Confirmaron la pena a “Los Ramones”, pero será en suspenso y están libres

Se trata de Rodrigo y Leandro Ramón condenados por tenencia de armas de guerra de uso civil. Las penas impuestas fueron de 2 años y 2 años y 6 meses de prisión en suspenso.

Alejandro Defranco. Camarista.
11 ABR 2018 - 21:37 | Actualizado

Los jueces de la cámara penal de Trelew, Alejandro Defranco, Roberto Barrios y Florencio Minatta confirmaron la sentencia de la doctora Ivana González que declaró a Rodrigo Damián Ramón y Leandro Ezequiel Ramón autores materiales y penalmente responsables del delito de tenencia compartida de armas de guerra de uso civil y le impusiera la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso al primero y dos años de prisión en suspenso al segundo, por un hecho ocurrido en marzo del año pasado en esa ciudad.
El pronunciamiento rechazó la impugnación interpuesta por el defensor Abdón Manyauix, que solicitó la nulidad del allanamiento realizado en la vivienda donde se secuestraron las armas, agraviándose también por el rechazo de la magistrada a una posible pericia de parte del licenciado Jorge Clavel. Por otra parte, aludió al posible falso testimonio de un deponente durante el juicio y renegó de la calificación jurídica a la cual se arribó.
Cada uno de estos puntos fueron evaluados y analizados exhaustivamente en un escrito de 25 carillas, donde tanto los magistrados Defranco y Barrios indicaron que asiste razón al criterio utilizado por la doctora Ivana González para determinar la sentencia mencionada, mientras el doctor Minatta votó en disidencia al hacer lugar parcialmente al recurso presentado por el imputado Rodrigo Ramón, confirmando la sentencia solo sobre el delito de abuso de armas en concurso real con tenencia de arma, este último en un solo hecho y revocando la sentencia respecto del hecho de tenencia de armas, dos hechos, por el que fuera condenado Leandro Ramón, absolviéndolo libremente de ambos.
Sin embargo, primó lo decidido por la mayoría del tribunal y en consecuencia se decidió rechazar la impugnación ordinaria deducida por el defensor de confianza de Leandro Ezequiel Ramón y Rodrigo Damián Ramón, señaló un parte de Fiscalía.
Dentro de la causa se distinguen dos hechos, el primero de ellos ocurrido el 5 de marzo de 2017 entre las 4 y 6,30 aproximadamente cuando los encartados concurrieron a un domicilio ubicado en Velero Mimosa al 1400 de Trelew, con armas de fuego y abordando un vehículo Bora color bordó, con dos personas más, efectuando un disparo contra la ventana del inmueble, donde se encontraba una pareja, poniendo de esta forma en riesgo la integridad física. Sumado a ello y encontrándose estacionado en el patio de la misma casa el autor propiedad de la víctima, un Renault 19, dispararon en seis oportunidades contra el mismo. En el domicilio consignado se halló un impacto atribuible al paso de un proyectil de arma de fuego en la zona superior izquierda, cerca del vértice superior izquierdo de la ventana del living.
El segundo suceso da cuenta que el 6 de marzo de 2017, siendo cerca de las 8,20, en domicilio sito en Ceferino Namuncurá esquina Ramón y Cajal, habitado por Rodrigo y Leandro Ramón, durante un allanamiento se hallaron un arma de fuego calibre 9 milímetros cargada con trece municiones y ubicada debajo del colchón del dormitorio; un arma de fuego 380 marca Bersa, modelo tander 380, siendo este calibre coincidente con el utilizado en los disparos del hecho anterior, con un cargador del mismo calibre con seis cartuchos a bala en su interior; un fusil carabina a repetición 308 PLG Winchester.
En un cajón del placard de otro dormitorio, específicamente en la mesa de luz del aludido sector, se halló un equipo HT Baofeng, dos equipos de comunicación Motorola, un chaleco de dirección de tránsito municipal oportunamente denunciado, un bolsín con cartuchos a bala calibre 762, y debajo de un sillón del living se halló un equipo HT con frecuencia policial, desde donde se podían escuchar todos los movimientos que realizan los funcionarios policiales de las distintas dependencias correspondientes a la jurisdicción Trelew con su debido cargador y se encontró también el automóvil Bora utilizado en oportunidad del ataque a la vivienda.
Más allá que durante el juicio oral y público realizado oportunamente estuvo al frente la fiscal general jefe Silvia Pereira, se destaca el trabajo efectuado durante el proceso de investigación por la Fiscalía y el servicio prestado a tal efecto por los oficiales De Santis y Bustamante, integrantes de la Brigada policial de Investigaciones. Esta labor tiene su importancia, ya que es la primera condena que logra sostenerse para con los Ramones, quienes se encuentran involucrados en innumerables causas desde el año 2013.#

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Alejandro Defranco. Camarista.
11 ABR 2018 - 21:37

Los jueces de la cámara penal de Trelew, Alejandro Defranco, Roberto Barrios y Florencio Minatta confirmaron la sentencia de la doctora Ivana González que declaró a Rodrigo Damián Ramón y Leandro Ezequiel Ramón autores materiales y penalmente responsables del delito de tenencia compartida de armas de guerra de uso civil y le impusiera la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso al primero y dos años de prisión en suspenso al segundo, por un hecho ocurrido en marzo del año pasado en esa ciudad.
El pronunciamiento rechazó la impugnación interpuesta por el defensor Abdón Manyauix, que solicitó la nulidad del allanamiento realizado en la vivienda donde se secuestraron las armas, agraviándose también por el rechazo de la magistrada a una posible pericia de parte del licenciado Jorge Clavel. Por otra parte, aludió al posible falso testimonio de un deponente durante el juicio y renegó de la calificación jurídica a la cual se arribó.
Cada uno de estos puntos fueron evaluados y analizados exhaustivamente en un escrito de 25 carillas, donde tanto los magistrados Defranco y Barrios indicaron que asiste razón al criterio utilizado por la doctora Ivana González para determinar la sentencia mencionada, mientras el doctor Minatta votó en disidencia al hacer lugar parcialmente al recurso presentado por el imputado Rodrigo Ramón, confirmando la sentencia solo sobre el delito de abuso de armas en concurso real con tenencia de arma, este último en un solo hecho y revocando la sentencia respecto del hecho de tenencia de armas, dos hechos, por el que fuera condenado Leandro Ramón, absolviéndolo libremente de ambos.
Sin embargo, primó lo decidido por la mayoría del tribunal y en consecuencia se decidió rechazar la impugnación ordinaria deducida por el defensor de confianza de Leandro Ezequiel Ramón y Rodrigo Damián Ramón, señaló un parte de Fiscalía.
Dentro de la causa se distinguen dos hechos, el primero de ellos ocurrido el 5 de marzo de 2017 entre las 4 y 6,30 aproximadamente cuando los encartados concurrieron a un domicilio ubicado en Velero Mimosa al 1400 de Trelew, con armas de fuego y abordando un vehículo Bora color bordó, con dos personas más, efectuando un disparo contra la ventana del inmueble, donde se encontraba una pareja, poniendo de esta forma en riesgo la integridad física. Sumado a ello y encontrándose estacionado en el patio de la misma casa el autor propiedad de la víctima, un Renault 19, dispararon en seis oportunidades contra el mismo. En el domicilio consignado se halló un impacto atribuible al paso de un proyectil de arma de fuego en la zona superior izquierda, cerca del vértice superior izquierdo de la ventana del living.
El segundo suceso da cuenta que el 6 de marzo de 2017, siendo cerca de las 8,20, en domicilio sito en Ceferino Namuncurá esquina Ramón y Cajal, habitado por Rodrigo y Leandro Ramón, durante un allanamiento se hallaron un arma de fuego calibre 9 milímetros cargada con trece municiones y ubicada debajo del colchón del dormitorio; un arma de fuego 380 marca Bersa, modelo tander 380, siendo este calibre coincidente con el utilizado en los disparos del hecho anterior, con un cargador del mismo calibre con seis cartuchos a bala en su interior; un fusil carabina a repetición 308 PLG Winchester.
En un cajón del placard de otro dormitorio, específicamente en la mesa de luz del aludido sector, se halló un equipo HT Baofeng, dos equipos de comunicación Motorola, un chaleco de dirección de tránsito municipal oportunamente denunciado, un bolsín con cartuchos a bala calibre 762, y debajo de un sillón del living se halló un equipo HT con frecuencia policial, desde donde se podían escuchar todos los movimientos que realizan los funcionarios policiales de las distintas dependencias correspondientes a la jurisdicción Trelew con su debido cargador y se encontró también el automóvil Bora utilizado en oportunidad del ataque a la vivienda.
Más allá que durante el juicio oral y público realizado oportunamente estuvo al frente la fiscal general jefe Silvia Pereira, se destaca el trabajo efectuado durante el proceso de investigación por la Fiscalía y el servicio prestado a tal efecto por los oficiales De Santis y Bustamante, integrantes de la Brigada policial de Investigaciones. Esta labor tiene su importancia, ya que es la primera condena que logra sostenerse para con los Ramones, quienes se encuentran involucrados en innumerables causas desde el año 2013.#


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