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Policiales
31/07/2012 2:00 AM
Río Mayo: juicio abreviado a 3 policías por apremios ilegales
Los efectivos policiales aceptaron su responsabilidad en el hecho. Están imputados por privación ilegítima de la libertad, vejaciones y abandono de persona.
El fiscal Martín Zacchino retiró la acusación por el delito de tortura contra los policías.
Se realizó ayer en Sarmiento una audiencia de juicio abreviado contra tres policías que prestan servicios en la localidad de Río Mayo. El cabo primero Elías Norberto Cuyapel (34), el cabo de policía Cristian Soto (29) y el cabo primero, Nicolás Alberto Franco (28) fueron acusados como presuntos autores de los delitos de privación ilegítima de la libertad, vejaciones agravadas por el uso de la violencia y abandono de persona. La Fiscalía y los defensores acordaron solicitar que se aplique a los imputados la pena de tres años de prisión en suspenso y el doble de tiempo de inhabilitación especial para trabajar como policías. El juez Alejandro Rosales informó que el próximo viernes 3 de agosto realizará la lectura del fallo y sus fundamentos.

En la oportunidad el fiscal de Esquel Martín Zachino - subrogando en la fiscalía de Sarmiento- adelantó que las partes habían arribado a un acuerdo para imprimirle al trámite la modalidad de juicio abreviado. Asimismo explicó que la Fiscalía se apartaba de la calificación legal de privación ilegal de la libertad agravada por torturas tal como fue presentada la acusación pública firmada por la funcionaria Laura Castagno.

Cambio de calificación

En este sentido Zachino sostuvo que el marco normativo más adecuado para esta causa era el de privación ilegal de la libertad, vejaciones agravadas por el uso de la violencia y abandono de persona.

Con relación al delito de torturas, el fiscal expresó que nuestro país es tristemente célebre por los casos de tortura y la desaparición forzada de personas, registrados durante el proceso militar(1976-1983). En este sentido agregó que desde lo moral, desde lo ético y desde lo jurídico es reprochable que un funcionario policial tenga este tipo de conductas.

Al respecto, el representante de la parte acusadora indicó que de acuerdo a la convención sobre la tortura, todo abuso físico o psicológico que reciba una persona, aunque cause un sufrimiento moral, es complejo acreditar en forma objetiva como un caso de tortura. En virtud de ello explicó qué tipo de situaciones tienen una graduación subjetiva. Por estas razones se decidió el cambio de calificación.

Por último, Zacchino manifestó que mediante las evidencias testimoniales y documentales se pudieron acreditar los delitos investigados.

Tres años de prisión

Como fundamento de las penas acordadas, 3 años de prisión en suspenso, sostuvo que consideró la ausencia de antecedentes penales de los imputados, las circunstancias del caso, la acreditación del daño físico y psíquico sufrido por la víctima, la utilización de un móvil y la dependencia policial, y el abandono de persona.

Con respecto a la pena accesoria pidió la inhabilitación especial (para trabajar como policías) por el doble de la condena. Finalmente solicitó al magistrado que homologue el acuerdo y dicte sentencia condenatoria.

A su turno, la representante de la defensa pública María Cristina Sadino, actuó como querellante en la causa, y el asesor legal de la víctima, doctor Rodrigo Uribe, ratificaron el acuerdo propuesto por la parte acusadora.

Sin inhabilitación

En tanto, el abogado defensor de los imputados, Francisco Romero, manifestó su acuerdo con el trámite pero discrepó con la pena accesoria. El doctor Romero pidió que los imputados puedan realizar tareas administrativas en la policía de la provincia.

En este contexto, la víctima y su madre se expresaron a favor del acuerdo y sus asesores legales, aunque solicitaron una medida de prohibición de contacto por parte de los imputados hacia el menor y su grupo familiar.

El juez Rosales consultó a los imputados si reconocían la existencia de los hechos, su participación y si estaban de acuerdo con la pena propuesta. Los efectivos policiales respondieron en forma afirmativa sobre toda la situación.

Golpiza

El hecho ocurrió el 12 de septiembre del 2011 a las 6 en la dependencia policial de Río Mayo cuando un empleado policial detuvo en la vía pública a un menor de 17 años y lo trasladó hasta la comisaría en un móvil policial. Una vez en la dependencia policial habría sido sometido a una brutal golpiza que incluso le había hecho perder el conocimiento por momentos. Luego los tres efectivos lo llevaron hasta un descampado de la zona del aeródromo de Río Mayo y lo dejaron allí.

Un familiar de la víctima lo encontró en cercanías del club hípico distante a unos ocho kilómetros de la localidad. El menor presentaba varias lesiones y principio de hipotermia que fueron certificadas por los médicos del hospital.#

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