Por decisión judicial trasladan a Milagro Sala a su domicilio

El juez Pablo Pullen llermanos dijo hoy que el traslado de Milagro Sala a un inmueble de la localidad jujeña de El Carmen "modifica el régimen de cumplimiento de la prisión preventiva" pero con restricciones similares a las que le fueron impuestas en ese edificio hasta mediados de octubre último, cuando fue devuelta al penal de Alto Comedero.

15 DIC 2017 - 11:26 | Actualizado


"Básicamente, se modifica el régimen de cumplimiento de la prisión preventiva, no es una sustitución de prisión preventiva por otra medida distinta", señaló el juez de instrucción de causas Pullen Llermanos, en declaraciones a la prensa.

El traslado de Sala se realizará en las próximas horas a la casa próxima al Dique la Ciénega, en El Carmen, a unos 27 kilómetros de la capital jujeña, en un operativo que estará a cargo de personal del Servicio Penitenciario provincial, según informaron este mediodía fuentes judiciales.

Pullen Llermanos dispuso además una custodia perimetral del inmueble -que no es el domicilio habitual de Milagro Sala- a cargo de personal de Gendarmería, como hasta octubre pasado.

La atención y cuidado de su salud "queda en responsabilidad exclusiva de la encartada, aunque deberá informarme semanalmente de los tratamientos médicos", añadió.


Sin monitoreo electrónico porque "no hay peligro de fuga"

Sobre si le impondrá un monitoreo electrónico, el juez respondió: "entiendo que no hace falta porque lo que estamos tutelando es el (...) riesgo que sufre el proceso judicial por entorpecimiento activo, es decir, no tiene que ver con el peligro de fuga".

En cuanto al régimen de visita, estableció que el ingreso y permanencia será sin límite temporal para parientes consanguíneos y afines, hasta el cuarto y segundo grado respectivamente, quienes deberán acreditar el parentesco.

El resto de los visitantes sólo podrán ingresar al inmueble hasta cuatro personas a la vez, en el horario de 7 a 19, los días martes, jueves y sábados, con un límite máximo de veinte personas por cada día de visita.

Pullen Llermanos prohibió el consumo de bebidas alcohólicas por parte de la imputada y las visitas dentro del inmueble, y agregó que Sala podrá circular libremente dentro del perímetro del inmueble, sin transponerlo "por ninguna razón".

La defensa de Milagro Sala sostuvo que la medida dispuesta por Pullen Lllermanos incumple las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

"El Estado debe sustituir la prisión preventiva de la señora Sala por la medida alternativa de arresto domiciliario que deberá llevarse a cabo en su residencia o lugar donde habitualmente vive, o por cualquier otra medida alternativa a la prisión preventiva que sea menos restrictiva de sus derechos que el arresto domiciliario", había indicado la Corte Suprema en su fallo.

15 DIC 2017 - 11:26


"Básicamente, se modifica el régimen de cumplimiento de la prisión preventiva, no es una sustitución de prisión preventiva por otra medida distinta", señaló el juez de instrucción de causas Pullen Llermanos, en declaraciones a la prensa.

El traslado de Sala se realizará en las próximas horas a la casa próxima al Dique la Ciénega, en El Carmen, a unos 27 kilómetros de la capital jujeña, en un operativo que estará a cargo de personal del Servicio Penitenciario provincial, según informaron este mediodía fuentes judiciales.

Pullen Llermanos dispuso además una custodia perimetral del inmueble -que no es el domicilio habitual de Milagro Sala- a cargo de personal de Gendarmería, como hasta octubre pasado.

La atención y cuidado de su salud "queda en responsabilidad exclusiva de la encartada, aunque deberá informarme semanalmente de los tratamientos médicos", añadió.


Sin monitoreo electrónico porque "no hay peligro de fuga"

Sobre si le impondrá un monitoreo electrónico, el juez respondió: "entiendo que no hace falta porque lo que estamos tutelando es el (...) riesgo que sufre el proceso judicial por entorpecimiento activo, es decir, no tiene que ver con el peligro de fuga".

En cuanto al régimen de visita, estableció que el ingreso y permanencia será sin límite temporal para parientes consanguíneos y afines, hasta el cuarto y segundo grado respectivamente, quienes deberán acreditar el parentesco.

El resto de los visitantes sólo podrán ingresar al inmueble hasta cuatro personas a la vez, en el horario de 7 a 19, los días martes, jueves y sábados, con un límite máximo de veinte personas por cada día de visita.

Pullen Llermanos prohibió el consumo de bebidas alcohólicas por parte de la imputada y las visitas dentro del inmueble, y agregó que Sala podrá circular libremente dentro del perímetro del inmueble, sin transponerlo "por ninguna razón".

La defensa de Milagro Sala sostuvo que la medida dispuesta por Pullen Lllermanos incumple las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

"El Estado debe sustituir la prisión preventiva de la señora Sala por la medida alternativa de arresto domiciliario que deberá llevarse a cabo en su residencia o lugar donde habitualmente vive, o por cualquier otra medida alternativa a la prisión preventiva que sea menos restrictiva de sus derechos que el arresto domiciliario", había indicado la Corte Suprema en su fallo.


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