Acosaba a empleadas de limpieza y acordó una condena con las víctimas

Las dos mujeres fueron querellantes y acordaron con el abogado defensor del acusado una pena que le permitirá eludir la cárcel. No podrá usar drogas por dos años y tendrá que ir a un especialista. Tampoco podrá tener contacto con las víctimas. Es supervisor en una empresa de limpieza.

24 AGO 2017 - 21:19 | Actualizado

El supervisor de una empresa de limpieza en Comodoro Rivadavia, fue acusado por acosar a las empleadas. Le imputaron abuso sexual simple. Admitió su conducta y fue beneficiado con una condena que le permitirá eludir una pena de efectivo cumplimiento.
La aplicación de una pena de dos años de pena condicional sobrevino de un acuerdo en el que las mujeres denunciantes y que actuaron de querellantes en el caso, comulgaron con el defensor del hombre acusado y con el aval de la Fiscalía. El juez Jorge Odorizo esta semana comunicó la resolución.
Supervisor

Según un parte de la Fiscalía, se investigó “la conducta de un supervisor de una empresa de servicios de limpieza que, aprovechándose de su cargo, realizó tocamientos de partes íntimas de las empleadas de la empresa. Su conducta fue calificada legalmente como “abuso sexual simple, en calidad de autor” en la primera causa; en tanto que la segunda “abuso sexual simple, dos hechos en concurso real, en calidad de autor”.
Acuerdo

El imputado, asesorado por su defensor, aceptó su participación y responsabilidad penal en los hechos, como también la pena de dos años de prisión en suspenso impuesta. El acuerdo abreviado se realizó con el consentimiento de las víctimas que se constituyeron como querellantes en la causa”.
Intervino el fiscal general Martín Cárcamo. El abogado Mauro Fonteñez, ofició como defensor de confianza del acusado.
Los hechos de similares características se desarrollaron en el momento en que las empleadas se retiraban de su lugar de trabajo y eran trasladadas por el imputado en un vehículo de la empresa hasta sus hogares.
Sano mentalmente

Del informe mental obligatorio que se le practicó al imputado en el Cuerpo Médico Forense surge que “no posee enfermedad mental alguna, sabe distinguir entre el bien y el mal, comprende la criminalidad de sus actos y es capaz de dirigir sus acciones”. Cabe mencionar también que el imputado carece de antecedentes penales computables por lo cual la pena, al ser la primera, será de cumplimiento condicional.
Durante el tiempo de la condena el condenado deberá fijar residencia, someterse al control del patronato de liberados, abstenerse de relacionarse con las víctimas y de usar estupefacientes y de consumir bebidas alcohólicas. Como también someterse a un tratamiento psicológico, previo informe de la Psicóloga Forense, que acredite su necesidad y eficacia.#

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24 AGO 2017 - 21:19

El supervisor de una empresa de limpieza en Comodoro Rivadavia, fue acusado por acosar a las empleadas. Le imputaron abuso sexual simple. Admitió su conducta y fue beneficiado con una condena que le permitirá eludir una pena de efectivo cumplimiento.
La aplicación de una pena de dos años de pena condicional sobrevino de un acuerdo en el que las mujeres denunciantes y que actuaron de querellantes en el caso, comulgaron con el defensor del hombre acusado y con el aval de la Fiscalía. El juez Jorge Odorizo esta semana comunicó la resolución.
Supervisor

Según un parte de la Fiscalía, se investigó “la conducta de un supervisor de una empresa de servicios de limpieza que, aprovechándose de su cargo, realizó tocamientos de partes íntimas de las empleadas de la empresa. Su conducta fue calificada legalmente como “abuso sexual simple, en calidad de autor” en la primera causa; en tanto que la segunda “abuso sexual simple, dos hechos en concurso real, en calidad de autor”.
Acuerdo

El imputado, asesorado por su defensor, aceptó su participación y responsabilidad penal en los hechos, como también la pena de dos años de prisión en suspenso impuesta. El acuerdo abreviado se realizó con el consentimiento de las víctimas que se constituyeron como querellantes en la causa”.
Intervino el fiscal general Martín Cárcamo. El abogado Mauro Fonteñez, ofició como defensor de confianza del acusado.
Los hechos de similares características se desarrollaron en el momento en que las empleadas se retiraban de su lugar de trabajo y eran trasladadas por el imputado en un vehículo de la empresa hasta sus hogares.
Sano mentalmente

Del informe mental obligatorio que se le practicó al imputado en el Cuerpo Médico Forense surge que “no posee enfermedad mental alguna, sabe distinguir entre el bien y el mal, comprende la criminalidad de sus actos y es capaz de dirigir sus acciones”. Cabe mencionar también que el imputado carece de antecedentes penales computables por lo cual la pena, al ser la primera, será de cumplimiento condicional.
Durante el tiempo de la condena el condenado deberá fijar residencia, someterse al control del patronato de liberados, abstenerse de relacionarse con las víctimas y de usar estupefacientes y de consumir bebidas alcohólicas. Como también someterse a un tratamiento psicológico, previo informe de la Psicóloga Forense, que acredite su necesidad y eficacia.#


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