El máximo tribunal le dio luz verde para continuar funcionando al dejar firme un fallo de hace dos años presentado por el Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal. En el mismo consideró que "quienes conducen vehículos para UBER desarrollan una actividad comercial lícita".
Es decir: la Corte no solo dijo que los conductores no cometen un delito al trabajar prestando servicio a través de UBER, sino que además consideró que esa modalidad de transporte público como "una actividad comercial lícita".
El gremio de taxista había denunciado a 33 conductores de UBER bajo la acusación de "entorpecimiento del transporte, desobediencia, competencia desleal, instigación a cometer delitos y asociación ilícita". Pero en agosto de 2016 un juez de primera instancia sobreseyó a los choferes y ahora la Corte ratificó ese falló.
Fuente: Ámbito Financiero.
El máximo tribunal le dio luz verde para continuar funcionando al dejar firme un fallo de hace dos años presentado por el Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal. En el mismo consideró que "quienes conducen vehículos para UBER desarrollan una actividad comercial lícita".
Es decir: la Corte no solo dijo que los conductores no cometen un delito al trabajar prestando servicio a través de UBER, sino que además consideró que esa modalidad de transporte público como "una actividad comercial lícita".
El gremio de taxista había denunciado a 33 conductores de UBER bajo la acusación de "entorpecimiento del transporte, desobediencia, competencia desleal, instigación a cometer delitos y asociación ilícita". Pero en agosto de 2016 un juez de primera instancia sobreseyó a los choferes y ahora la Corte ratificó ese falló.
Fuente: Ámbito Financiero.