Según la Defensa, “ponemos en conocimiento de la comunidad que tales manifestaciones no reflejan la realidad de los hechos”.
“En el sistema penal la Defensa Publica asiste y representa a cualquier persona que imputada por la comisión de un hecho delictual recurra a nuestro Servicio; sin ninguna clase de distingo respecto del requirente del servicio”.
Más allá que en toda la provincia el plantel permanente de abogados de la Defensa Pública representa activamente a miembros de la Policía imputados por la presunta comisión de hechos de carácter delictual en ocasión de sus servicios, “en algunas circunscripciones, como la de Puerto Madryn y Trelew, se cuenta con los servicios de profesionales de la matrícula contratados por la propia Defensa Pública para asistir exclusivamente esta clase de casos; sin que esto irrogue ningún costo al personal policial en particular”.
“Desmentimos enfáticamente los dichos del Sr. Jefe de Policía –dice la gacetilla-, negamos la existencia de cualquier acordada que restrinja el acceso a la defensa publica en materia penal de cualquier persona, no sólo del personal policial nombrado”.
El Ministerio recordó la existencia de la Resolución N 182/05. “Por el contrario a lo manifestado por el Sr. Jefe de Policía, instruye a los defensores de todas las jurisdicciones a brindar asistencia letrada en materia penal cuando al personal policial se le atribuya la comisión de delitos con motivo o en el ejercicio de sus funciones. Es por ello que resulta necesario efectuar la aclaración correspondiente”.
Según la Defensa, “ponemos en conocimiento de la comunidad que tales manifestaciones no reflejan la realidad de los hechos”.
“En el sistema penal la Defensa Publica asiste y representa a cualquier persona que imputada por la comisión de un hecho delictual recurra a nuestro Servicio; sin ninguna clase de distingo respecto del requirente del servicio”.
Más allá que en toda la provincia el plantel permanente de abogados de la Defensa Pública representa activamente a miembros de la Policía imputados por la presunta comisión de hechos de carácter delictual en ocasión de sus servicios, “en algunas circunscripciones, como la de Puerto Madryn y Trelew, se cuenta con los servicios de profesionales de la matrícula contratados por la propia Defensa Pública para asistir exclusivamente esta clase de casos; sin que esto irrogue ningún costo al personal policial en particular”.
“Desmentimos enfáticamente los dichos del Sr. Jefe de Policía –dice la gacetilla-, negamos la existencia de cualquier acordada que restrinja el acceso a la defensa publica en materia penal de cualquier persona, no sólo del personal policial nombrado”.
El Ministerio recordó la existencia de la Resolución N 182/05. “Por el contrario a lo manifestado por el Sr. Jefe de Policía, instruye a los defensores de todas las jurisdicciones a brindar asistencia letrada en materia penal cuando al personal policial se le atribuya la comisión de delitos con motivo o en el ejercicio de sus funciones. Es por ello que resulta necesario efectuar la aclaración correspondiente”.