La Justicia de Río Negro autorizó a una mamá a cultivar cannabis para su hijito

La jueza federal Mirta Filipuzzi hizo lugar al amparo presentado por la familia de Joaquín Navarro y los autorizó a “cultivar plantas de cannabis en la cantidad necesaria con exclusivo destino medicinal” para el niño de 7 años que padece de síndrome de Tourette.

El pequeño Joaquín junto a su familia y legisladores (VDM noticias).
05 JUL 2018 - 20:07 | Actualizado

Se trata de un fallo judicial que sienta precedente y avanza en el respaldo a las familias que utilizan cannabis con fines medicinales para patologías que no están incluidas en la ley nacional 27.350 aprobada en 2017 o que -estando incluidas- tienen dificultades logísticas para conseguirlo.

La sentencia de la jueza Filipuzzi a la que tuvo acceso VDM Noticias, autoriza el cultivo y consumo bajo pautas acordadas con la mamá de Joaquín, Julia Macarena Navarro, y los abuelos Gabriel Andrés Navarro y María Eugenia Sar, que incluyen la inscripción en el Registro Voluntario de la Ley 27.350.

La familia de San Antonio Oeste (SAO) tuvo que acudir a un recurso de amparo porque la ley aprobada por el Congreso de la Nación fue muy restrictiva y acotó el uso de cannabis para casos de epilepsia y con fines de investigación por lo que cientos de familias en todo el país quedaron desamparadas frente a las leyes de persecución del narcotráfico.

Muchos chicos y adultos con distintas enfermedades están en situación similar a la de Joaquín Navarro que padece de Síndrome de la Tourette, diagnosticado en 2016, a los 5 años de edad. Esta enfermedad discapacitante se caracterizada por provocar tics motores y vocales, además de hiperactividad, TDAH, ansiedad, fobia social, TOD, TOC, agresividad.

En su resolución, la jueza Filipuzzi cita un informe de la Dra María Celeste Romero que da cuenta de los diferentes tratamientos por los que pasó el niño, y describe la evolución que tuvo desde que le recetaron Risperidona (antipsicótico atípico considerado primera línea para el tratamiento según revisiones científicas) y Flunarizina-Sibelium, hasta que comenzó a consumir aceites naturales de cannabis.

“Luego de describir los síntomas de esa dolencia, señalan que los mismos fueron aumentando y complejizándose, interfiriendo en su vida cotidiana por cuanto ante ese cuadro, decidieron abandonar la medicina tradicional y, fruto de la investigación particular de los efectos del consumo medicinal del cannabis y del contacto con otras familias con problemáticas similares, comenzaron con el tratamiento en noviembre del 2016, suministrándole gotas de aceite de la cepa Black Widow, obteniendo una notable mejoría dado que disminuyeron los tics vocales y físicos y cambiando por completo la vida de Joaquín y su familia, la que se fue acrecentando con la rotación de otras cepas”, indica la sentencia a la que se suman informes positivos de la escuela.

La resolución de la jueza se asienta en el criterio establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el fallo Arriola, que declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 23.737, que castiga la tenencia de estupefacientes para consumo personal.

Además, cuenta con dictamen favorable del Ministerio Público Fiscal, del Ministerio Público de la Defensa de la Nación y de la Fiscalía Federal de Narcocriminalidad.

María Eugenia Sar, abuela de Joaquín, indicó a VDM Noticias que "sin este amparo judicial la actividad de la familia de Joaquín es comparable a la de un narcotraficante porque tener una planta, aceite o cualquier insumo la ley de estupefacientes marca de 6 a 15 años de prisión".

Sar destacó el "coraje" de la jueza y agradeció el aporte del abogado Federico Ambroggio que redactó la presentación judicial, y la colaboración de la Dra. Celeste Romero y los legisladores del Frente para la Victoria, Javier Iud y Nicolás Rochás.

"Que todo eso esté alineado resulta ser una cuestión de suerte para Joaquín pero esto no puede ser una cuestión de suerte. Es una cuestión de salud.

Por eso, si los jueces y los fiscales y defensores lo empiezan a entender, también lo tienen que entender quienes legislan, quienes nos están gobernando", reclamó.

Para seguridad de la familia, la resolución será informada al Estado Nacional a través del Ministerio de Salud de la Nación y a las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales como Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional, Policía Federal Argentina y Jefatura de la Policía de la Provincia de Río Negro.(Gentileza: VDM noticias)

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El pequeño Joaquín junto a su familia y legisladores (VDM noticias).
05 JUL 2018 - 20:07

Se trata de un fallo judicial que sienta precedente y avanza en el respaldo a las familias que utilizan cannabis con fines medicinales para patologías que no están incluidas en la ley nacional 27.350 aprobada en 2017 o que -estando incluidas- tienen dificultades logísticas para conseguirlo.

La sentencia de la jueza Filipuzzi a la que tuvo acceso VDM Noticias, autoriza el cultivo y consumo bajo pautas acordadas con la mamá de Joaquín, Julia Macarena Navarro, y los abuelos Gabriel Andrés Navarro y María Eugenia Sar, que incluyen la inscripción en el Registro Voluntario de la Ley 27.350.

La familia de San Antonio Oeste (SAO) tuvo que acudir a un recurso de amparo porque la ley aprobada por el Congreso de la Nación fue muy restrictiva y acotó el uso de cannabis para casos de epilepsia y con fines de investigación por lo que cientos de familias en todo el país quedaron desamparadas frente a las leyes de persecución del narcotráfico.

Muchos chicos y adultos con distintas enfermedades están en situación similar a la de Joaquín Navarro que padece de Síndrome de la Tourette, diagnosticado en 2016, a los 5 años de edad. Esta enfermedad discapacitante se caracterizada por provocar tics motores y vocales, además de hiperactividad, TDAH, ansiedad, fobia social, TOD, TOC, agresividad.

En su resolución, la jueza Filipuzzi cita un informe de la Dra María Celeste Romero que da cuenta de los diferentes tratamientos por los que pasó el niño, y describe la evolución que tuvo desde que le recetaron Risperidona (antipsicótico atípico considerado primera línea para el tratamiento según revisiones científicas) y Flunarizina-Sibelium, hasta que comenzó a consumir aceites naturales de cannabis.

“Luego de describir los síntomas de esa dolencia, señalan que los mismos fueron aumentando y complejizándose, interfiriendo en su vida cotidiana por cuanto ante ese cuadro, decidieron abandonar la medicina tradicional y, fruto de la investigación particular de los efectos del consumo medicinal del cannabis y del contacto con otras familias con problemáticas similares, comenzaron con el tratamiento en noviembre del 2016, suministrándole gotas de aceite de la cepa Black Widow, obteniendo una notable mejoría dado que disminuyeron los tics vocales y físicos y cambiando por completo la vida de Joaquín y su familia, la que se fue acrecentando con la rotación de otras cepas”, indica la sentencia a la que se suman informes positivos de la escuela.

La resolución de la jueza se asienta en el criterio establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el fallo Arriola, que declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 23.737, que castiga la tenencia de estupefacientes para consumo personal.

Además, cuenta con dictamen favorable del Ministerio Público Fiscal, del Ministerio Público de la Defensa de la Nación y de la Fiscalía Federal de Narcocriminalidad.

María Eugenia Sar, abuela de Joaquín, indicó a VDM Noticias que "sin este amparo judicial la actividad de la familia de Joaquín es comparable a la de un narcotraficante porque tener una planta, aceite o cualquier insumo la ley de estupefacientes marca de 6 a 15 años de prisión".

Sar destacó el "coraje" de la jueza y agradeció el aporte del abogado Federico Ambroggio que redactó la presentación judicial, y la colaboración de la Dra. Celeste Romero y los legisladores del Frente para la Victoria, Javier Iud y Nicolás Rochás.

"Que todo eso esté alineado resulta ser una cuestión de suerte para Joaquín pero esto no puede ser una cuestión de suerte. Es una cuestión de salud.

Por eso, si los jueces y los fiscales y defensores lo empiezan a entender, también lo tienen que entender quienes legislan, quienes nos están gobernando", reclamó.

Para seguridad de la familia, la resolución será informada al Estado Nacional a través del Ministerio de Salud de la Nación y a las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales como Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional, Policía Federal Argentina y Jefatura de la Policía de la Provincia de Río Negro.(Gentileza: VDM noticias)


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