Ordenan encarcelar a un excartero de Madryn que ocultó más de 19 mil cartas

En 2015 Manuel Gutiérrez fue condenado a un año de prisión en suspenso por no entregar miles de sobres.

06 ENE 2018 - 20:59 | Actualizado

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

El juez federal Enrique Guanziroli le ordenó a la Policía Federal Argentina que detenga y traslade a Manuel Marcelino Gutiérrez a la Unidad Nº 6 de Rawson para que cumpla un año de prisión efectiva. Es un excartero de Puerto Madryn que se hizo célebre por ocultar 19.302 cartas que nunca entregó.
El condenado era empleado de Correo Argentino y el 3 de noviembre de 2009, la Policía halló en su casa 26 bolsas de consorcio repletas de correspondencia. Algunas piezas estaban abiertas, otras databan de 2007. El material estaba repartido por varios ambientes, incluso dentro del lavarropas.

Gutiérrez fue condenado en febrero de 2015 a un año de prisión en suspenso por violación y ocultación de correspondencia agravada. El 26 de julio de 2017 fue citado por el Tribunal para labrar un acta compromiso de sus condiciones de la sentencia. “Sin embargo, esa diligencia no pudo practicarse por la incomparecencia del nombrado”, explicó Guanziroli como juez de ejecución.

Lo buscó la Policía para intimarlo a fijar domicilio, también con resultados negativos. El defensor público oficial tampoco logró ubicarlo y el fiscal general pidió declarar su rebeldía.

“El condenado pese a los reiterados y sucesivos intentos de este Juzgado de Ejecución, no ha cumplido con la presentación requerida, ni tampoco informado un cambio de domicilio, ni pagado las costas, ni asumido ninguna otra de las obligaciones impuestas en la sentencia”, dice la decisión del magistrado. Por eso decidió hacer efectiva la prisión en la U-6 o en la cárcel del Servicio Penitenciario Federal más cercana al lugar donde lo detengan.
En su momento, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia había ordenado que las cartas secuestradas se entregaran.

El descubrimiento fue casual. El hombre había sido denunciado por su suegra por presuntamente golpear a su hijo. Cuando se allanó su vivienda, los agentes no vieron rastros de violencia familiar pero sí las bolsas. Revisar cada una llevó horas.

Cuando se defendió, Gutiérrez dijo que en a la fecha del allanamiento estaban “tapados de trabajo” y sin personal en el Correo. Llevaba las cartas a su casa para organizarlas por barrio y después entregarlas. “No le daban los tiempos para repartir ni sabía que fuera delito llevar la correspondencia al domicilio para adelantar trabajo; el propio sistema lo obligaba a eso”.

“Nunca se guardó nada e intentaba cumplir mínimamente con el trabajo ante la gran cantidad para repartir: no podía repartir más de 200 cartas y le entraban 500. No le daban los tiempos”.

Arrepentido, Gutiérrez reveló que pedían permiso para sacar cartas fuera del horario de trabajo y prepararlas para el otro día. La que revisaba las cartas era su suegra, advirtió ante el Tribunal. “Las empezó a guardar y después no las pudo entregar”.

Carlos Landriel, entonces jefe de Distribución de Correo Argentino de Madryn, se enteró por la radio. Los llamaron para entregarle las cartas simples. Eran de los radios que tenía asignados Gutiérrez.

El jefe explicó que las cartas simples se dejan en buzón o bajo puerta. “La correspondencia le había sido asignada para su distribución”, confirmó. La correspondencia hallada era de diferentes partes de los radios; era muy difícil detectar el delito. Gutiérrez fue despedido.

Cuando lo condenó, el TOF consideró que Gutiérrez “no cumplió con sus deberes laborales y quebrantó la confianza que la ciudadanía deposita en el servicio público de correos, encargado de la recepción y entrega de misivas, cuya inviolabilidad está garantizada por la Constitución”. Sus explicaciones no sirvieron ya que tenía las vías legales para devolver las piezas no repartidas.

Los jueces Pedro de Diego –hoy jubilado- y Nora Cabrera de Monella consideraron que Gutiérrez “puso la correspondencia fuera del alcance del destinatario y de los que pueden hacérsela llegar, creando tal imposibilidad al colocar la pieza postal en un lugar desconocido”. Curiosamente, Guanziroli, que ahora ordenó encarcelar al excartero, había  votado por su absolución. Aquel fallo advirtió que Gutiérrez violó la libertad de la comunicación entre las personas.

“Era cartero y se apoderó de cartas que pertenecían a su recorrido de distribución, por lo que se aprovechó de sus funciones específicas y de su condición de empleado para conservar los sobres e imponerse del contenido de algunos, ya que ha leído lo que no tenía que leer”.

Según la sentencia, el hombre “incurre en doloso abuso de su empleo cuando esconde piezas postales que le fueron dadas para entregar, intencionalmente y sin autorización, poniéndola fuera de la vista de terceros, y vulnera con su actuar la garantía de inviolabilidad”.

La ley garantiza la intimidad de la correspondencia frente a su posible violación pero también “el efectivo cumplimiento de la comunicación entre los habitantes mediante misivas que transmiten el anoticiamiento de circunstancias vitales, de mayor o menor trascendencia”.

La correspondencia no se trata solo de cartas: “Es toda comunicación de ideas, sentimientos, propósitos o nuevas, elementos netamente inmateriales que una persona hace a otra por un medio apto para fijar, transmitir o recibir la expresión del pensamiento”.

“Esta antigua norma tiene vigencia desde épocas en que los medios de comunicación digitales – hoy comunes al público – no eran sino ensoñaciones propias de la ficción de novelistas”.#

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06 ENE 2018 - 20:59

Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez

El juez federal Enrique Guanziroli le ordenó a la Policía Federal Argentina que detenga y traslade a Manuel Marcelino Gutiérrez a la Unidad Nº 6 de Rawson para que cumpla un año de prisión efectiva. Es un excartero de Puerto Madryn que se hizo célebre por ocultar 19.302 cartas que nunca entregó.
El condenado era empleado de Correo Argentino y el 3 de noviembre de 2009, la Policía halló en su casa 26 bolsas de consorcio repletas de correspondencia. Algunas piezas estaban abiertas, otras databan de 2007. El material estaba repartido por varios ambientes, incluso dentro del lavarropas.

Gutiérrez fue condenado en febrero de 2015 a un año de prisión en suspenso por violación y ocultación de correspondencia agravada. El 26 de julio de 2017 fue citado por el Tribunal para labrar un acta compromiso de sus condiciones de la sentencia. “Sin embargo, esa diligencia no pudo practicarse por la incomparecencia del nombrado”, explicó Guanziroli como juez de ejecución.

Lo buscó la Policía para intimarlo a fijar domicilio, también con resultados negativos. El defensor público oficial tampoco logró ubicarlo y el fiscal general pidió declarar su rebeldía.

“El condenado pese a los reiterados y sucesivos intentos de este Juzgado de Ejecución, no ha cumplido con la presentación requerida, ni tampoco informado un cambio de domicilio, ni pagado las costas, ni asumido ninguna otra de las obligaciones impuestas en la sentencia”, dice la decisión del magistrado. Por eso decidió hacer efectiva la prisión en la U-6 o en la cárcel del Servicio Penitenciario Federal más cercana al lugar donde lo detengan.
En su momento, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia había ordenado que las cartas secuestradas se entregaran.

El descubrimiento fue casual. El hombre había sido denunciado por su suegra por presuntamente golpear a su hijo. Cuando se allanó su vivienda, los agentes no vieron rastros de violencia familiar pero sí las bolsas. Revisar cada una llevó horas.

Cuando se defendió, Gutiérrez dijo que en a la fecha del allanamiento estaban “tapados de trabajo” y sin personal en el Correo. Llevaba las cartas a su casa para organizarlas por barrio y después entregarlas. “No le daban los tiempos para repartir ni sabía que fuera delito llevar la correspondencia al domicilio para adelantar trabajo; el propio sistema lo obligaba a eso”.

“Nunca se guardó nada e intentaba cumplir mínimamente con el trabajo ante la gran cantidad para repartir: no podía repartir más de 200 cartas y le entraban 500. No le daban los tiempos”.

Arrepentido, Gutiérrez reveló que pedían permiso para sacar cartas fuera del horario de trabajo y prepararlas para el otro día. La que revisaba las cartas era su suegra, advirtió ante el Tribunal. “Las empezó a guardar y después no las pudo entregar”.

Carlos Landriel, entonces jefe de Distribución de Correo Argentino de Madryn, se enteró por la radio. Los llamaron para entregarle las cartas simples. Eran de los radios que tenía asignados Gutiérrez.

El jefe explicó que las cartas simples se dejan en buzón o bajo puerta. “La correspondencia le había sido asignada para su distribución”, confirmó. La correspondencia hallada era de diferentes partes de los radios; era muy difícil detectar el delito. Gutiérrez fue despedido.

Cuando lo condenó, el TOF consideró que Gutiérrez “no cumplió con sus deberes laborales y quebrantó la confianza que la ciudadanía deposita en el servicio público de correos, encargado de la recepción y entrega de misivas, cuya inviolabilidad está garantizada por la Constitución”. Sus explicaciones no sirvieron ya que tenía las vías legales para devolver las piezas no repartidas.

Los jueces Pedro de Diego –hoy jubilado- y Nora Cabrera de Monella consideraron que Gutiérrez “puso la correspondencia fuera del alcance del destinatario y de los que pueden hacérsela llegar, creando tal imposibilidad al colocar la pieza postal en un lugar desconocido”. Curiosamente, Guanziroli, que ahora ordenó encarcelar al excartero, había  votado por su absolución. Aquel fallo advirtió que Gutiérrez violó la libertad de la comunicación entre las personas.

“Era cartero y se apoderó de cartas que pertenecían a su recorrido de distribución, por lo que se aprovechó de sus funciones específicas y de su condición de empleado para conservar los sobres e imponerse del contenido de algunos, ya que ha leído lo que no tenía que leer”.

Según la sentencia, el hombre “incurre en doloso abuso de su empleo cuando esconde piezas postales que le fueron dadas para entregar, intencionalmente y sin autorización, poniéndola fuera de la vista de terceros, y vulnera con su actuar la garantía de inviolabilidad”.

La ley garantiza la intimidad de la correspondencia frente a su posible violación pero también “el efectivo cumplimiento de la comunicación entre los habitantes mediante misivas que transmiten el anoticiamiento de circunstancias vitales, de mayor o menor trascendencia”.

La correspondencia no se trata solo de cartas: “Es toda comunicación de ideas, sentimientos, propósitos o nuevas, elementos netamente inmateriales que una persona hace a otra por un medio apto para fijar, transmitir o recibir la expresión del pensamiento”.

“Esta antigua norma tiene vigencia desde épocas en que los medios de comunicación digitales – hoy comunes al público – no eran sino ensoñaciones propias de la ficción de novelistas”.#


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