Caso Emmanuel: el juez rechazó la liberación de Oscar Naya

El defensor del condenado por el homicio del menor de Rawson pidió la libertad de su cliente pero el juez Zaratiegui la desestimó por la “gravedad del daño causado, las características que rodearon al hecho." Ahora, otro tribunal realizará la cesura de pena. Hubo un fuerte operativo policial para evitar incidentes.

23 DIC 2015 - 13:09 | Actualizado

El juez de Garantías César Zaratiegui resolvió este miércoles que Oscar Naya, el autor de la muerte del adolescente Emmanuel Puebla Pires continúe en prisión por el delito de homicidio culposo, calificación ésta a la que arribó un tribunal que revisó la sentencia a la que en su momento había arribado el tribunal oral de enjuiciamiento.

Se trata del aso del adolescente de Rawson que murió tras recibir un disparo en la cabeza por parte de Naya, que al momento del hecho estaba acompñado por su hijo Eduardo, que fue condenado a ocho años pero la semana pasada quedó libre tras el cambio de carátula.

El abogado defensor de Naya, el Dr. Oscar Romero, había solicitado una audiencia, que se realizó este miércoles en la Oficina Judicial de Rawson en medio de un gran despliegue policial para evitar incidentes ante la presencia de familiares y amigos de la víctima, que en las últimas semanas han manifestado clara disconformidad con las resoluciones judiciales que se han venido tomando.

Romero solicitó la audiencia para pedir por la inmediata libertad de Naya teniendo en cuenta el cambio de carátula de la causa que alivió sustancialmente su situación y otras argumentaciones legales, entre ellas el tiempo que lleva detenido.

Sin embargo la postura de Zaratiegui fue contundente. Tuvo en cuenta la “gravedad del daño causado, las características que rodearon al hecho y a la víctima, un adolescente que jugaba en el lugar con amigos. Además se debe tener en cuenta al autor del hecho, conocedor de armas y de la zona donde se produjo el incidente. Su negligencia fue gravosa, debió tener en cuenta los resultados y haber tomado los recaudos. La acción fue altamente imprudente”, destacó.

Y agregó Zaratiegui que a su criterio la pena que le cabe a Naya “se aleja del mínimo para esa calificación (el homicidio culposo prevé una pena mínima de seis meses prisión) y se acerca al máximo de la pena (cinco años). Luego, dirigiéndose con la mirada a la madre del adolescente fallecido, destacó que “ninguna pena que determine la Justicia puede reparar el daño causado”.

Para el nuevo abogado defensor de Naya, el delito y su calificación legal a la que arribó la Cámara de Apelaciones y antes, uno de los integrantes del tribunal de enjuiciamiento, la juez Ana Servent, permite la inmediata libertad del imputado.

Para Romero se trató de un hecho en el que el imputado “no tuvo cuidado, pero jamás pudo prever el resultado fatal de terminar con la vida del adolescente. Su falta de previsibilidad está al límite de la inimputabilidad. Fue un caso fortuito. Se trata de la llamada culpa inconsciente por lo tanto se debe aplicar la opción mínima al momento de la pena para este delito”.

Romero tuvo en cuenta y así se lo hizo saber además al juez Zaratiegui, que su cliente lleva un año y 3 días prisión. “Mi postura se basa en jurisprudencia y posturas de jurisconsultos que no son precisamente garantistas”, destacó.

Para el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general Griselda Encinas, la admisibilidad de la impugnación la debe resolver el Superior Tribunal de Justicia. Al fijar la postura de la continuidad de la detención de Oscar Naya, Encinas destacó la “gravedad” del hecho y el “daño ocasionado” al que calificó de “incalculable”.

En tanto, el querellante Carlos Villada pidió que Naya siga detenido y se opuso a la postura del defensor Romero. Destacó en esta audiencia que la determinación o no de la libertad de Naya, le corresponde al tribunal que debe analizar la sesura de pena.

Cabe destacar que el querellante Villada, en representación de la familia de la víctima, mantuvo la postura de que se trató de un homicidio con dolo eventual o en tal caso un homicidio culposo como “hipótesis subsidiaria”.

Es importante destacar que tanto Oscar como Eduardo Naya habían sido condenados por Darío Arguiano, Sergio Piñeda y Laura Servent a 10 y 8 años respectivamente por homicidio con dolo eventual. en una decisión forzada por 2 a 1 por la muerte del joven adolescente capitalino, ocurrida el 9 de diciembre del año pasado en la playa “El Sombrerito”.

Tras ese fallo de agosto de este año, el 12 de diciembre pasado la Cámara de Apelaciones de Trelew trocó el dolo eventual por el de homicidio culposo, en coincidencia con la doctora Ana Servent, que votó en disidencia en el Juicio Oral y Público.

La decisión de esa Cámara permitió a Eduardo Naya recuperar la libertad al no estar prevista la figura del partícipe necesario en el homicidio culposo.

(Fuente: Ministerio Público Fiscal)

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23 DIC 2015 - 13:09

El juez de Garantías César Zaratiegui resolvió este miércoles que Oscar Naya, el autor de la muerte del adolescente Emmanuel Puebla Pires continúe en prisión por el delito de homicidio culposo, calificación ésta a la que arribó un tribunal que revisó la sentencia a la que en su momento había arribado el tribunal oral de enjuiciamiento.

Se trata del aso del adolescente de Rawson que murió tras recibir un disparo en la cabeza por parte de Naya, que al momento del hecho estaba acompñado por su hijo Eduardo, que fue condenado a ocho años pero la semana pasada quedó libre tras el cambio de carátula.

El abogado defensor de Naya, el Dr. Oscar Romero, había solicitado una audiencia, que se realizó este miércoles en la Oficina Judicial de Rawson en medio de un gran despliegue policial para evitar incidentes ante la presencia de familiares y amigos de la víctima, que en las últimas semanas han manifestado clara disconformidad con las resoluciones judiciales que se han venido tomando.

Romero solicitó la audiencia para pedir por la inmediata libertad de Naya teniendo en cuenta el cambio de carátula de la causa que alivió sustancialmente su situación y otras argumentaciones legales, entre ellas el tiempo que lleva detenido.

Sin embargo la postura de Zaratiegui fue contundente. Tuvo en cuenta la “gravedad del daño causado, las características que rodearon al hecho y a la víctima, un adolescente que jugaba en el lugar con amigos. Además se debe tener en cuenta al autor del hecho, conocedor de armas y de la zona donde se produjo el incidente. Su negligencia fue gravosa, debió tener en cuenta los resultados y haber tomado los recaudos. La acción fue altamente imprudente”, destacó.

Y agregó Zaratiegui que a su criterio la pena que le cabe a Naya “se aleja del mínimo para esa calificación (el homicidio culposo prevé una pena mínima de seis meses prisión) y se acerca al máximo de la pena (cinco años). Luego, dirigiéndose con la mirada a la madre del adolescente fallecido, destacó que “ninguna pena que determine la Justicia puede reparar el daño causado”.

Para el nuevo abogado defensor de Naya, el delito y su calificación legal a la que arribó la Cámara de Apelaciones y antes, uno de los integrantes del tribunal de enjuiciamiento, la juez Ana Servent, permite la inmediata libertad del imputado.

Para Romero se trató de un hecho en el que el imputado “no tuvo cuidado, pero jamás pudo prever el resultado fatal de terminar con la vida del adolescente. Su falta de previsibilidad está al límite de la inimputabilidad. Fue un caso fortuito. Se trata de la llamada culpa inconsciente por lo tanto se debe aplicar la opción mínima al momento de la pena para este delito”.

Romero tuvo en cuenta y así se lo hizo saber además al juez Zaratiegui, que su cliente lleva un año y 3 días prisión. “Mi postura se basa en jurisprudencia y posturas de jurisconsultos que no son precisamente garantistas”, destacó.

Para el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general Griselda Encinas, la admisibilidad de la impugnación la debe resolver el Superior Tribunal de Justicia. Al fijar la postura de la continuidad de la detención de Oscar Naya, Encinas destacó la “gravedad” del hecho y el “daño ocasionado” al que calificó de “incalculable”.

En tanto, el querellante Carlos Villada pidió que Naya siga detenido y se opuso a la postura del defensor Romero. Destacó en esta audiencia que la determinación o no de la libertad de Naya, le corresponde al tribunal que debe analizar la sesura de pena.

Cabe destacar que el querellante Villada, en representación de la familia de la víctima, mantuvo la postura de que se trató de un homicidio con dolo eventual o en tal caso un homicidio culposo como “hipótesis subsidiaria”.

Es importante destacar que tanto Oscar como Eduardo Naya habían sido condenados por Darío Arguiano, Sergio Piñeda y Laura Servent a 10 y 8 años respectivamente por homicidio con dolo eventual. en una decisión forzada por 2 a 1 por la muerte del joven adolescente capitalino, ocurrida el 9 de diciembre del año pasado en la playa “El Sombrerito”.

Tras ese fallo de agosto de este año, el 12 de diciembre pasado la Cámara de Apelaciones de Trelew trocó el dolo eventual por el de homicidio culposo, en coincidencia con la doctora Ana Servent, que votó en disidencia en el Juicio Oral y Público.

La decisión de esa Cámara permitió a Eduardo Naya recuperar la libertad al no estar prevista la figura del partícipe necesario en el homicidio culposo.

(Fuente: Ministerio Público Fiscal)


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