Fiscal Pereira: “Esperamos que el Superior anule el fallo y el imputado vaya a juicio”

Habló la fiscal que apeló la sentencia de la Cámara Penal de Trelew que benefició al abusador de dos nenas.

Silvia Pereira. Fiscal de la causa.
31 ENE 2018 - 20:41 | Actualizado

Nuestra  esperanza es que el Superior Tribunal de Justicia anule el fallo de Cámara, que podamos llevar a juicio el caso y procurar una sanción para el imputado. Que tenga una condena”. Así resumió la fiscal general Silvia Pereira el recurso extraordinario de impugnación que presentó para apelar el fallo de la Cámara Penal de Trelew, integrada por los jueces Alejandro Defranco, Adrián Barrios y Omar Minatta, mediante el cual se le otorgó al abusador sexual de dos nenas la suspensión de juicio a prueba, beneficio que había sido denegado por el juez Sergio Piñeda. Le impusieron 30 horas de trabajo comunitario.
Silvia Pereira, en declaraciones a FM Tiempo Trelew (91.5)  advirtió que no cuestionará la sentencia de los magistrados por los medios de comunicación. “No es la vía”, advirtió. Y dijo: “Para eso tenemos recursos. Si recurrí el fallo es porque no estoy de acuerdo con los términos”.
La herramienta para  impugnar la sentencia fue presentada el mismo lunes pasado en la Oficina Judicial. “La esperanza nuestra es que el Superior Tribunal de Justicia anule el fallo de Cámara y podamos llevar a juicio el caso y procurar una sanción para el imputado”, expresó.
La fiscal explicó que la “suspensión del juicio a prueba”, con el que los jueces beneficiaron al imputado, “es un instituto que se aplica por el cual se suspende el proceso penal. Se lo somete al imputado a una serie de condiciones, de normas impuestas por la Cámara, por ejemplo: un tratamiento psiquiátrico que no lo definen bien”. En definitiva “evita el juicio. A la persona, luego de cumplir las pautas por el término que se le otorga, se le extingue la acción penal y no le queda ningún tipo de condena”, señaló.
Por esa razón, tal como apuntó Pereira, “el Ministerio Público Fiscal insiste en llevar a juicio la causa. Porque lo que procuramos obtener acá es una sanción. Que quede antecedente condenatorio, más allá o no que sea en libertad o no la pena. La pena arranca de 6 meses a 4 años”, sostuvo.
La funcionaria judicial dejó en claro que la Cámara Penal entendió que a este imputado en particular este beneficio “le corresponde”. Agregó además que “puede acceder porque no tiene antecedentes condenatorios y la pena no es de cumplimiento efectivo”.  No obstante, salió al cruce de este argumento: “No estamos de acuerdo porque la imputación que pretendemos es la máxima: 4 años de prisión”.
El fundamento de pedido de pena máxima solicitada por parte del Ministerio Público Fiscal está fundada en que se trata de “dos hechos”. El sujeto, de 66 años, abusó sexualmente de las dos nietas (menores de edad) de su pareja. Lo hizo durante tres años. “No se trata de  un episodio único, es una reiteración delictual. Entendemos que adolece de una serie de fallas la sentencia. La recurrimos por eso”, reiteró.
La fiscal se refirió al trabajo interno de la Justicia. “Tenemos una instrucción del Procurador de la Provincia, que nos emite instrucciones generales pues la política criminal está impartida por él y los jueces no pueden subrogar esa función como nosotros no podemos subrogar funciones de la judicatura. El procedimiento de que Chubut tiene cuenta con  los roles bien diferenciados: qué tiene que hacer el juez y qué tiene qué tiene que hacer el fiscal”.
En ese marco, citó una instrucción específica que data del año 2012. “Se nos instruye a los fiscales que  procuremos llegar a juicio y procuremos llegar a la sanción del imputado y no aplicar las soluciones alternativas que están previstas en el Código Procesal de Chubut”.
Entiende el Ministerio Público Fiscal que el fallo de Defranco, Barrios y Minatta “no respeta las convenciones internacionales que se incorporaron en la Constitución y que no está de acuerdo con la doctrina de la sala penal”.
Ante esta expresión en el recurso (que fue publicado ayer por Jornada), Silvia Pereira recordó que “el Superior Tribunal de Justicia ha dicho varias veces que la opinión fundada de Fiscalía y la opinión de la víctima es vinculante. Y no puede el juez subrogar el rol del acusador público. Queremos juicio, nada más. No queremos que en estos casos se apliquen soluciones alternativas”.
Y puntualizó: “Hay un fallo reciente de Formosa donde se establecen límites del alcance de probation para este tipo de delitos. El beneficio está contemplado en el Código Penal. Pero con una serie de requisitos que, entendemos, no se dan en este caso. Al no estar de acuerdo, interpusimos un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal con la esperanza de que se revoque y finalmente se puede llegar a juicio”.
Habló sobre jurisprudencia de la aplicación de la “probation”. Resaltó la fiscal que “si hay algún antecedente fue con el consentimiento de la víctima. Acá hay oposición de la víctima. Acá hay dos menores que están representadas por la denunciante que concurrió a la fiscalía. La entrevisté y me manifestó que su deseo es que fuera a juicio y que a este señor se lo sancione”.
Lo que resta ahora es esperar la resolución del Superior Tribunal de Justicia. “Tiene la palabra final. Decide si la persona va o no va a juicio. El imputado ahora está en libertad. Nunca estuvo en prisión preventiva. La escala penal no permite la prisión preventiva. No tiene antecedentes condenatorios. Pero entendemos que estará más cerca del máximo que el mínimo. Son dos víctimas damnificadas y los delitos, reiterados por tres años. La pena que pretendemos está más cerca del máximo que del mínimo”.
Confirmó Pereira que en los últimos años las denuncias por violencia de género y abusos sexuales se incrementaron. “Entiendo que la gente se está animando a denunciar. Había una cifra negra conformada por quienes no se animaban. Este tipo de delito son los denominados “de alcoba”. Es decir, que se dan en el ámbito  intrafamiliar, que no se pueden probar. Pero también es cierto que hemos incorporado a la investigación nuevas técnicas. Ha colaborado mucho al Policía Federal de Argentina y el gabinete de criminalística”.
Para finalizar, la fiscal general manifestó: “lo que procuro y el Procurador  (por Jorge Miquelarena) que está muy comprometido con esta temática procura, es que se sancione al responsable y quede un antecedente condenatorio. Es un delito muy difícil de probar pero en casos que hemos  llevado a juicio tuvimos respuestas satisfactorias. Eso motivó a que la gente se anime a denunciar y baje la cifra negra que no denunciaban”, concluyó.#

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Silvia Pereira. Fiscal de la causa.
31 ENE 2018 - 20:41

Nuestra  esperanza es que el Superior Tribunal de Justicia anule el fallo de Cámara, que podamos llevar a juicio el caso y procurar una sanción para el imputado. Que tenga una condena”. Así resumió la fiscal general Silvia Pereira el recurso extraordinario de impugnación que presentó para apelar el fallo de la Cámara Penal de Trelew, integrada por los jueces Alejandro Defranco, Adrián Barrios y Omar Minatta, mediante el cual se le otorgó al abusador sexual de dos nenas la suspensión de juicio a prueba, beneficio que había sido denegado por el juez Sergio Piñeda. Le impusieron 30 horas de trabajo comunitario.
Silvia Pereira, en declaraciones a FM Tiempo Trelew (91.5)  advirtió que no cuestionará la sentencia de los magistrados por los medios de comunicación. “No es la vía”, advirtió. Y dijo: “Para eso tenemos recursos. Si recurrí el fallo es porque no estoy de acuerdo con los términos”.
La herramienta para  impugnar la sentencia fue presentada el mismo lunes pasado en la Oficina Judicial. “La esperanza nuestra es que el Superior Tribunal de Justicia anule el fallo de Cámara y podamos llevar a juicio el caso y procurar una sanción para el imputado”, expresó.
La fiscal explicó que la “suspensión del juicio a prueba”, con el que los jueces beneficiaron al imputado, “es un instituto que se aplica por el cual se suspende el proceso penal. Se lo somete al imputado a una serie de condiciones, de normas impuestas por la Cámara, por ejemplo: un tratamiento psiquiátrico que no lo definen bien”. En definitiva “evita el juicio. A la persona, luego de cumplir las pautas por el término que se le otorga, se le extingue la acción penal y no le queda ningún tipo de condena”, señaló.
Por esa razón, tal como apuntó Pereira, “el Ministerio Público Fiscal insiste en llevar a juicio la causa. Porque lo que procuramos obtener acá es una sanción. Que quede antecedente condenatorio, más allá o no que sea en libertad o no la pena. La pena arranca de 6 meses a 4 años”, sostuvo.
La funcionaria judicial dejó en claro que la Cámara Penal entendió que a este imputado en particular este beneficio “le corresponde”. Agregó además que “puede acceder porque no tiene antecedentes condenatorios y la pena no es de cumplimiento efectivo”.  No obstante, salió al cruce de este argumento: “No estamos de acuerdo porque la imputación que pretendemos es la máxima: 4 años de prisión”.
El fundamento de pedido de pena máxima solicitada por parte del Ministerio Público Fiscal está fundada en que se trata de “dos hechos”. El sujeto, de 66 años, abusó sexualmente de las dos nietas (menores de edad) de su pareja. Lo hizo durante tres años. “No se trata de  un episodio único, es una reiteración delictual. Entendemos que adolece de una serie de fallas la sentencia. La recurrimos por eso”, reiteró.
La fiscal se refirió al trabajo interno de la Justicia. “Tenemos una instrucción del Procurador de la Provincia, que nos emite instrucciones generales pues la política criminal está impartida por él y los jueces no pueden subrogar esa función como nosotros no podemos subrogar funciones de la judicatura. El procedimiento de que Chubut tiene cuenta con  los roles bien diferenciados: qué tiene que hacer el juez y qué tiene qué tiene que hacer el fiscal”.
En ese marco, citó una instrucción específica que data del año 2012. “Se nos instruye a los fiscales que  procuremos llegar a juicio y procuremos llegar a la sanción del imputado y no aplicar las soluciones alternativas que están previstas en el Código Procesal de Chubut”.
Entiende el Ministerio Público Fiscal que el fallo de Defranco, Barrios y Minatta “no respeta las convenciones internacionales que se incorporaron en la Constitución y que no está de acuerdo con la doctrina de la sala penal”.
Ante esta expresión en el recurso (que fue publicado ayer por Jornada), Silvia Pereira recordó que “el Superior Tribunal de Justicia ha dicho varias veces que la opinión fundada de Fiscalía y la opinión de la víctima es vinculante. Y no puede el juez subrogar el rol del acusador público. Queremos juicio, nada más. No queremos que en estos casos se apliquen soluciones alternativas”.
Y puntualizó: “Hay un fallo reciente de Formosa donde se establecen límites del alcance de probation para este tipo de delitos. El beneficio está contemplado en el Código Penal. Pero con una serie de requisitos que, entendemos, no se dan en este caso. Al no estar de acuerdo, interpusimos un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal con la esperanza de que se revoque y finalmente se puede llegar a juicio”.
Habló sobre jurisprudencia de la aplicación de la “probation”. Resaltó la fiscal que “si hay algún antecedente fue con el consentimiento de la víctima. Acá hay oposición de la víctima. Acá hay dos menores que están representadas por la denunciante que concurrió a la fiscalía. La entrevisté y me manifestó que su deseo es que fuera a juicio y que a este señor se lo sancione”.
Lo que resta ahora es esperar la resolución del Superior Tribunal de Justicia. “Tiene la palabra final. Decide si la persona va o no va a juicio. El imputado ahora está en libertad. Nunca estuvo en prisión preventiva. La escala penal no permite la prisión preventiva. No tiene antecedentes condenatorios. Pero entendemos que estará más cerca del máximo que el mínimo. Son dos víctimas damnificadas y los delitos, reiterados por tres años. La pena que pretendemos está más cerca del máximo que del mínimo”.
Confirmó Pereira que en los últimos años las denuncias por violencia de género y abusos sexuales se incrementaron. “Entiendo que la gente se está animando a denunciar. Había una cifra negra conformada por quienes no se animaban. Este tipo de delito son los denominados “de alcoba”. Es decir, que se dan en el ámbito  intrafamiliar, que no se pueden probar. Pero también es cierto que hemos incorporado a la investigación nuevas técnicas. Ha colaborado mucho al Policía Federal de Argentina y el gabinete de criminalística”.
Para finalizar, la fiscal general manifestó: “lo que procuro y el Procurador  (por Jorge Miquelarena) que está muy comprometido con esta temática procura, es que se sancione al responsable y quede un antecedente condenatorio. Es un delito muy difícil de probar pero en casos que hemos  llevado a juicio tuvimos respuestas satisfactorias. Eso motivó a que la gente se anime a denunciar y baje la cifra negra que no denunciaban”, concluyó.#


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