Espías de la Base Zar: condenas confirmadas

La Cámara de Casación Penal ratificó las penas contra los 13 marinos condenados por espiar políticos, periodistas y dirigentes sociales en Trelew.

02 SEP 2013 - 22:49 | Actualizado

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó las condenas a 13 marinos por sus tareas de espionaje ilegal desde la Base Aeronaval Almirante Zar de Trelew. El fallo lo había dictado el año pasado el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia en un juicio que se realizó en Rawson, e incluyó penas de entre seis meses y un año y medio de prisión por haber violado las leyes de Defensa, Seguridad Interior e Inteligencia.

Se investigaron actividades de inteligencia a políticos, periodistas y militantes de organizaciones sociales por las que también están procesados y serán juzgados el exjefe de la Armada, almirante retirado Jorge Godoy, y quien fuera su segundo, el vicealmirante retirado Benito Rótolo.

El 31 de julio de 20012, seis años después de que el cabo Carlos Alegre acudiera al Centro de Estudios Legales y Sociales para denunciar la ilegalidad de las tareas de espionaje que le ordenaban sus superiores en la Base Zar, un tribunal condenó al exdirector de Inteligencia Naval, contraalmirante Pablo Rossi; al comandante de Operaciones Navales y tercero en la jerarquía de mando de la Armada, Eduardo Avilés; al jefe de Inteligencia de la base Naval de Puerto Belgrano, Carlos Vázquez, y a los capitanes de corbeta Eduardo Merlo y Gustavo Monzani, a cargo de la inteligencia en la Base Zar.

También a los suboficiales Alfredo Andrade, Daniel Guantay y Vicente Rossi, que se ocupaban de las tareas de espionaje; al capitán de navío Félix Medici, jefe de la Base Zar, y a los comandantes de la Zona Aeronaval 3, capitanes de navío Jorge Janiot y Gustavo Ottogalli, quien además era subsecretario de Relaciones Institucionales de la Armada. El único absuelto fue uno de los jefes de Inteligencia de Puerto Belgrano, Cristian Vidal.

El fallo de la Sala I de Casación lo firman Ana María Figueroa, Raúl Madueño y Luis María Cabral. En el caso del absuelto Vidal, el fiscal general Javier De Luca acompañó los recursos del fiscal federal Fernando Gélvez y de la querella del CELS, a cargo del abogado Rodrigo Borda, y pidió que se lo condenara a dos años de prisión e inhabilitación para ejercer todo cargo o empleo público por doble tiempo de la condena. Pero según Casación, las pruebas mostraron que Vidal “no estaba por su cargo, función y jerarquía en posibilidad de dictar las órdenes o resoluciones ilegales, por lo que no se pudo probar que haya llevado a cabo las tareas prohibidas, ni que estuviera en la posición de impedirlas de haberlas conocido”.

De Luca también había solicitado en su apelación que la pena al capitán Velázquez se elevara de seis meses a dos años por considerarla “desproporcionada” para quien fue condenado como “partícipe necesario responsable de abuso de autoridad continuado” en la ejecución de tareas ilegales de inteligencia. Casación analizó los agravantes y atenuantes considerados para dictar las penas, concluyó que existían “fundadas razones” y “criterios racionales explícitos”, y que en última instancia tampoco era “revisable” por cuanto no había arbitrariedad.

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02 SEP 2013 - 22:49

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó las condenas a 13 marinos por sus tareas de espionaje ilegal desde la Base Aeronaval Almirante Zar de Trelew. El fallo lo había dictado el año pasado el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia en un juicio que se realizó en Rawson, e incluyó penas de entre seis meses y un año y medio de prisión por haber violado las leyes de Defensa, Seguridad Interior e Inteligencia.

Se investigaron actividades de inteligencia a políticos, periodistas y militantes de organizaciones sociales por las que también están procesados y serán juzgados el exjefe de la Armada, almirante retirado Jorge Godoy, y quien fuera su segundo, el vicealmirante retirado Benito Rótolo.

El 31 de julio de 20012, seis años después de que el cabo Carlos Alegre acudiera al Centro de Estudios Legales y Sociales para denunciar la ilegalidad de las tareas de espionaje que le ordenaban sus superiores en la Base Zar, un tribunal condenó al exdirector de Inteligencia Naval, contraalmirante Pablo Rossi; al comandante de Operaciones Navales y tercero en la jerarquía de mando de la Armada, Eduardo Avilés; al jefe de Inteligencia de la base Naval de Puerto Belgrano, Carlos Vázquez, y a los capitanes de corbeta Eduardo Merlo y Gustavo Monzani, a cargo de la inteligencia en la Base Zar.

También a los suboficiales Alfredo Andrade, Daniel Guantay y Vicente Rossi, que se ocupaban de las tareas de espionaje; al capitán de navío Félix Medici, jefe de la Base Zar, y a los comandantes de la Zona Aeronaval 3, capitanes de navío Jorge Janiot y Gustavo Ottogalli, quien además era subsecretario de Relaciones Institucionales de la Armada. El único absuelto fue uno de los jefes de Inteligencia de Puerto Belgrano, Cristian Vidal.

El fallo de la Sala I de Casación lo firman Ana María Figueroa, Raúl Madueño y Luis María Cabral. En el caso del absuelto Vidal, el fiscal general Javier De Luca acompañó los recursos del fiscal federal Fernando Gélvez y de la querella del CELS, a cargo del abogado Rodrigo Borda, y pidió que se lo condenara a dos años de prisión e inhabilitación para ejercer todo cargo o empleo público por doble tiempo de la condena. Pero según Casación, las pruebas mostraron que Vidal “no estaba por su cargo, función y jerarquía en posibilidad de dictar las órdenes o resoluciones ilegales, por lo que no se pudo probar que haya llevado a cabo las tareas prohibidas, ni que estuviera en la posición de impedirlas de haberlas conocido”.

De Luca también había solicitado en su apelación que la pena al capitán Velázquez se elevara de seis meses a dos años por considerarla “desproporcionada” para quien fue condenado como “partícipe necesario responsable de abuso de autoridad continuado” en la ejecución de tareas ilegales de inteligencia. Casación analizó los agravantes y atenuantes considerados para dictar las penas, concluyó que existían “fundadas razones” y “criterios racionales explícitos”, y que en última instancia tampoco era “revisable” por cuanto no había arbitrariedad.


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