El STJ declaró inadmisible un recurso y quedó firme fallo por homicidio

Se trata de la causa por la muerte de Ángel Luis Torres, ocurrida en abril de 2016 en Trelew. El autor del crimen, Sandro Curiqueo, fue condenado a 8 años de prisión.

29 MAY 2018 - 9:29 | Actualizado

El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el pedido de impugnación a la sentencia dictada por la Cámara Penal de Trelew, contra Sandro Jonathan Curiqueo por la muerte de Ángel Luis Torres, acontecida el 15 de abril de 2016.

La Defensa Pública pretendía que se revisara el fallo, haciendo hincapié en el testimonio brindado por el padre del imputado, quien hizo referencia a una supuesta agresión previa por parte de la víctima.
 
El STJ argumentó que “los motivos incorporados en la impugnación no demuestran que los jueces de la Cámara Penal se hayan apartado de las reglas del correcto pensamiento; o que las conclusiones que justifican el sentido de la decisión jurisdiccional sean mera voluntad del Juez, desprovistas de sustento en pruebas rendidas durante el debate”.
 
 Agregan que “los argumentos empleados por el señor Defensor para apoyar los agravios que le causa la medida cuestionada sólo significan discrepar con las premisas fijadas en el acto de juzgar, pero tal oposición no sirve para anular la sentencia, ausente un discurso eficaz que evidencie errores patentes en el mérito del tribunal con respecto a la prueba”.
 
Con el fallo del alto cuerpo judicial, queda firme la sentencia de primera instancia, ratificada por la Cámara Penal, que condenó a Sandro Jonathan Curiqueo a 8 años de prisión, comoautor del delito de Homicidio Simple cometido en perjuicio de Luis Ángel Torres.

El hecho

Curiqueo fue condenado a 8 años de prisión por el homicidio de Ángel Luis Torres en un fallo de primera instancia que resolvieron los jueces s Ivana González, Sergio Piñeda y Fabio Monti durante un juicio oral y público realizado a mediados del año 2017.

Para los jueces, la parte acusadora pudo acreditar con los testimonios y las pericias presentadas que el día 15 de abril de 2016 en horario cercano a las 22, Sandro Curiqueo, munido de un cuchillo, se acercó a Luis Ángel Torres quien se encontraba junto a Víctor Curiqueo, padre del acusado, cuando bebían una cerveza en la casa de la víctima, sobre la vereda de la propiedad del barrio Los Pensamientos de Trelew.

Cuando el agresor se encontraba parado frente a Torres, este último conversaba y las manos en sus bolsillos, Curiqueo extrajo un cuchillo de dimensiones medianas y de manera absolutamente sorpresiva le propinó un puntazo en la zona abdominal, lo que determinó su deceso.

Fiscalía pudo probar que el imputado obró con venganza, debido a un hecho anterior donde había sido herido un primo de él, por parte de Torres. Como consecuencia realizó este acto que causó la muerte del anteriormente nombrado.
 

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29 MAY 2018 - 9:29

El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el pedido de impugnación a la sentencia dictada por la Cámara Penal de Trelew, contra Sandro Jonathan Curiqueo por la muerte de Ángel Luis Torres, acontecida el 15 de abril de 2016.

La Defensa Pública pretendía que se revisara el fallo, haciendo hincapié en el testimonio brindado por el padre del imputado, quien hizo referencia a una supuesta agresión previa por parte de la víctima.
 
El STJ argumentó que “los motivos incorporados en la impugnación no demuestran que los jueces de la Cámara Penal se hayan apartado de las reglas del correcto pensamiento; o que las conclusiones que justifican el sentido de la decisión jurisdiccional sean mera voluntad del Juez, desprovistas de sustento en pruebas rendidas durante el debate”.
 
 Agregan que “los argumentos empleados por el señor Defensor para apoyar los agravios que le causa la medida cuestionada sólo significan discrepar con las premisas fijadas en el acto de juzgar, pero tal oposición no sirve para anular la sentencia, ausente un discurso eficaz que evidencie errores patentes en el mérito del tribunal con respecto a la prueba”.
 
Con el fallo del alto cuerpo judicial, queda firme la sentencia de primera instancia, ratificada por la Cámara Penal, que condenó a Sandro Jonathan Curiqueo a 8 años de prisión, comoautor del delito de Homicidio Simple cometido en perjuicio de Luis Ángel Torres.

El hecho

Curiqueo fue condenado a 8 años de prisión por el homicidio de Ángel Luis Torres en un fallo de primera instancia que resolvieron los jueces s Ivana González, Sergio Piñeda y Fabio Monti durante un juicio oral y público realizado a mediados del año 2017.

Para los jueces, la parte acusadora pudo acreditar con los testimonios y las pericias presentadas que el día 15 de abril de 2016 en horario cercano a las 22, Sandro Curiqueo, munido de un cuchillo, se acercó a Luis Ángel Torres quien se encontraba junto a Víctor Curiqueo, padre del acusado, cuando bebían una cerveza en la casa de la víctima, sobre la vereda de la propiedad del barrio Los Pensamientos de Trelew.

Cuando el agresor se encontraba parado frente a Torres, este último conversaba y las manos en sus bolsillos, Curiqueo extrajo un cuchillo de dimensiones medianas y de manera absolutamente sorpresiva le propinó un puntazo en la zona abdominal, lo que determinó su deceso.

Fiscalía pudo probar que el imputado obró con venganza, debido a un hecho anterior donde había sido herido un primo de él, por parte de Torres. Como consecuencia realizó este acto que causó la muerte del anteriormente nombrado.
 


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