Crimen de Luis Díaz: se hicieron los alegatos

Es el homicidio acaecido el pasado 9 de noviembre del año pasado. Hoy al mediodía podría estar el veredicto del caso.

20 FEB 2018 - 20:39 | Actualizado

En la quinta jornada de debate oral y público por el homicidio de Luis Díaz acontecido el pasado 9 de noviembre de 2016 en Comodoro Rivadavia, se concluyó ayer con los alegatos finales de las partes.
La fiscal Camila Banfi aseguró que se ha probado a lo largo del juicio la materialidad y autoría del hecho en cabeza del imputado José Miguel Guineo, por lo cual solicitó se lo declare penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.
En contraposición la Defensa requirió “su absolución, por el beneficio de la duda”, argumentando “orfandad probatoria”. El tribunal pasó a deliberar y estiman hoy al mediodía poder concluir y así dar a conocer el veredicto de responsabilidad.
El tribunal de debate estuvo presidido por Mariano Nicosia e integrado por Mónica García, Jorge Odorisio, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Guineo fue ejercida por Lucía Pettinari y Esteban Mantecón, defensores públicos.
En la sala se encontraban familiares de la víctima acompañados por tres profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD), detalló una gacetilla de la Fiscalía comodorense.
En su alegato, la fiscal expresó que con la prueba aportada al juicio se ha probado la materialidad y autoría del hecho acontecido el pasado 9 de noviembre de 2016.
Durante esa jornada y siendo las 0.40 horas, la víctima Luis Díaz regresa a su hogar en el barrio San Cayetano, a bordo de su automóvil. En ese preciso momento bajan al lugar el imputado José Miguel Guineo y otra persona, que no ha sido identificada, el imputado efectúa 7 disparos de arma de fuego en contra de Díaz causándole su muerte en forma instantánea. Luego se dan a la fuga.

Se lo acribilló

Se ha probado que apenas llega personal policial al lugar el motor del automóvil todavía se encontraba activado y con las luces encendidas; recordando que el cristal de la puerta delantera se encontraba roto y que Díaz no presentaba lesiones de defensa.
Banfi concluyó que “se lo acribilló estando dentro del rodado”. Desde el cerro, donde se encontraba la residencia del imputado, se podía observar todo movimiento de la casa de Díaz. La autopsia estableció que falleció por “lesión de arma de fuego múltiple en el tórax”, refiriéndose la fiscal a la intencionalidad de Guineo de acabar con la vida de la víctima, por la cantidad de disparos efectuados.
La representante del Ministerio Público Fiscal de Comodoro Rivadavia,  asimismo precisó que el abandono por parte del imputado de su vivienda como un indicio de fuga, ya que era el primer lugar donde lo iban a ir a buscar.
Para finalizar, la acusadora pública hizo mención a una clara certeza de autoría por la rápida sindicación de Guineo como el autor por parte de la pareja de la víctima.
La pelea previa que habían tenido la víctima y el imputado en un partido de fútbol en el Rincón Norteño. Refiriéndose a la apertura de celulares secuestrados donde se trataba de establecer una coartada que no pudo ser aplicada. Ante ello, requirió que se declare al imputado Guineo penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.

No hay testigos

En contraposición la defensora de Guineo, Lucía Pettinari, argumentó que “la Fiscalía no ha traído un caso sólido y unívoco, esto no ha ocurrido en el debate”, aseguró.
“No hubo testigos presenciales del hecho y no se ha logrado destruir el estado de inocencia” de su defendido.
“Los indicios no alcanzan para destruir el status de inocencia”, destacando el arma “tumbera” dentro del automóvil de la víctima y asegurando que su “asistido no estaba en el lugar del hecho, se había retirado antes por miedo”. A su vez, aseveró que “el que estaba buscando pleito era la víctima y el examen toxicológico estableció que tenía alcohol en sangre”. Concluyendo que “no hubo un marco probatorio unívoco, ni concordante”, por todo lo cual solicitó la “absolución por el beneficio de la duda” de Guineo.#

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20 FEB 2018 - 20:39

En la quinta jornada de debate oral y público por el homicidio de Luis Díaz acontecido el pasado 9 de noviembre de 2016 en Comodoro Rivadavia, se concluyó ayer con los alegatos finales de las partes.
La fiscal Camila Banfi aseguró que se ha probado a lo largo del juicio la materialidad y autoría del hecho en cabeza del imputado José Miguel Guineo, por lo cual solicitó se lo declare penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.
En contraposición la Defensa requirió “su absolución, por el beneficio de la duda”, argumentando “orfandad probatoria”. El tribunal pasó a deliberar y estiman hoy al mediodía poder concluir y así dar a conocer el veredicto de responsabilidad.
El tribunal de debate estuvo presidido por Mariano Nicosia e integrado por Mónica García, Jorge Odorisio, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Guineo fue ejercida por Lucía Pettinari y Esteban Mantecón, defensores públicos.
En la sala se encontraban familiares de la víctima acompañados por tres profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD), detalló una gacetilla de la Fiscalía comodorense.
En su alegato, la fiscal expresó que con la prueba aportada al juicio se ha probado la materialidad y autoría del hecho acontecido el pasado 9 de noviembre de 2016.
Durante esa jornada y siendo las 0.40 horas, la víctima Luis Díaz regresa a su hogar en el barrio San Cayetano, a bordo de su automóvil. En ese preciso momento bajan al lugar el imputado José Miguel Guineo y otra persona, que no ha sido identificada, el imputado efectúa 7 disparos de arma de fuego en contra de Díaz causándole su muerte en forma instantánea. Luego se dan a la fuga.

Se lo acribilló

Se ha probado que apenas llega personal policial al lugar el motor del automóvil todavía se encontraba activado y con las luces encendidas; recordando que el cristal de la puerta delantera se encontraba roto y que Díaz no presentaba lesiones de defensa.
Banfi concluyó que “se lo acribilló estando dentro del rodado”. Desde el cerro, donde se encontraba la residencia del imputado, se podía observar todo movimiento de la casa de Díaz. La autopsia estableció que falleció por “lesión de arma de fuego múltiple en el tórax”, refiriéndose la fiscal a la intencionalidad de Guineo de acabar con la vida de la víctima, por la cantidad de disparos efectuados.
La representante del Ministerio Público Fiscal de Comodoro Rivadavia,  asimismo precisó que el abandono por parte del imputado de su vivienda como un indicio de fuga, ya que era el primer lugar donde lo iban a ir a buscar.
Para finalizar, la acusadora pública hizo mención a una clara certeza de autoría por la rápida sindicación de Guineo como el autor por parte de la pareja de la víctima.
La pelea previa que habían tenido la víctima y el imputado en un partido de fútbol en el Rincón Norteño. Refiriéndose a la apertura de celulares secuestrados donde se trataba de establecer una coartada que no pudo ser aplicada. Ante ello, requirió que se declare al imputado Guineo penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.

No hay testigos

En contraposición la defensora de Guineo, Lucía Pettinari, argumentó que “la Fiscalía no ha traído un caso sólido y unívoco, esto no ha ocurrido en el debate”, aseguró.
“No hubo testigos presenciales del hecho y no se ha logrado destruir el estado de inocencia” de su defendido.
“Los indicios no alcanzan para destruir el status de inocencia”, destacando el arma “tumbera” dentro del automóvil de la víctima y asegurando que su “asistido no estaba en el lugar del hecho, se había retirado antes por miedo”. A su vez, aseveró que “el que estaba buscando pleito era la víctima y el examen toxicológico estableció que tenía alcohol en sangre”. Concluyendo que “no hubo un marco probatorio unívoco, ni concordante”, por todo lo cual solicitó la “absolución por el beneficio de la duda” de Guineo.#


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