Europa respalda a Facebook en su rechazo a las demandas colectivas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) avaló hoy que un particular pueda denunciar de forma individual a Facebook, pero apoyó a la red social en el rechazo de una acción colectiva en su contra por la supuesta violación de los derechos a la intimidad y a la protección de datos.

25 ENE 2018 - 10:38 | Actualizado


Los jueces europeos dictaminaron que Maximilian Schrems, un ciudadano austríaco que inició un litigio contra esa plataforma, "puede ejercitar una acción individual contra Facebook Ireland en Austria".

En cambio, "como cesionario de derechos de otros consumidores, no puede acogerse al fuero del consumidor para entablar una acción colectiva", informó el tribunal citado hoy por la agencia EFE. 

La sentencia se refiere al caso de Maximilian Schrems, un ciudadano austríaco que emprendió acciones legales contra Facebook Ireland en Austria, al alegar que esa firma había vulnerado sus derechos a la intimidad y a la protección de datos, así como los de otros siete usuarios de la red social.

Esas otras personas (empadronadas en Austria, Alemania e India) cedieron sus acciones para demandar a la empresa por las mismas vulneraciones, en respuesta a una invitación publicada en Internet por Schrems.

El Oberster Gerichtshof (Tribunal Supremo Civil y Penal, Austria) pidió al Tribunal de Justicia que aclarara el alcance del privilegio del que disfrutan los consumidores en materia de competencia judicial.

Schrems pretendía, entre otras cosas, que los tribunales austríacos declararan inválidas determinadas estipulaciones contractuales y que condenaran a Facebook para que deje de utilizar los datos en cuestión para sus propios fines o los de terceros y para que abone una indemnización por daños y perjuicios.

Facebook cree que los tribunales austríacos no son competentes y que Schrems no puede invocar la legislación europea que permite a los consumidores demandar a una contraparte contractual extranjera ante los tribunales de su domicilio ("fuero del consumidor").

También opina que Schrems no puede ser considerado un consumidor, dado que utiliza Facebook con fines profesionales.

Mediante su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia respondió que el usuario de una cuenta privada de Facebook no pierde la condición de "consumidor" cuando publica libros, pronuncia conferencias, gestiona sitios de Internet, recauda donaciones y acepta la cesión de los derechos de numerosos consumidores para ejercerlos ante los tribunales.

En cambio, aclaró que no se puede invocar el fuero del consumidor en el caso de la acción con la que se pretende ejercer ante el tribunal del lugar en el que está domiciliado el particular no sólo concierne a sus propios derechos, sino también derechos cedidos por otros consumidores domiciliados en el mismo Estado miembro, en otros Estados miembros o en terceros Estados.

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25 ENE 2018 - 10:38


Los jueces europeos dictaminaron que Maximilian Schrems, un ciudadano austríaco que inició un litigio contra esa plataforma, "puede ejercitar una acción individual contra Facebook Ireland en Austria".

En cambio, "como cesionario de derechos de otros consumidores, no puede acogerse al fuero del consumidor para entablar una acción colectiva", informó el tribunal citado hoy por la agencia EFE. 

La sentencia se refiere al caso de Maximilian Schrems, un ciudadano austríaco que emprendió acciones legales contra Facebook Ireland en Austria, al alegar que esa firma había vulnerado sus derechos a la intimidad y a la protección de datos, así como los de otros siete usuarios de la red social.

Esas otras personas (empadronadas en Austria, Alemania e India) cedieron sus acciones para demandar a la empresa por las mismas vulneraciones, en respuesta a una invitación publicada en Internet por Schrems.

El Oberster Gerichtshof (Tribunal Supremo Civil y Penal, Austria) pidió al Tribunal de Justicia que aclarara el alcance del privilegio del que disfrutan los consumidores en materia de competencia judicial.

Schrems pretendía, entre otras cosas, que los tribunales austríacos declararan inválidas determinadas estipulaciones contractuales y que condenaran a Facebook para que deje de utilizar los datos en cuestión para sus propios fines o los de terceros y para que abone una indemnización por daños y perjuicios.

Facebook cree que los tribunales austríacos no son competentes y que Schrems no puede invocar la legislación europea que permite a los consumidores demandar a una contraparte contractual extranjera ante los tribunales de su domicilio ("fuero del consumidor").

También opina que Schrems no puede ser considerado un consumidor, dado que utiliza Facebook con fines profesionales.

Mediante su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia respondió que el usuario de una cuenta privada de Facebook no pierde la condición de "consumidor" cuando publica libros, pronuncia conferencias, gestiona sitios de Internet, recauda donaciones y acepta la cesión de los derechos de numerosos consumidores para ejercerlos ante los tribunales.

En cambio, aclaró que no se puede invocar el fuero del consumidor en el caso de la acción con la que se pretende ejercer ante el tribunal del lugar en el que está domiciliado el particular no sólo concierne a sus propios derechos, sino también derechos cedidos por otros consumidores domiciliados en el mismo Estado miembro, en otros Estados miembros o en terceros Estados.


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