Reconoció un abuso sexual y fue condenado en suspenso

El hecho ocurrió en Rawson hace una década y la víctima es nieta del acusado. Tras reconocer la autoría del abuso fue condenado a tres años de pena, pero de cumplimiento condicional.

29 SEP 2017 - 10:52 | Actualizado

Un sujeto reconoció frente a su nieta y un juez haberla abusado sexualmente en el marco de un juicio abreviado. Con el acuerdo de la misma víctima, el sujeto fue condenado a tres años de prisión en suspenso, además de la prohibición de acercamiento con la obligación extra de que se someta a un tratamiento psicológico y se abstenga de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes.

En la audiencia de convalidación del acuerdo realizada en la Oficina Judicial de Rawson, la víctima del hecho hizo uso de la palabra indicando que quería escuchar de boca del imputado allí presente el reconocimiento de haber cometido el ilícito.

Así el imputado debió sentarse en el banquillo de los acusados y ante los presentes –su nieta y el padre de ésta e hijo además del sujeto sometido a proceso- reconoció haber abusado de la niña cuando ésta tenía 6 años, entre los años 2007 y 2008. 
La mujer estuvo todo el tiempo acompañada por profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).

Acuerdo del defensor

La jueza de garantías Mirta Moreno convalidó el acuerdo al que arribaron la víctima y el victimario, a través del Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Osvaldo Heiber y el defensor particular Matías Cimadevilla.

Al intervenir el defensor Cimadevilla destacó que su cliente estaba de acuerdo de la incorporación de las pruebas en su contra. El abogado penalista coincidió con lo argumentado por la Fiscalía, manifestó estar de acuerdo con la autoría y responsabilidad, tal como lo expresó el fiscal general Heiber. “Seguidamente fue escuchado el imputado que expresó que reconocía ser el autor del hecho atribuido y contenido en la respectiva acusación (artículo 291 del Código Procesal Penal), renunciando al juicio común y consintiendo el acuerdo arribado con la Fiscalía y su Defensor”, indica la resolución del caso.

Las circunstancias investigadas por la Fiscalía de Rawson se produjeron entre los años 2007 y 2008, cuando la víctima tenía seis años de edad. Los testimonios de familiares de ambos y el de la víctima en Cámara Gesell, resultaron de importancia para determinar la responsabilidad del imputado.

Una asesora presente

En la audiencia estuvo presente la asesora de familia Liliana Ríos que se opuso al acuerdo entre las partes. Argumentó que velaba por los intereses de la víctima menor de edad. Agregó que había hecho además una presentación ante la Fiscalía de Rawson instando a que se realice una acción penal contra el mismo imputado por abusos similares a otros integrante de la misma familia.

Al respecto la jueza Moreno rechazó la oposición de la Defensora de Menores al juicio abreviado. Sin embargo destacó y celebró  el interés puesto de manifiesto por la asesora de familia en participar e intervenir en todas las instancias del proceso penal velando por los derechos del niño. “No es común que el asesor concurra a las audiencias de debate ya que generalmente su intervención se limita a la realización de la declaración del menor víctima del abuso sexual en el contexto de la Cámara Gésell”, indicó la jueza Moreno al valorar el trabajo profesional de la asesora Liliana Ríos.

El juicio abreviado

La realización del juicio abreviado implica que el imputado reconozca haber cometido el ilícito, debe además contar con la anuencia de la víctima y así se evita la realización de un juicio oral y público con resultado incierto en cuanto a la culpabilidad de la persona sentada en el banquillo de los acusados.

El hecho ocurrió en la ciudad de Rawson y la víctima denunció a su abuelo varios años después de producirse las circunstancias por las cuales el individuo fue sometido a proceso penal. Se supo además que el individuo se irá de Rawson para radicarse definitivamente en la localidad de Cholina. Igualmente durante los tres años que dure la condena no deberá estar imputado de nuevos delitos, tendrá que concurrir a la Oficina Judicial de Rawson a ratificar con su firma la presencia en la provincia, entre otros condicionamientos. 


 

Enterate de las noticias de POLICIALES a través de nuestro newsletter

Anotate para recibir las noticias más importantes de esta sección.

Te podés dar de baja en cualquier momento con un solo clic.
29 SEP 2017 - 10:52

Un sujeto reconoció frente a su nieta y un juez haberla abusado sexualmente en el marco de un juicio abreviado. Con el acuerdo de la misma víctima, el sujeto fue condenado a tres años de prisión en suspenso, además de la prohibición de acercamiento con la obligación extra de que se someta a un tratamiento psicológico y se abstenga de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes.

En la audiencia de convalidación del acuerdo realizada en la Oficina Judicial de Rawson, la víctima del hecho hizo uso de la palabra indicando que quería escuchar de boca del imputado allí presente el reconocimiento de haber cometido el ilícito.

Así el imputado debió sentarse en el banquillo de los acusados y ante los presentes –su nieta y el padre de ésta e hijo además del sujeto sometido a proceso- reconoció haber abusado de la niña cuando ésta tenía 6 años, entre los años 2007 y 2008. 
La mujer estuvo todo el tiempo acompañada por profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).

Acuerdo del defensor

La jueza de garantías Mirta Moreno convalidó el acuerdo al que arribaron la víctima y el victimario, a través del Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Osvaldo Heiber y el defensor particular Matías Cimadevilla.

Al intervenir el defensor Cimadevilla destacó que su cliente estaba de acuerdo de la incorporación de las pruebas en su contra. El abogado penalista coincidió con lo argumentado por la Fiscalía, manifestó estar de acuerdo con la autoría y responsabilidad, tal como lo expresó el fiscal general Heiber. “Seguidamente fue escuchado el imputado que expresó que reconocía ser el autor del hecho atribuido y contenido en la respectiva acusación (artículo 291 del Código Procesal Penal), renunciando al juicio común y consintiendo el acuerdo arribado con la Fiscalía y su Defensor”, indica la resolución del caso.

Las circunstancias investigadas por la Fiscalía de Rawson se produjeron entre los años 2007 y 2008, cuando la víctima tenía seis años de edad. Los testimonios de familiares de ambos y el de la víctima en Cámara Gesell, resultaron de importancia para determinar la responsabilidad del imputado.

Una asesora presente

En la audiencia estuvo presente la asesora de familia Liliana Ríos que se opuso al acuerdo entre las partes. Argumentó que velaba por los intereses de la víctima menor de edad. Agregó que había hecho además una presentación ante la Fiscalía de Rawson instando a que se realice una acción penal contra el mismo imputado por abusos similares a otros integrante de la misma familia.

Al respecto la jueza Moreno rechazó la oposición de la Defensora de Menores al juicio abreviado. Sin embargo destacó y celebró  el interés puesto de manifiesto por la asesora de familia en participar e intervenir en todas las instancias del proceso penal velando por los derechos del niño. “No es común que el asesor concurra a las audiencias de debate ya que generalmente su intervención se limita a la realización de la declaración del menor víctima del abuso sexual en el contexto de la Cámara Gésell”, indicó la jueza Moreno al valorar el trabajo profesional de la asesora Liliana Ríos.

El juicio abreviado

La realización del juicio abreviado implica que el imputado reconozca haber cometido el ilícito, debe además contar con la anuencia de la víctima y así se evita la realización de un juicio oral y público con resultado incierto en cuanto a la culpabilidad de la persona sentada en el banquillo de los acusados.

El hecho ocurrió en la ciudad de Rawson y la víctima denunció a su abuelo varios años después de producirse las circunstancias por las cuales el individuo fue sometido a proceso penal. Se supo además que el individuo se irá de Rawson para radicarse definitivamente en la localidad de Cholina. Igualmente durante los tres años que dure la condena no deberá estar imputado de nuevos delitos, tendrá que concurrir a la Oficina Judicial de Rawson a ratificar con su firma la presencia en la provincia, entre otros condicionamientos. 


 


NOTICIAS RELACIONADAS