Declaran a Rojas culpable de homicidio agravado

Por la muerte de Miguel Salazar en febrero de 2013.

03 MAR 2015 - 21:40 | Actualizado

El tribunal integrado por los doctores Darío Arguiano, Fabio Monti y Ana Laura Servent dio a conocer ayer el veredicto mediante el cual resolvió por unanimidad declarar autor penalmente responsable al acusado Ariel Rojas, por el delito de homicidio simple, agravado por el uso de arma, en perjuicio de Miguel Ángel Salazar, de acuerdo a la acusación llevada adelante por el Ministerio Público Fiscal, representado en el juicio por el fiscal general Fabián Moyano y el querellante Abdón Manyauix, en representación de familiares de la víctima.

En la sala de audiencias de la Cámara del Crimen, donde se desarrolló el evento, se encontraba presente Rojas, no así su abogado defensor Fabián Gabalachis, quien durante el debate expuso el argumento de exceso en legítima defensa, descartado por los jueces, argumentando que no se pudo acreditar que quien resultara víctima portara en aquel momento un arma de fuego.

En el veredicto, que luego se fundamentará a través de los votos respectivos, el tribunal aludió a la certeza obtenida en la materialidad y la autoría, enfatizando en el procedimiento policial efectuado en aquel momento, la autopsia, los testimonios durante el juicio y el reconocimiento del propio agresor sobre su propia autoría respecto a los disparos efectuados.

Los integrantes del cuerpo colegiado dispusieron que la cesura o debate sobre la pena a imponer se realice el próximo viernes, convocando a las partes a fin de exponer sobre las posturas relativas al tema en particular.

Durante el juicio oral y público se pudo acreditar que el 3 de febrero del 2013, momentos previos a las 20:20 hs., en circunstancias en que Miguel Ángel Salazar se presentó en compañía de su pareja en el kiosco que gira bajo la razón social Ta Te Ti, sito en calle Crucero General Belgrano 236, del barrio San Martín con el objeto de comprar cigarrillos y galletitas y son atendidos por Ariel Rojas, quien le recrimina a Salazar una deuda que supuestamente tenía su hermano. Concretamente le dijo “...todos Uds. son lo mismo...vos y tu hermano son la misma mierda y ese gil me debe plata, y alguno de los dos va a tener que pagar...” En esas circunstancias se originó una discusión entre Miguel Salazar y Rojas, lo que motivó la intervención de su concubina, quien tomó del brazo a la víctima y lo condujo hacia la esquina. En ese momento, el acusado salió del kiosco y dirigiéndose a Salazar, le manifiesta: “Puto, cornudo...te voy a matar a tu hija...”, lo que provoca la reacción de la víctima que vuelve hacia el kiosco donde se encontraba el victimario, y cuando se encontraba a una distancia aproximada de dos metros, el encartado munido con un arma de fuego, sabiendo lo que hacía, conociendo el poder vulnerante del arma de fuego que portaba y con la clara intención de provocarle la muerte, efectúa varios disparos en dirección a la humanidad de Salazar, impactando algunos de ellos en zona craneana y pectoral, lo que le produjo lesiones a nivel encefálico y cardíaco, y su fallecimiento en forma casi inmediata.

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03 MAR 2015 - 21:40

El tribunal integrado por los doctores Darío Arguiano, Fabio Monti y Ana Laura Servent dio a conocer ayer el veredicto mediante el cual resolvió por unanimidad declarar autor penalmente responsable al acusado Ariel Rojas, por el delito de homicidio simple, agravado por el uso de arma, en perjuicio de Miguel Ángel Salazar, de acuerdo a la acusación llevada adelante por el Ministerio Público Fiscal, representado en el juicio por el fiscal general Fabián Moyano y el querellante Abdón Manyauix, en representación de familiares de la víctima.

En la sala de audiencias de la Cámara del Crimen, donde se desarrolló el evento, se encontraba presente Rojas, no así su abogado defensor Fabián Gabalachis, quien durante el debate expuso el argumento de exceso en legítima defensa, descartado por los jueces, argumentando que no se pudo acreditar que quien resultara víctima portara en aquel momento un arma de fuego.

En el veredicto, que luego se fundamentará a través de los votos respectivos, el tribunal aludió a la certeza obtenida en la materialidad y la autoría, enfatizando en el procedimiento policial efectuado en aquel momento, la autopsia, los testimonios durante el juicio y el reconocimiento del propio agresor sobre su propia autoría respecto a los disparos efectuados.

Los integrantes del cuerpo colegiado dispusieron que la cesura o debate sobre la pena a imponer se realice el próximo viernes, convocando a las partes a fin de exponer sobre las posturas relativas al tema en particular.

Durante el juicio oral y público se pudo acreditar que el 3 de febrero del 2013, momentos previos a las 20:20 hs., en circunstancias en que Miguel Ángel Salazar se presentó en compañía de su pareja en el kiosco que gira bajo la razón social Ta Te Ti, sito en calle Crucero General Belgrano 236, del barrio San Martín con el objeto de comprar cigarrillos y galletitas y son atendidos por Ariel Rojas, quien le recrimina a Salazar una deuda que supuestamente tenía su hermano. Concretamente le dijo “...todos Uds. son lo mismo...vos y tu hermano son la misma mierda y ese gil me debe plata, y alguno de los dos va a tener que pagar...” En esas circunstancias se originó una discusión entre Miguel Salazar y Rojas, lo que motivó la intervención de su concubina, quien tomó del brazo a la víctima y lo condujo hacia la esquina. En ese momento, el acusado salió del kiosco y dirigiéndose a Salazar, le manifiesta: “Puto, cornudo...te voy a matar a tu hija...”, lo que provoca la reacción de la víctima que vuelve hacia el kiosco donde se encontraba el victimario, y cuando se encontraba a una distancia aproximada de dos metros, el encartado munido con un arma de fuego, sabiendo lo que hacía, conociendo el poder vulnerante del arma de fuego que portaba y con la clara intención de provocarle la muerte, efectúa varios disparos en dirección a la humanidad de Salazar, impactando algunos de ellos en zona craneana y pectoral, lo que le produjo lesiones a nivel encefálico y cardíaco, y su fallecimiento en forma casi inmediata.


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