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Policiales
01/07/2012 2:00 AM
Lo condenaron por homicidio hace tres años pero todavía sigue en libertad
La pena era de efectivo cumplimiento.
La fiscal Mirta Moreno llevó adelante la acusación en el proceso penal.
Norberto Cristino Ávila fue condenado en junio de 2009 por el homicidio simple de Alfredo Austin pero la sentencia no quedó firme porque el defensor público recurrió el fallo ante la Cámara Penal e incluso el Superior Tribunal de Justicia, sin embargo ambas apelaciones no prosperaron. Actualmente la condena esta en vigencia ya que se agotaron todas las instancias pero inexplicablemente el homicida continúa en su casa.

Sin duda los plazos de la Justicia no son justos, de lo contrario como se explica como un hombre que cometió un crimen hace cinco años atrás y está condenado desde hace tres años por ese homicidio continúe en libertad.

El hecho que desencadenó tan prolongado proceso penal tuvo lugar el 22 de setiembre de 2007 cuando Norberto Cristino Ávila se dirigió a la casa de Alfredo Austin y previo a increparlo verbalmente le propinó una certera puñalada en el abdomen. La víctima estuvo internado 4 días en grave estado hasta que el 26 del mismo mes falleció.

El 9 de junio de 2009 un Cuerpo Colegiado determinó que Ávila era culpable del delito de homicidio simple en perjuicio de Alfredo Austin y lo sentenciaron a 8 años de prisión de cumplimiento efectivo, el mínimo establecido por el Código Penal para este tipo de hechos.

A la hora de analizar la pena a cumplir se tuvo en consideración un análisis psicodiagnóstico, donde se reflejaban problemas sicológicos del autor del hecho pero que no lo transformaban en inimputable, ya que estaba en pleno conocimiento de sus actos al momento de cometer la agresión.

La Fiscalía solicitó que Ávila quedará en prisión preventiva tras el veredicto condenatorio pero los jueces denegaron esta solicitud, permitiendo que el sentenciado continúe en libertad. El argumento esgrimido por el Tribunal fue que la sentencia no se encontraba firme.

Impugnaciones

El defensor público que patrocinaba a Ávila presentó la impugnación de la sentencia sosteniendo la inocencia de su representado frente a la Cámara Penal de Trelew. Sin embargo, este recurso no prosperó ya que el 22 de marzo de 2010 los doctores Portella, Martos y Luchelli confirmaron el fallo. No obstante, los magistrados haciendo uso del mismo argumento que utilizó el anterior Tribunal - la sentencia no estaba firme - tampoco hizo lugar al pedido de prisión preventiva presentado por el Ministerio Público Fiscal y el condenado siguió en su casa.

En tanto, el 12 de abril de ese mismo año el abogado defensor presentó un recurso extraordinario pero en esta oportunidad lo hizo ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, cuyos ministros declararon inadmisible el 2 de febrero de 2011.

Tras hallarse todas las instancias de apelación agotadas y haberse confirmado en cada estamento el fallo condenatorio la sentencia finalmente quedó firme. Por tal motivo, el 4 de abril de 2011 la fiscal Mirta Moreno solicitó ante la jueza Patricia Asaro que se proceda a la detención de Ávila para que se haga efectivo el cumplimiento de la pena en un establecimiento carcelario.

Contradicciones

La jueza hizo lugar al pedido de la Fiscalía pero la defensa pidió una revisión de esta resolución. La misma fue llevada a cabo el 2 de mayo de 2011 por los jueces Alejandro Defranco y Adrián Barrios, quienes resolvieron la detención y el cumplimiento de la pena.

Ante esto la defensa interpuso un nuevo recurso "in pauperis", al que el STJ da trámite, haciendo lugar a la conformación del Tribunal que el 29 de setiembre de 2011 con los votos a favor de los jueces Adrián Barrios y Alejandro Defranco y el voto en contra del doctor Darío Arguiano revocó el pedido de detención autorizado por los mismos magistrados el 2 de mayo de ese año al considerar la sentencia firme.

La Fiscalía presentó un recurso de impugnación que fue resuelto el 20 de abril de 2012, cuando los jueces del STJ, Panizzi, Pfleger y Rebagliatti Russel, indicaron que el tribunal que resolvió hacer lugar al cese de prisión de Norberto Cristino Avila había violado las reglas de competencia y proceso fijadas en el ordenamiento legal.

Como consecuencia, se realizó esta semana otra audiencia para que se determine la ejecución de la pena pero en la misma el defensor oficial destacó las carencias mostradas por su cliente, aduciendo discapacidad y permanentes problemas en el transcurrir de su vida, exponiendo un informe de psicodiagnóstico.

La fiscal Moreno resaltó que la defensa introdujo un informe ya valorado por los jueces en 2008, que sirvió para atenuar la pena de ocho años por homicidio, o sea ya fue tratado convenientemente. Sin embargo, el juez determinará según el mismo si el condenado debe cumplir su pena en la casa o en un establecimiento carcelario.#

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