La Fiscalía de Trelew se opuso a salidas alternativas en dos casos delictivos

Se trata de dos casos en donde los defensores propusieron suspender las audiencias a cambio de otras opciones. Los magistrados prefirieron consultar a las víctimas.

20 SEP 2017 - 20:12 | Actualizado

En diferentes audiencias, el Ministerio Público Fiscal de Trelew se opuso a la posibilidad de implementar salidas alternativas para imputados, con ofrecimientos efectuados por las Defensas para evitar llegar al juicio respectivo. Pero los jueces solicitaron se consulte el temperamento de las víctimas para adoptar las resoluciones correspondientes.

Según el parte de prensa, en una de ellas, preliminar, la funcionaria de la Fiscalía Claudia Ibáñez expuso el hecho donde el imputado Claudio Ezequiel Castro el 9 de abril de este año cerca de las 20.45 interceptó a una mujer que iba junto a sus hijas, cerca del barrio Constitución.

El sujeto iba acompañado por otra persona no identificada, y tomando del cuello a la víctima le apoya un arma en la cabeza, exigiéndole le entregue pertenencias, haciéndose de una mochila que contenía una billetera con documentación, un celular y llaves de su domicilio, y a una de las chicas le roban el teléfono.

La funcionaria señaló los elementos que constan en la causa, como actas policiales y pericias varias, pero fundamentalmente está la verificación que las afectadas reconocen en rueda de personas a Castro.

La calificación es robo agravado por uso de arma, cuya aptitud para el disparo no puede ser acreditada, de acuerdo al artículo 45 y 166 inciso 2 del Código Penal.

De acuerdo a la naturaleza del hecho, utilización de arma y circunstancias de tiempo, modo y lugar, la pena pretendida sería de cuatro años y medio, solicitando al efecto un tribunal unipersonal y la continuidad de la medida de coerción que lleva adelante.

Agregó que Castro tiene otra causa por robo agravado que ya fue elevada a juicio, donde también tiene dictada la prisión preventiva, argumentando sobre el peligro de fuga según el artículo 221 inciso 4, sumando a esto el riesgo de entorpecimiento, y pidió la unificación de los casos ya que se trata del mismo imputado y similar calificación legal, además de la elevación del auto de apertura a juicio oral.

El defensor Juan María Salgado habló sobre presuntos apremios ilegales ejercidos sobre su cliente, por lo que no se efectuó ninguna apertura de investigación y consideró insuficientes las pruebas presentadas para llegar a debate, pidiendo el sobreseimiento y la suspensión de juicio a prueba, para ofrecer 2.500 pesos de resarcimiento y 40 horas de trabajo comunitario. Por otro lado rechazó la unificación de casos y solicitó el cese de la medida de coerción, señaló un parte de la Fiscalía.

Esto fue rechazado por la doctora Claudia Ibáñez quien alegó que estaban cumplidos los requisitos para la elevación a juicio con el ofrecimiento de pruebas correspondientes, debiendo considerarse el tiempo transcurrido y los antecedentes del imputado, valorando los elementos colectados durante la etapa de investigación.

Sin embargo, la jueza Laura Servent entendió que debía pedirse la opinión de quien resultó víctima a propósito de la propuesta realizada por la Defensa, para una vez conocida la misma tomar una resolución al respecto.

Revisión

En otra audiencia de revisión, la fiscal general Griselda Encinas y la funcionaria de la Fiscalía Viviana Díaz relataron que en junio se elevó acusación que involucra a Jonathan Inostroza en un caso de hurto tentado, donde se solicita se aplique la segunda reincidencia, a partir que el nombrado tiene dos condenas del año 2011, con tres años de efectivo cumplimiento y otra del 6 de mayo de 2016, cuando se le impusieron seis meses de prisión y la reincidencia.

De todas formas, la defensora Romina Rowlands efectuó un ofrecimiento de salida alternativa con 30 horas de tareas comunitarias en un plazo de dos meses, a lo que la fiscalía se opuso terminantemente considerando que tal requerimiento era extemporáneo y teniendo en cuenta los antecedentes del involucrado. Esgrimió a su vez un fallo del Superior Tribunal de Justicia respecto a la oportunidad de presentación de la salida alternativa.

Más allá de esta oposición, el juez Sergio Piñeda aludió al artículo 99 del Código Procesal Penal que habla sobre la consulta a las víctimas, al indicar que los tiempos están impuestos para los operadores de justicia y no para quienes padecen las consecuencias del delito, quienes deberían exponer su temperamento.

El magistrado en este sentido pidió se efectúe ese procedimiento y se lo notifique para tomar una resolución, la cual no intenta favorecer al imputado, indicó.

Ante esta situación, el Ministerio Público Fiscal aseveró que la víctima estuvo constantemente informada sobre la marcha del proceso y reiteró el antecedente fijado por el Superior Tribunal cuando en septiembre de 2015 se expidió sobre la extemporaneidad de estas presentaciones realizadas una vez que la acusación ya está elevada para su consideración.

El mismo juez pidió que se unifiquen otras causas que tiene Inostroza, y esto fue rechazado por la defensora, y también durante la audiencia se decretó la rebeldía y captura de Néstor Fabián Riquelme, quien debía acudir junto al otro imputado, ya que ambos habían protagonizado el hecho que se estaba tratando en esta oportunidad.

Enterate de las noticias de POLICIALES a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
20 SEP 2017 - 20:12

En diferentes audiencias, el Ministerio Público Fiscal de Trelew se opuso a la posibilidad de implementar salidas alternativas para imputados, con ofrecimientos efectuados por las Defensas para evitar llegar al juicio respectivo. Pero los jueces solicitaron se consulte el temperamento de las víctimas para adoptar las resoluciones correspondientes.

Según el parte de prensa, en una de ellas, preliminar, la funcionaria de la Fiscalía Claudia Ibáñez expuso el hecho donde el imputado Claudio Ezequiel Castro el 9 de abril de este año cerca de las 20.45 interceptó a una mujer que iba junto a sus hijas, cerca del barrio Constitución.

El sujeto iba acompañado por otra persona no identificada, y tomando del cuello a la víctima le apoya un arma en la cabeza, exigiéndole le entregue pertenencias, haciéndose de una mochila que contenía una billetera con documentación, un celular y llaves de su domicilio, y a una de las chicas le roban el teléfono.

La funcionaria señaló los elementos que constan en la causa, como actas policiales y pericias varias, pero fundamentalmente está la verificación que las afectadas reconocen en rueda de personas a Castro.

La calificación es robo agravado por uso de arma, cuya aptitud para el disparo no puede ser acreditada, de acuerdo al artículo 45 y 166 inciso 2 del Código Penal.

De acuerdo a la naturaleza del hecho, utilización de arma y circunstancias de tiempo, modo y lugar, la pena pretendida sería de cuatro años y medio, solicitando al efecto un tribunal unipersonal y la continuidad de la medida de coerción que lleva adelante.

Agregó que Castro tiene otra causa por robo agravado que ya fue elevada a juicio, donde también tiene dictada la prisión preventiva, argumentando sobre el peligro de fuga según el artículo 221 inciso 4, sumando a esto el riesgo de entorpecimiento, y pidió la unificación de los casos ya que se trata del mismo imputado y similar calificación legal, además de la elevación del auto de apertura a juicio oral.

El defensor Juan María Salgado habló sobre presuntos apremios ilegales ejercidos sobre su cliente, por lo que no se efectuó ninguna apertura de investigación y consideró insuficientes las pruebas presentadas para llegar a debate, pidiendo el sobreseimiento y la suspensión de juicio a prueba, para ofrecer 2.500 pesos de resarcimiento y 40 horas de trabajo comunitario. Por otro lado rechazó la unificación de casos y solicitó el cese de la medida de coerción, señaló un parte de la Fiscalía.

Esto fue rechazado por la doctora Claudia Ibáñez quien alegó que estaban cumplidos los requisitos para la elevación a juicio con el ofrecimiento de pruebas correspondientes, debiendo considerarse el tiempo transcurrido y los antecedentes del imputado, valorando los elementos colectados durante la etapa de investigación.

Sin embargo, la jueza Laura Servent entendió que debía pedirse la opinión de quien resultó víctima a propósito de la propuesta realizada por la Defensa, para una vez conocida la misma tomar una resolución al respecto.

Revisión

En otra audiencia de revisión, la fiscal general Griselda Encinas y la funcionaria de la Fiscalía Viviana Díaz relataron que en junio se elevó acusación que involucra a Jonathan Inostroza en un caso de hurto tentado, donde se solicita se aplique la segunda reincidencia, a partir que el nombrado tiene dos condenas del año 2011, con tres años de efectivo cumplimiento y otra del 6 de mayo de 2016, cuando se le impusieron seis meses de prisión y la reincidencia.

De todas formas, la defensora Romina Rowlands efectuó un ofrecimiento de salida alternativa con 30 horas de tareas comunitarias en un plazo de dos meses, a lo que la fiscalía se opuso terminantemente considerando que tal requerimiento era extemporáneo y teniendo en cuenta los antecedentes del involucrado. Esgrimió a su vez un fallo del Superior Tribunal de Justicia respecto a la oportunidad de presentación de la salida alternativa.

Más allá de esta oposición, el juez Sergio Piñeda aludió al artículo 99 del Código Procesal Penal que habla sobre la consulta a las víctimas, al indicar que los tiempos están impuestos para los operadores de justicia y no para quienes padecen las consecuencias del delito, quienes deberían exponer su temperamento.

El magistrado en este sentido pidió se efectúe ese procedimiento y se lo notifique para tomar una resolución, la cual no intenta favorecer al imputado, indicó.

Ante esta situación, el Ministerio Público Fiscal aseveró que la víctima estuvo constantemente informada sobre la marcha del proceso y reiteró el antecedente fijado por el Superior Tribunal cuando en septiembre de 2015 se expidió sobre la extemporaneidad de estas presentaciones realizadas una vez que la acusación ya está elevada para su consideración.

El mismo juez pidió que se unifiquen otras causas que tiene Inostroza, y esto fue rechazado por la defensora, y también durante la audiencia se decretó la rebeldía y captura de Néstor Fabián Riquelme, quien debía acudir junto al otro imputado, ya que ambos habían protagonizado el hecho que se estaba tratando en esta oportunidad.


NOTICIAS RELACIONADAS