de la Ley II N° 145, modificando por el artículo 1° de la Ley II N° 170, con el remanente no utilizado de la autorización conferida por el artículo de la Ley II N° 169, que asciende a la suma de dólares estadounidenses treinta y dos millones ochocientos ochenta y dos mil ciento cincuenta y siete con doce centavos (U$S 32.882.157,12)”.

El proyecto también especifica que se “destine el dieciséis por ciento (16%) del incremento dispuesto por el párrafo anterior, neto de los gastos en los que se incurra por endeudamiento, a los municipios, comisiones de fomento y comunas rurales, subdividido en un 1% para municipios y comisiones de fomento en proporción directa a la participación que a cada uno le corresponde en la distri9buicion del Anexo I de la Ley II N° 177, y el uno por ciento restante a las comunas rurales” distribuido en este caso según los porcentuales de distribución de regalías hidrocarburíferas establecidos en el  artículo 2 punto 3 de la Ley II N° 7.

También se conoció a través del borrador que “los municipios, comisiones de fomento y comunas podrán utilizar los recursos para cubrir eventuales desequilibrios financieros, a tales efectos el poder ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Crédito Público, queda facultado a realizar”
 


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