Detenidos por delitos violentos no gozarán de salidas transitorias

Se trata del proyecto que fue promulgado este viernes y que reformó la norma de "ejecución de la pena privativa de la libertad", que era reclamada por familiares de víctimas y que cobró impulso tras el femicidio de la joven entrerriana Micaela García.

Sebastián Wagner, (derecha) había sido condenado por violación y al momento del homicidio de Micaela, gozaba del beneficio de la libertad condicionada.
28 JUL 2017 - 20:43 | Actualizado

El gobierno nacional promulgó este viernes la ley que limita las excarcelaciones o salidas anticipadas a condenados por delitos graves, aprobada por el Congreso de la Nación a principios de este mes.
Se trata del proyecto que reformó la norma de "ejecución de la pena privativa de la libertad", que era reclamada por familiares de víctimas y que cobró impulso tras el femicidio de la joven entrerriana Micaela García.
Por ese crimen está acusado Sebastián Wagner, que había sido condenado por violación y al momento del homicidio gozaba del beneficio de la libertad condicional que le otorgó el juez Carlos Rossi.
En su momento, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich se reunió con senadores y bregó por la aprobación de la ley: "Hoy, a la mitad de la condena los presos pueden pedir salidas transitorias y lo que pasaba es que muchos no vuelven y vuelven a delinquir. Con esta modificación a la Ley 24.660, lo que ocurrirá es que los condenados por delitos violentos no van a poder tener ese beneficio", señaló.
Junto a la promulgación de la ley Nº 27.375 a través del decreto 573/2017, firmado por el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Justicia, Germán Garavano; el Poder Ejecutivo también publicó hoy en el Boletín Oficial el texto de la norma por la cual a partir de ahora los autores de crímenes graves ya no tendrán acceso a las salidas transitorias y a la libertad condicional, sino que deberán cumplir todas sus condenas en la cárcel.
En ese marco, la ley establece que no podrán otorgarse esos beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por los siguientes delitos: homicidios agravados; delitos contra la integridad sexual; privación ilegal de la libertad coactiva seguida de muerte; tortura seguida de muerte; robo con armas, o en despoblado y en banda; secuestro extorsivo seguido de muerte; trata de personas; violaciones a la ley antiterrorista; financiamiento del terrorismo; contrabando agravado, y producción y comercialización de estupefacientes.
El proyecto de reforma de la ley de "ejecución de la pena privativa de la libertad" se había votado en noviembre de 2016 en Diputados, pero el 26 de abril pasado el Senado introdujo cambios para acotar a determinados delitos la prohibición de otorgar la libertad condicional o transitoria, y luego la iniciativa volvió a la Cámara baja, que le dio sanción definitiva el 5 de julio.

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28 JUL 2017 - 20:43

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Se trata del proyecto que reformó la norma de "ejecución de la pena privativa de la libertad", que era reclamada por familiares de víctimas y que cobró impulso tras el femicidio de la joven entrerriana Micaela García.
Por ese crimen está acusado Sebastián Wagner, que había sido condenado por violación y al momento del homicidio gozaba del beneficio de la libertad condicional que le otorgó el juez Carlos Rossi.
En su momento, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich se reunió con senadores y bregó por la aprobación de la ley: "Hoy, a la mitad de la condena los presos pueden pedir salidas transitorias y lo que pasaba es que muchos no vuelven y vuelven a delinquir. Con esta modificación a la Ley 24.660, lo que ocurrirá es que los condenados por delitos violentos no van a poder tener ese beneficio", señaló.
Junto a la promulgación de la ley Nº 27.375 a través del decreto 573/2017, firmado por el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Justicia, Germán Garavano; el Poder Ejecutivo también publicó hoy en el Boletín Oficial el texto de la norma por la cual a partir de ahora los autores de crímenes graves ya no tendrán acceso a las salidas transitorias y a la libertad condicional, sino que deberán cumplir todas sus condenas en la cárcel.
En ese marco, la ley establece que no podrán otorgarse esos beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por los siguientes delitos: homicidios agravados; delitos contra la integridad sexual; privación ilegal de la libertad coactiva seguida de muerte; tortura seguida de muerte; robo con armas, o en despoblado y en banda; secuestro extorsivo seguido de muerte; trata de personas; violaciones a la ley antiterrorista; financiamiento del terrorismo; contrabando agravado, y producción y comercialización de estupefacientes.
El proyecto de reforma de la ley de "ejecución de la pena privativa de la libertad" se había votado en noviembre de 2016 en Diputados, pero el 26 de abril pasado el Senado introdujo cambios para acotar a determinados delitos la prohibición de otorgar la libertad condicional o transitoria, y luego la iniciativa volvió a la Cámara baja, que le dio sanción definitiva el 5 de julio.


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