El expediente se inició hace casi veinte años, durante la gestión de Carlos Menem, y a principios de 2016 el Tribunal Oral Federal 3 decidió archivar la causa por prescripción, sin condenados.
Unos meses después, la Cámara Federal de Casación, en un fallo muy dividido sobre si había operado efectivamente la prescripción, desestimó el cierre y ordenó que la causa volviera al TOF 3 para que se realice el juicio.
Como era previsible, los involucrados en el proceso, el por entonces titular de la DGI Ricardo Cossio y el número dos de la Secretaría General de la Presidencia Juan Carlos Cattáneo, entre otros imputados, apelaron la medida ante la Corte Suprema.
Al analizar la decisión de la Cámara, los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti consideraron que no estaba dada la mayoría necesaria en el tribunal de apelaciones y decidieron “dejar sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado”.
En el mismo fallo, firmado el 12 de junio y difundido hoy, la Corte impuso que “vuelvan los autos al tribunal de origen (Cámara de Casación) a fin de que por quien corresponda; se dicte un nuevo pronunciamiento”.
Con este panorama, los miembros de la Sala IV de la Cámara de Casación, integrada por Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, deberán ratificar y ampliar su decisión de desestimar la prescripción o excusarse, y que otra Sala aporte un fallo novedoso.
El expediente se inició hace casi veinte años, durante la gestión de Carlos Menem, y a principios de 2016 el Tribunal Oral Federal 3 decidió archivar la causa por prescripción, sin condenados.
Unos meses después, la Cámara Federal de Casación, en un fallo muy dividido sobre si había operado efectivamente la prescripción, desestimó el cierre y ordenó que la causa volviera al TOF 3 para que se realice el juicio.
Como era previsible, los involucrados en el proceso, el por entonces titular de la DGI Ricardo Cossio y el número dos de la Secretaría General de la Presidencia Juan Carlos Cattáneo, entre otros imputados, apelaron la medida ante la Corte Suprema.
Al analizar la decisión de la Cámara, los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti consideraron que no estaba dada la mayoría necesaria en el tribunal de apelaciones y decidieron “dejar sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado”.
En el mismo fallo, firmado el 12 de junio y difundido hoy, la Corte impuso que “vuelvan los autos al tribunal de origen (Cámara de Casación) a fin de que por quien corresponda; se dicte un nuevo pronunciamiento”.
Con este panorama, los miembros de la Sala IV de la Cámara de Casación, integrada por Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, deberán ratificar y ampliar su decisión de desestimar la prescripción o excusarse, y que otra Sala aporte un fallo novedoso.