Tenía libertad asistida y lo atraparon robando: estará un año y medio preso

La pena impuesta por el juez Sergio Piñeda será de cumplimiento efectivo. Se trata de Elvio Emiliano Acuipil, quien en 2014 y 2015 ya había sido sentenciado por delitos similares y que ahora estaba gozando de una libertad ambulatoria.

11 JUL 2017 - 20:07 | Actualizado

Un sujeto que poseía dos sentencias por robos agravados y gozaba de libertad asistida, fue condenado por el juez Sergio Piñeda a un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, luego que fuera atrapado nuevamente queriendo robar en un domicilio de Trelew.

Se trata de de Elvio Emiliano Acuipil, quien bajo la aplicación del instituto de juicio abreviado previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal, y en acuerdo de partes, fue condenado en orden al delito de robo agravado en grado de tentativa. Actuó por el Ministerio Público Fiscal, Silvia Pereira y llevó adelante la defensa Juan Salgado.

El hecho, reconocido por el imputado, es el acontecido el 5 de marzo de este año, cerca de las 13.30, cuando Elvio Emiliano Acuipil se apersonó en un domicilio de la calle Italia de Trelew, sabiendo lo que hacía y con intenciones de sustraer elementos ajenos.

Previo saltar un paredón de chapas de casi dos metros sobre Posadas ingresó a un baldío y de allí ganó altura al subirse a un montículo de ladrillos para saltar otro paredón, por donde ingresó al patio de la vivienda, la que estaba sin moradores en ese momento, dañando una persiana de madera y el vidrio de la misma para ingresar a una habitación tipo dormitorio. Luego de recorrer y desordenar el interior del inmueble fue acumulando objetos sobre la cama del sitio por donde ingresó, informó una gacetilla de prensa de la Fiscalía de Trelew.

Mientras se encontraba en plena tarea delictiva es sorprendido por personal policial, que había sido alertado mediante una llamada telefónica, donde se describía al intruso y cómo estaba vestido, encontrándose en plena flagrancia, por lo que es aprehendido y trasladado a dependencia policial.

Antecedentes

El desapoderamiento de los objetos no se consumó por razones ajenas a la voluntad de Acuipil, gracias a la inmediata intervención policial. También se considera importante ponderar que el hecho se produjo cuando el imputado gozaba del régimen de libertad asistida, otorgado el 19 de diciembre de 2016, pero además registra como antecedentes una sentencia de fecha 3 de octubre de 2014 por robo, con una pena de un año y seis meses , la que es comprensiva de pena impuesta con el número 3.180/14 y sentencia de fecha 8 de agosto de 2016 por robo agravado en grado de tentativa, donde fue condenado a la pena de un año y medio de prisión de efectivo cumplimiento y declarado reincidente.

El juez Sergio Piñeda, ante la presentación de las partes, consideró acreditados los hechos endilgados a Elvio Emiliano Acuipil, considerando adecuada la pena solicitada por la Fiscalía que integra el acuerdo aceptado tanto por la Defensa como por su asistido, haciendo lugar al trámite de juicio abreviado y resolver condenar al imputado a la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, declarándolo además reincidente en los términos del artículo 50 del Código Penal, detalló el informe fiscal.#

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11 JUL 2017 - 20:07

Un sujeto que poseía dos sentencias por robos agravados y gozaba de libertad asistida, fue condenado por el juez Sergio Piñeda a un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, luego que fuera atrapado nuevamente queriendo robar en un domicilio de Trelew.

Se trata de de Elvio Emiliano Acuipil, quien bajo la aplicación del instituto de juicio abreviado previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal, y en acuerdo de partes, fue condenado en orden al delito de robo agravado en grado de tentativa. Actuó por el Ministerio Público Fiscal, Silvia Pereira y llevó adelante la defensa Juan Salgado.

El hecho, reconocido por el imputado, es el acontecido el 5 de marzo de este año, cerca de las 13.30, cuando Elvio Emiliano Acuipil se apersonó en un domicilio de la calle Italia de Trelew, sabiendo lo que hacía y con intenciones de sustraer elementos ajenos.

Previo saltar un paredón de chapas de casi dos metros sobre Posadas ingresó a un baldío y de allí ganó altura al subirse a un montículo de ladrillos para saltar otro paredón, por donde ingresó al patio de la vivienda, la que estaba sin moradores en ese momento, dañando una persiana de madera y el vidrio de la misma para ingresar a una habitación tipo dormitorio. Luego de recorrer y desordenar el interior del inmueble fue acumulando objetos sobre la cama del sitio por donde ingresó, informó una gacetilla de prensa de la Fiscalía de Trelew.

Mientras se encontraba en plena tarea delictiva es sorprendido por personal policial, que había sido alertado mediante una llamada telefónica, donde se describía al intruso y cómo estaba vestido, encontrándose en plena flagrancia, por lo que es aprehendido y trasladado a dependencia policial.

Antecedentes

El desapoderamiento de los objetos no se consumó por razones ajenas a la voluntad de Acuipil, gracias a la inmediata intervención policial. También se considera importante ponderar que el hecho se produjo cuando el imputado gozaba del régimen de libertad asistida, otorgado el 19 de diciembre de 2016, pero además registra como antecedentes una sentencia de fecha 3 de octubre de 2014 por robo, con una pena de un año y seis meses , la que es comprensiva de pena impuesta con el número 3.180/14 y sentencia de fecha 8 de agosto de 2016 por robo agravado en grado de tentativa, donde fue condenado a la pena de un año y medio de prisión de efectivo cumplimiento y declarado reincidente.

El juez Sergio Piñeda, ante la presentación de las partes, consideró acreditados los hechos endilgados a Elvio Emiliano Acuipil, considerando adecuada la pena solicitada por la Fiscalía que integra el acuerdo aceptado tanto por la Defensa como por su asistido, haciendo lugar al trámite de juicio abreviado y resolver condenar al imputado a la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, declarándolo además reincidente en los términos del artículo 50 del Código Penal, detalló el informe fiscal.#


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