Aluar: el Gobierno la investiga por presuntos daños al aire de Madryn

Es porque se detectó que el año pasado la planta de aluminio emitió más fluoruro que el permitido. Lo marcaron 10 de los 12 equipos que monitorean la atmósfera de la ciudad del Golfo. La empresa no explicó el motivo del exceso.

27 ENE 2013 - 22:19 | Actualizado 15 NOV 2022 - 5:30

El Ministerio de Ambiente investigará a la empresa Aluar por presuntos excesos contaminantes en la emisión de fluoruros al aire de Puerto Madryn. Así lo decidió en su primera disposición del año la Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental –que depende de esa cartera- tras una serie de informes que contenían el resultado del monitoreo permanente que se realiza en la atmósfera de esa ciudad.

Un informe del 5 de noviembre advirtió “excesos en los niveles guía de calidad de aire de fluoruro reportados por la empresa Aluar”. Esos excesos se revelaron gracias a la red que monitorea la calidad de aire mediante detectores ubicados en puntos clave de la ciudad del Golfo.

La propia empresa generó informes propios con los indicadores de su desempeño ambiental durante los bimestres marzo/abril y mayo/junio de 2012. Al evaluarlos en una nota del 14 de agosto, Ambiente advirtió valores de floruro superiores a los permitidos el 27 de abril de 2012 “en la estación G (Antena)”.

En el mismo lugar se detectó el mismo exceso el 4 de junio de 2012. También hubo más floruro del permitido en la estación Q y en la estación Universidad, el 7 de mayo, y en la estación del Viaducto, el 28 de mayo y el 29 de junio”. De parte de Aluar “no se brindó relación alguna que intente explicar dicho valor elevado”.

Según aclara la disposición que repasa el caso, “la empresa deberá adoptar en su planta, las tecnologías emergentes para minimizar los potenciales contaminantes con el fin de mejorar sus valores de inmisión en aire”.

Desde lo técnico, medido en un día el fluoruro no deberá superar en más del 0,5 por ciento de las mediciones ni los 20 microgramos por metro cúbico de aire durante 24 horas de tiempo promedio. El llamado “nivel guía” admite un máximo de 16 microgramos por metro cúbico de aire en el mismo lapso.

Según el informe oficial que evalúa el año que pasó entre septiembre de 2011 hasta agosto de 2012 (últimos datos disponibles), se observa que “en 9 de las 12 estaciones se excedió el nivel guía de calidad de aire de 20 microgramos de fluoruro total por metro cúbico de aire en 24 horas, y el porcentaje de excedencias superó el 0,5 por ciento”. Según el análisis, en esos 12 meses, en 10 de las 12 estaciones de medición se superaron los niveles de fluoruro permitidos.

Aluar no es la única empresa complicada. Según un informe de auditoría ambiental del 14 de diciembre de 2010, realizada en las instalaciones de la planta de procesamiento de Cerámica San Lorenzo en Puerto Madryn por personal de Ambiente, “la empresa no ha realizado ningún tipo de monitoreo” de sus gases contaminantes, flúor en mayor medida. “Es importante recalcar que, hasta el momento, no se ha requerido desde el Ministerio la realización de este tipo de controles”. En ese momento San Lorenzo declaró una producción de 4.200 toneladas por mes.

Por carta documento del 29 de noviembre de 2012, a la empresa se le pidió enviar al Ministerio su plan de acción para corregir los presuntos excesos de emisión que detectó la auditoría. San Lorenzo respondió que “se pedirán estos estudios en las próximas mediciones”.

La disposición que ordena el sumario advierte que el Ministerio de Ambiente “investigará la comisión de presuntas infracciones contra los regímenes legales, decretos reglamentarios, resoluciones y disposiciones; adoptará las medidas preventivas que resulten necesarias, determinará los responsables y aplicará las sanciones previstas”.

En el caso de Aluar y San Lorenzo, “existe mérito suficiente” para el inicio del sumario que determinará si los excesos de emisión al aire de Madryn violaron el Código Ambiental del Chubut. La instructora será la abogada María Cecilia Oca. La disposición la firmó la subsecretaria de Regulación y Control Ambiental, Miriam López Arrua.

El Código Ambiental declara como obligatorio “adoptar las medidas necesarias para preservar las condiciones naturales de las aguas superficiales y subterráneas, del aire y la lucha contra su polución”. Ninguna persona ni empresa “podrá arrojar, abandonar, conservar o transportar desechos cuando puedan degradar el ambiente en forma incipiente, corregible o irreversible, o afectar la salud pública”.

La legislación ambiental provincial advierte que “podrá ordenarse la inmediata suspensión de una obra o actividad, aún luego de aprobada la Descripción Ambiental del Proyecto, el Informe Ambiental o el Estudio de Impacto Ambiental, sin perjuicio de las sanciones que corresponden, cuando se oculten datos, se falseen o haya manipulación maliciosa en la descripción ambiental, el informe ambiental o el estudio de impacto ambiental del proyecto, afectando el procedimiento de evaluación”. También se puede suspender si se violan las condiciones ambientales para poder ejecutar el proyecto o cuando no se haga en los términos en los que ha sido aprobada.

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27 ENE 2013 - 22:19

El Ministerio de Ambiente investigará a la empresa Aluar por presuntos excesos contaminantes en la emisión de fluoruros al aire de Puerto Madryn. Así lo decidió en su primera disposición del año la Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental –que depende de esa cartera- tras una serie de informes que contenían el resultado del monitoreo permanente que se realiza en la atmósfera de esa ciudad.

Un informe del 5 de noviembre advirtió “excesos en los niveles guía de calidad de aire de fluoruro reportados por la empresa Aluar”. Esos excesos se revelaron gracias a la red que monitorea la calidad de aire mediante detectores ubicados en puntos clave de la ciudad del Golfo.

La propia empresa generó informes propios con los indicadores de su desempeño ambiental durante los bimestres marzo/abril y mayo/junio de 2012. Al evaluarlos en una nota del 14 de agosto, Ambiente advirtió valores de floruro superiores a los permitidos el 27 de abril de 2012 “en la estación G (Antena)”.

En el mismo lugar se detectó el mismo exceso el 4 de junio de 2012. También hubo más floruro del permitido en la estación Q y en la estación Universidad, el 7 de mayo, y en la estación del Viaducto, el 28 de mayo y el 29 de junio”. De parte de Aluar “no se brindó relación alguna que intente explicar dicho valor elevado”.

Según aclara la disposición que repasa el caso, “la empresa deberá adoptar en su planta, las tecnologías emergentes para minimizar los potenciales contaminantes con el fin de mejorar sus valores de inmisión en aire”.

Desde lo técnico, medido en un día el fluoruro no deberá superar en más del 0,5 por ciento de las mediciones ni los 20 microgramos por metro cúbico de aire durante 24 horas de tiempo promedio. El llamado “nivel guía” admite un máximo de 16 microgramos por metro cúbico de aire en el mismo lapso.

Según el informe oficial que evalúa el año que pasó entre septiembre de 2011 hasta agosto de 2012 (últimos datos disponibles), se observa que “en 9 de las 12 estaciones se excedió el nivel guía de calidad de aire de 20 microgramos de fluoruro total por metro cúbico de aire en 24 horas, y el porcentaje de excedencias superó el 0,5 por ciento”. Según el análisis, en esos 12 meses, en 10 de las 12 estaciones de medición se superaron los niveles de fluoruro permitidos.

Aluar no es la única empresa complicada. Según un informe de auditoría ambiental del 14 de diciembre de 2010, realizada en las instalaciones de la planta de procesamiento de Cerámica San Lorenzo en Puerto Madryn por personal de Ambiente, “la empresa no ha realizado ningún tipo de monitoreo” de sus gases contaminantes, flúor en mayor medida. “Es importante recalcar que, hasta el momento, no se ha requerido desde el Ministerio la realización de este tipo de controles”. En ese momento San Lorenzo declaró una producción de 4.200 toneladas por mes.

Por carta documento del 29 de noviembre de 2012, a la empresa se le pidió enviar al Ministerio su plan de acción para corregir los presuntos excesos de emisión que detectó la auditoría. San Lorenzo respondió que “se pedirán estos estudios en las próximas mediciones”.

La disposición que ordena el sumario advierte que el Ministerio de Ambiente “investigará la comisión de presuntas infracciones contra los regímenes legales, decretos reglamentarios, resoluciones y disposiciones; adoptará las medidas preventivas que resulten necesarias, determinará los responsables y aplicará las sanciones previstas”.

En el caso de Aluar y San Lorenzo, “existe mérito suficiente” para el inicio del sumario que determinará si los excesos de emisión al aire de Madryn violaron el Código Ambiental del Chubut. La instructora será la abogada María Cecilia Oca. La disposición la firmó la subsecretaria de Regulación y Control Ambiental, Miriam López Arrua.

El Código Ambiental declara como obligatorio “adoptar las medidas necesarias para preservar las condiciones naturales de las aguas superficiales y subterráneas, del aire y la lucha contra su polución”. Ninguna persona ni empresa “podrá arrojar, abandonar, conservar o transportar desechos cuando puedan degradar el ambiente en forma incipiente, corregible o irreversible, o afectar la salud pública”.

La legislación ambiental provincial advierte que “podrá ordenarse la inmediata suspensión de una obra o actividad, aún luego de aprobada la Descripción Ambiental del Proyecto, el Informe Ambiental o el Estudio de Impacto Ambiental, sin perjuicio de las sanciones que corresponden, cuando se oculten datos, se falseen o haya manipulación maliciosa en la descripción ambiental, el informe ambiental o el estudio de impacto ambiental del proyecto, afectando el procedimiento de evaluación”. También se puede suspender si se violan las condiciones ambientales para poder ejecutar el proyecto o cuando no se haga en los términos en los que ha sido aprobada.


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