La resolución 285 de la cartera, que firma el ministro Juan José Aranguren, precisó que en las rondas 1, 1.5 y 2 del Programa RenovAr se adjudicaron 147 contratos de abastecimiento de energía renovable.
Sobre ese total se suscribieron hasta el momento 84 contratos, mientras los 63 restantes están “en proceso de firma”, indica la norma que se publica hoy en el Boletín Oficial.
La multa correspondiente por cada día de retraso respecto de la fecha de habilitación comercial programada es de US$ 1.388 por cada Megavatio (Mw) de potencia contratada, de acuerdo con lo establecido en el RenovAr.
El Ministerio de Energía y Minería consideró “conveniente contemplar la posibilidad de otorgar un plazo adicional”, una vez transcurrido la prórroga de 180 días ya prevista, “siempre que los proyectos evidencien un importante grado de avance y con aplicación de las penalidades que correspondan”.
La resolución establece que las empresas que no cumplieron con las fechas de habilitación comercial o incumplieron con el contenido nacional mínimo en sus proyectos, podrán pagar las multas en 12 cuotas mensuales y consecutivas, o bien, optar por un plazo de 48 cuotas, con una tasa equivalente a 1,7% en dólares.
Estas formas de pago de las sanciones favorece “la efectiva ejecución de los proyectos”, explicó el Ministerio.
La resolución 285 de la cartera, que firma el ministro Juan José Aranguren, precisó que en las rondas 1, 1.5 y 2 del Programa RenovAr se adjudicaron 147 contratos de abastecimiento de energía renovable.
Sobre ese total se suscribieron hasta el momento 84 contratos, mientras los 63 restantes están “en proceso de firma”, indica la norma que se publica hoy en el Boletín Oficial.
La multa correspondiente por cada día de retraso respecto de la fecha de habilitación comercial programada es de US$ 1.388 por cada Megavatio (Mw) de potencia contratada, de acuerdo con lo establecido en el RenovAr.
El Ministerio de Energía y Minería consideró “conveniente contemplar la posibilidad de otorgar un plazo adicional”, una vez transcurrido la prórroga de 180 días ya prevista, “siempre que los proyectos evidencien un importante grado de avance y con aplicación de las penalidades que correspondan”.
La resolución establece que las empresas que no cumplieron con las fechas de habilitación comercial o incumplieron con el contenido nacional mínimo en sus proyectos, podrán pagar las multas en 12 cuotas mensuales y consecutivas, o bien, optar por un plazo de 48 cuotas, con una tasa equivalente a 1,7% en dólares.
Estas formas de pago de las sanciones favorece “la efectiva ejecución de los proyectos”, explicó el Ministerio.