Poder Ciudadano y otras 3 entidades civiles pidieron revertir la designación del Defensor del Pueblo

Con una nota presentada al presidente de la Legislatura, César Gustavo Mac Karthy, cuatro organizaciones civiles se quejaron por el modo en que los diputados seleccionaron a Héctor Omar Simionati en reemplazo de Ricardo Azparren.

19 MAY 2014 - 22:43 | Actualizado

Según el escrito, las entidades le apuntan al “proceso de designación” con el objeto de manifestar “nuestra preocupación por el modo en que se ha avanzado”. La nota la firman Pablo Secchi, director ejecutivo de Poder Ciudadano; Renzo Lavin, codirector de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia; Torcuato Sozio, director ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles, y Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales.

La nota que ingresó a Legislatura explica que la Defensoría “fue creada para suplir una serie de falencias que fueron detectadas dentro del sistema de rendición de cuentas y defensa de derechos pre-existente. Sin embargo, la mera creación de esta entidad y la designación de autoridades no podrá por si sola solucionar estos problemas”.

En tal sentido, “el Poder Legislativo de Chubut debe atender esta situación garantizando las condiciones para que la Defensoría del Pueblo sea capaz de cumplir la misión para la que fue diseñada”.

“No haber cumplido con la realización previa de una terna de candidatos, no haber implementado un proceso público y participativo para la designación de su máxima autoridad, mina su capacidad de acción”, subrayaron.

“Es necesario que se evalúen mecanismos para revertir en forma urgente esta falencia, además de reglamentar -de cara al futuro- un proceso acorde a los más altos estándares en la materia, para evitar que ello pueda volver a suceder”.

Según la presentación, “en términos generales, la creación de la figura del Defensor del Pueblo responde a la necesidad de conformar una entidad distinta, novedosa, e independiente, que fuera capaz de ejercer el contralor público respecto de los distintos poderes del Estado, y jugar un papel central en la defensa de los derechos de la población”.

Sin embargo, advierten, “la figura del Defensor del Pueblo que se viene incorporando tanto a nivel provincial como municipal desde fines de la década del ´80, aún debe sortear diversos obstáculos para cumplir con los propósitos y objetivos para los cuales fue incorporado al entramado institucional”.

“Las Defensorías del Pueblo, salvo algunas excepciones –dice la queja- aún no han conseguido posicionarse ante la población como la entidad confiable, activa, y capaz de defender los derechos de la población que imaginaron los legisladores y convencionales en cada jurisdicción”.

Por estas razones, las organizaciones consideran que “el proceso para su designación es una etapa fundamental: un proceso de designación del Defensor del Pueblo debe cumplir con los más altos estándares de publicidad y participación ciudadana, pues es una etapa fundamental en la construcción de la legitimidad pública de quien estará a cargo de dirigir la entidad”.

Recordaron que las Defensorías “suelen carecer de potestades sancionatorias, y su efectividad en la protección de derechos descansa en la capacidad persuasiva de las sanciones morales, directamente proporcionales a la legitimidad de quien esté a su cargo”.

Para que funcionen como se debe “es necesario que se lleve a cabo un procedimiento de designación robusto. Ello requiere de la más amplia publicidad respecto de los tres candidatos que debe proponer la comisión, así como mecanismos participativos mediante los cuales se tomen en cuenta los argumentos a favor y en contra de los postulados que realicen las distintas asociaciones civiles, gremios y la población en general”.

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19 MAY 2014 - 22:43

Según el escrito, las entidades le apuntan al “proceso de designación” con el objeto de manifestar “nuestra preocupación por el modo en que se ha avanzado”. La nota la firman Pablo Secchi, director ejecutivo de Poder Ciudadano; Renzo Lavin, codirector de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia; Torcuato Sozio, director ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles, y Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales.

La nota que ingresó a Legislatura explica que la Defensoría “fue creada para suplir una serie de falencias que fueron detectadas dentro del sistema de rendición de cuentas y defensa de derechos pre-existente. Sin embargo, la mera creación de esta entidad y la designación de autoridades no podrá por si sola solucionar estos problemas”.

En tal sentido, “el Poder Legislativo de Chubut debe atender esta situación garantizando las condiciones para que la Defensoría del Pueblo sea capaz de cumplir la misión para la que fue diseñada”.

“No haber cumplido con la realización previa de una terna de candidatos, no haber implementado un proceso público y participativo para la designación de su máxima autoridad, mina su capacidad de acción”, subrayaron.

“Es necesario que se evalúen mecanismos para revertir en forma urgente esta falencia, además de reglamentar -de cara al futuro- un proceso acorde a los más altos estándares en la materia, para evitar que ello pueda volver a suceder”.

Según la presentación, “en términos generales, la creación de la figura del Defensor del Pueblo responde a la necesidad de conformar una entidad distinta, novedosa, e independiente, que fuera capaz de ejercer el contralor público respecto de los distintos poderes del Estado, y jugar un papel central en la defensa de los derechos de la población”.

Sin embargo, advierten, “la figura del Defensor del Pueblo que se viene incorporando tanto a nivel provincial como municipal desde fines de la década del ´80, aún debe sortear diversos obstáculos para cumplir con los propósitos y objetivos para los cuales fue incorporado al entramado institucional”.

“Las Defensorías del Pueblo, salvo algunas excepciones –dice la queja- aún no han conseguido posicionarse ante la población como la entidad confiable, activa, y capaz de defender los derechos de la población que imaginaron los legisladores y convencionales en cada jurisdicción”.

Por estas razones, las organizaciones consideran que “el proceso para su designación es una etapa fundamental: un proceso de designación del Defensor del Pueblo debe cumplir con los más altos estándares de publicidad y participación ciudadana, pues es una etapa fundamental en la construcción de la legitimidad pública de quien estará a cargo de dirigir la entidad”.

Recordaron que las Defensorías “suelen carecer de potestades sancionatorias, y su efectividad en la protección de derechos descansa en la capacidad persuasiva de las sanciones morales, directamente proporcionales a la legitimidad de quien esté a su cargo”.

Para que funcionen como se debe “es necesario que se lleve a cabo un procedimiento de designación robusto. Ello requiere de la más amplia publicidad respecto de los tres candidatos que debe proponer la comisión, así como mecanismos participativos mediante los cuales se tomen en cuenta los argumentos a favor y en contra de los postulados que realicen las distintas asociaciones civiles, gremios y la población en general”.


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