Caso Vivar: acusaron a su pareja y a su madre

Los arrestaron bajo los cargos de homicidio doblemente agravado. Lilian Campos, madre del imputado, fue sindicada en el asesinato como partícipe necesario. La víctima vivió con el acusado, Héctor Gallardo, con quien tuvo 3 hijos que quedaron huérfanos de madre. Los detalles del caso.

09 NOV 2017 - 21:48 | Actualizado

Por el crimen de Valeria Vivar se desarrolló en los tribunales de Comodoro Rivadavia, una audiencia  de control de la detención y apertura de la investigación en contra de Héctor Gallardo y Lilian Campos, los sospechados.
La fiscal solicitó se les formalice el hecho a ambos en base a “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por femicidio”, en calidad de autor para Gallardo y de partícipe necesario para Campos. También la acusadora requirió la prisión preventiva de ambos por 4 meses e igual plazo de investigación.
En contraposición la defensora se opuso a la apertura de investigación en contra de Campos y solicitó la libertad de sus pupilos. Finalmente la jueza penal resolvió formalizar la apertura de investigación por el hecho y la calificación jurídica provisoria relatados por la fiscal y decretó la prisión preventiva de Gallardo y Campos por el término de 4 meses.
Presidió el acto Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Cecilia Codina, fiscal general y Eve Ponce, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de los imputados fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.
La fiscal se refirió al hecho a investigar cuando el 24 de enero de 2016, entre las 4 y las 4.30 aproximadamente, en el interior del domicilio sito en calle Saavedra N° 1.490 del barrio Pietrobelli de esta ciudad, Héctor Rubén Gallardo estranguló a Valeria Soledad Vivar presionando el cuello de la misma con su antebrazo –estrangulación antebraquial-, ello en presencia de Lilian Magalí Campos –progenitora de Gallardo-, quien no impidió que su hijo llevara a cabo el homicidio ni ayudó a la víctima.
Inmediatamente de ocurrida la muerte de Vivar, Gallardo procedió, a los fines de ocultar el hecho delictivo,  a realizarle un total de 23 cortes en ambas muñecas.
Horror

La causa de la muerte de Vivar fue asfixia mecánica por compresión extrínseca del cuello tipo estrangulación. Luego de que ambos imputados montaran la escena simulando un hecho de suicidio, Campos concurrió a la seccional segunda de policía dando la noticia en dicha sede que su nuera se había suicidado.
Es de mencionar que Valeria Soledad Vivar convivía con Gallardo, que eran convivientes desde el año 2006 hasta la fecha de su muerte, que fruto de esa unión nacieron tres hijos.
Codina aseguró que el hecho antes descripto fue la culminación del comportamiento de Gallardo hacia Vivar traducido en conductas que implicaban maltrato físico y psicológico, sumisión, cosificación, lo que llevó a la intervención del fuero de Familia.
El hecho descripto se calificó provisoriamente como “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por tratarse de un femicidio”. Lilian Campos fue acusada de partícipe necesario.
Codina requirió la prisión preventiva de ambos por el término de 4 meses en base a los elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del hecho, mencionando la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.
Fiscalía lenta

En contraposición la defensora no compartió en absoluto los términos de la fiscal. Cuestionó que se pide una formalización a casi dos años del hecho, con medidas de investigación desconocidas para la defensa. Asegurando que la calificación legal no se condice con el hecho relatado y hubo pericias sin controlar por la defensa. Respecto a Campos no describe cuál fue su aporte esencial, sostuvo.
También que no se puede acreditar que ellos estuvieron presentes al momento del hecho. Solicitando no se proceda a la apertura en el caso de Campos y la libertad de ambos ya que no hay prueba.
Finalmente la jueza penal resolvió autorizar la apertura de investigación preparatoria del caso en base al hecho y la calificación provisoria enunciada por la fiscal, “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por tratarse de un femicidio”, debiendo responder Héctor Gallardo en carácter de autor y Lilian Campos en carácter de partícipe necesario.
Mencionó como fundamento la escena del hecho en la que no había un elemento de apoyo para colgarse de la viga y que la causa de muerte establecida en la autopsia no fue por ahorcamiento, sino por asfixia por estrangulación. También mencionó los antecedentes del Juzgado de Familia que denotan una relación de pareja conflictiva con alto grado de violencia entre la víctima y Gallardo. Decretando la prisión preventiva de Gallardo y Campos por el término de 4 meses e igual plazo de investigación. Haciendo alusión a los peligros de fuga y entorpecimiento existentes.
Por último la defensa planteó la revisión de dicha decisión por dos jueces distintos y se ordenó a la Oficina Judicial fijar fecha de revisión, señaló un comunicado de prensa de la Fiscalía.#

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09 NOV 2017 - 21:48

Por el crimen de Valeria Vivar se desarrolló en los tribunales de Comodoro Rivadavia, una audiencia  de control de la detención y apertura de la investigación en contra de Héctor Gallardo y Lilian Campos, los sospechados.
La fiscal solicitó se les formalice el hecho a ambos en base a “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por femicidio”, en calidad de autor para Gallardo y de partícipe necesario para Campos. También la acusadora requirió la prisión preventiva de ambos por 4 meses e igual plazo de investigación.
En contraposición la defensora se opuso a la apertura de investigación en contra de Campos y solicitó la libertad de sus pupilos. Finalmente la jueza penal resolvió formalizar la apertura de investigación por el hecho y la calificación jurídica provisoria relatados por la fiscal y decretó la prisión preventiva de Gallardo y Campos por el término de 4 meses.
Presidió el acto Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Cecilia Codina, fiscal general y Eve Ponce, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de los imputados fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.
La fiscal se refirió al hecho a investigar cuando el 24 de enero de 2016, entre las 4 y las 4.30 aproximadamente, en el interior del domicilio sito en calle Saavedra N° 1.490 del barrio Pietrobelli de esta ciudad, Héctor Rubén Gallardo estranguló a Valeria Soledad Vivar presionando el cuello de la misma con su antebrazo –estrangulación antebraquial-, ello en presencia de Lilian Magalí Campos –progenitora de Gallardo-, quien no impidió que su hijo llevara a cabo el homicidio ni ayudó a la víctima.
Inmediatamente de ocurrida la muerte de Vivar, Gallardo procedió, a los fines de ocultar el hecho delictivo,  a realizarle un total de 23 cortes en ambas muñecas.
Horror

La causa de la muerte de Vivar fue asfixia mecánica por compresión extrínseca del cuello tipo estrangulación. Luego de que ambos imputados montaran la escena simulando un hecho de suicidio, Campos concurrió a la seccional segunda de policía dando la noticia en dicha sede que su nuera se había suicidado.
Es de mencionar que Valeria Soledad Vivar convivía con Gallardo, que eran convivientes desde el año 2006 hasta la fecha de su muerte, que fruto de esa unión nacieron tres hijos.
Codina aseguró que el hecho antes descripto fue la culminación del comportamiento de Gallardo hacia Vivar traducido en conductas que implicaban maltrato físico y psicológico, sumisión, cosificación, lo que llevó a la intervención del fuero de Familia.
El hecho descripto se calificó provisoriamente como “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por tratarse de un femicidio”. Lilian Campos fue acusada de partícipe necesario.
Codina requirió la prisión preventiva de ambos por el término de 4 meses en base a los elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables autores del hecho, mencionando la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.
Fiscalía lenta

En contraposición la defensora no compartió en absoluto los términos de la fiscal. Cuestionó que se pide una formalización a casi dos años del hecho, con medidas de investigación desconocidas para la defensa. Asegurando que la calificación legal no se condice con el hecho relatado y hubo pericias sin controlar por la defensa. Respecto a Campos no describe cuál fue su aporte esencial, sostuvo.
También que no se puede acreditar que ellos estuvieron presentes al momento del hecho. Solicitando no se proceda a la apertura en el caso de Campos y la libertad de ambos ya que no hay prueba.
Finalmente la jueza penal resolvió autorizar la apertura de investigación preparatoria del caso en base al hecho y la calificación provisoria enunciada por la fiscal, “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por tratarse de un femicidio”, debiendo responder Héctor Gallardo en carácter de autor y Lilian Campos en carácter de partícipe necesario.
Mencionó como fundamento la escena del hecho en la que no había un elemento de apoyo para colgarse de la viga y que la causa de muerte establecida en la autopsia no fue por ahorcamiento, sino por asfixia por estrangulación. También mencionó los antecedentes del Juzgado de Familia que denotan una relación de pareja conflictiva con alto grado de violencia entre la víctima y Gallardo. Decretando la prisión preventiva de Gallardo y Campos por el término de 4 meses e igual plazo de investigación. Haciendo alusión a los peligros de fuga y entorpecimiento existentes.
Por último la defensa planteó la revisión de dicha decisión por dos jueces distintos y se ordenó a la Oficina Judicial fijar fecha de revisión, señaló un comunicado de prensa de la Fiscalía.#


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